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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Esperando la ley del aborto

ATENIÉNDOSE A las directrices de la sentencia del Tribunal Constitucional, la Comisión de Justicia del Congreso ha aprobado el nuevo texto de la ley orgánica que declara no punibles determinados supuestos -terapéutico, ético y eugenésico- de aborto voluntario. El procedimiento parlamentario utilizado ha sido la admisión de las enmiendas presentadas por el Grupo Socialista, que ha contado con el respaldo de una parte del Grupo Mixto, y la incorporación al proyecto de los requisitos y garantías que la sentencia echaba en falta. Las tentativas de Alianza Popular para forzar una interpretación restrictiva del fallo del Tribunal Constitucional se saldaron con un fracaso. Inasequible al desaliento, su portavoz ha anunciado el propósito de interponer un nuevo recurso de inconstitucionalidad contra el nuevo texto, una vez que el Pleno del Congreso y el Senado hayan aprobado su versión definitiva. El obstruccionismo parlamentario al que nos tiene acostumbrados a los españoles la oposición conservadora es ya proverbial.El minidebate celebrado en la Comisión de, Justicia apenas ha deparado novedades, pero ha dejado una ¡inpresión desoladora. Pasada la euforia suscitada por la declaración de inconstitucionalidad del proyecto en base a sus carencias formales -lo que sin duda constituyó una seria derrota gubernamental- , la resistencia de la derecha a aceptar el fondo del veredicto (que aceptaba la constitucionalidad de los tres supuestos de no puniblidad del aborto) muestra que la tolerancia es una planta de escaso arraigo en la sociedad española.

El único dato indiscutible, sin embargo, continúa siendo que el proyecto socialista es mucho menos avanzado que la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Estados Unidos, que la ley aprobada en Francia por la mayoría liberal-conservadora cuando Giscard d'Estaing era presidente de la República y que la reforma promovida en Italia por la Democracia Cristiana. El primitivo proyecto socialista se limitaba a facilitar un 'mínimo tránsito desde la moral punitiva, empeñada en condenar a prisión a los pecadores, hasta la formalización de unas causas de exención de la responsabilidad penal. Resulta, sin embargo, que los fundamentos jurídicos de la sentencia del Tribunal Constitucional, al tiempo que exigen requisitos de discutible necesidad para la práctica del aborto tolerado, han abierto las puertas para una despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo bastante más amplia que la prevista por el proyecto impugnado. Los magistrados han declarado -y las enmiendas socialistas han recogido- que la indicación terapéutica del aborto -"que sea necesario para evitar un grave peligro para la vida o la salud de la embarazada"debe ser interpretada de forma tal que incluya también la salud psíquica de la madre.

La división del Tribunal Constitucional en dos bloques de seis magistrados a la hora de dictar su sentencia sobre el aborto y la firmeza de convicciones de los votos particulares de los discrepantes permiten aventurar la hipótesis de que la próxima renovación de un tercio de sus miembros podría despejar el camino para una legislación más avanzada sobre la interrupción voluntaria del embarazo. Ni siquiera la sentencia recién dictada cierra el paso de manera tajante a la indicación económico-social, esto es, a los casos en que las condiciones de vida de la embarazada resulten disuasorias para alumbrar, criar, alimentar y educar a un nuevo hijo. Recordemos que uno de los fundamentos del fallo plantea la improcedencia de recurrir a la sanción penal cuando ésta entrañe "la imposición de una conducta que excede de la que normalmente es exigible a la madre y a la familia". Esta afirmación toma en cuenta "la situación excepcional en que se encuentran los padres, y especialmente la madre, agravada en muchos casos por la insuficiencia de prestaciones estatales y sociales que contribuyan de modo significativo a paliar en el aspecto asistencial la situación y a eliminar la inseguridad que inevitablemente ha de angustiar a los padres". Aunque esas reflexiones queden circunscritas en la sentencia al supuesto eugenésico, la lógica lleva a extender tales conclusiones a las mujeres condenadas por la pobreza, la falta de vivienda, el trabajo fuera del domicilio o la familia numerosa a situaciones de inseguridad o angustia análogas.

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