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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Las bibliotecas escolares

En relación con los criterios vertidos en este periódico el día 20 del corriente mes, haciéndose eco de las conclusiones acordadas por la Federación Madrileña de Padres de Alumnos Giner de los Ríos, la Federación Provincial de Libreros y Papeleros de Madrid, sin ánimo de entrar en polémica, quiere aclarar a la opinión pública lo que a su juicio, además de constituir falta de respeto a la ley y normativa vigente, considera una provocación para nuestro sector si, como pretenden, comercializan el libro de texto y de consulta. Es además arrogante, por calificar de algún modo, la voluntad de la mencionada Federación Giner de los Ríos al evaluar los márgenes comerciales. Claro que esto se explica si no se rinden beneficios a la Hacienda Pública, ni se pagan arbitrios municipales, ni tampoco contribuciones al Estado. Es evidente que, haciendo uso de las instalaciones de los colegios públicos (a los que los libreros, abonando sus impuestos, coadyuvan también) se vea con distinta óptica el beneficio comercial.Sean consecuentes con lo que propugnan y hagamos todos posible la convivencia social; sean solidarios y respetuosos con los trabajadores que ejercen el oficio de libreros; no pretendan crear más parados; sus competencias son bien distintas por lo que a la educación de sus hijos se refiere.

Que es desleal lo que pretenden es indiscutible, porque tratan de asumir competencias para las cuales la ley requiere unas exigencias mínimas. La ley de 12 de marzo de 1975, por citar alguna, determina perfectamente en su artículo octavo qué condiciones han de cumplirse para ejercer esta digna y sacrificada profesión.

Que es ilícito, sin ningún género de dudas, al no respetar las normas que establece el Código de Comercio en su artículo primero, y nuestra Constitución, que en el artículo tercero reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado, y el artículo 106, apartado 2, también prevé que los particulares (en este caso los libreros) tengan derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran sus bienes y derechos.

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Por todo lo expuesto, esta Federación de Libreros y Papeleros de Madrid invita a la reflexión a quienes tienen voluntad de evitar el pago de impuestos al Estado por la venta de libros, en perjuicio de todos los ciudadanos, tengan o no hijos en edad escolar. Otra cosa bien distinta sería que se establecieran como libreros, cumplieran con todas las obligaciones que ello conlleva y, por tanto, soportaran las responsabilidad de servir al público, al pueblo si lo prefieren, durante todo el año y no sólo 15 días, porque ser librero por 15 días es fácil y sobre todo, repito, si no hay que obtener licencia de apertura.-

presidente de la Federación Provincial de Libreros y Papeleros.

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