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Pormenores de un primer paso

Desde que comenzara un nuevo período en la Dirección General de Cinematograria, hace ahora un año, se confiaba en la redacción de diversos decretos que superaran la legislación hasta ahora vigente, y que, según el actual Ministerio de Cultura, es "inconexa, fragmentaria y, en algunos casos, contradictoria".El decreto-ley aprobado el miércoles en Consejo de Ministros propone , por vez primera en España, la fórmula de ayudas previas al rodaje. Los cineastas españoles podrán obtener del Fondo de Protección a la Cinematograria un adelanto de hasta el 50% del coste total de su película si ésta se considera "proyecto de especial calidad, de nuevos realizadores, de carácter experimental o que van dirigidas al público infantil. A partir de ahora, y al margen del 15% del taquillaje que cada película española, excepto las X, viene recibiendo de ese fondo de protección, que podía aumentarse a un 25% si la película se considera de especial calidad, otras ayudas escalonan las nuevas medidas protectoras hasta poder alcanzar el 65% del rendimiento total de la película, aunque bien entendido que el tope de la ayuda viene marcado por el presupuesto real de la producción. Hasta ahora, los afortunados por el éxito podían seguir cobrando del Estado aun habiendo amortizado su filme. La posible excepción a esta regla exigirá la garantía de que el productor invierta el dinero cobrado en exceso en una nueva película. Es importante señalar que este fondo de protección se alimenta sólo de los impuestos cinematográficos y no de los Presupuestos Generales del Estado.

El saneamiento de esta medida se prolonga al cortometraje. En este ámbito, desdeque el Gobierno de UCD decidiera no opinar sobre la calidad de cada corto y protegerlos a todos por igual, surgieron pícaros autores que realizaban en serie deficientes documentales en la seguridad de que el Estado financiaba su empresa. Desde ahora, los cortometrajes se protegerán en función de "su calidad, su coste y su esfuerzo inversor".

Las medidas más polémicas del decreto se refieren a las cuotas sobre el cine español que deben respetar distribuidores y exhibidores. Los locales seguirán exhibiendo un día de cine español sobre tres de cine extranjero doblado, pero no podrán utilizar como estrenos películas realizadas hace más de cuatro años. Los exhibidores, por su parte, tendrán que esforzarse más para obtener licencias para importar películas destinadas al doblaje (las subtituladas siguen siendo de libre importación). Hasta ahora, la primera licencia se otorgaba al iniciarse el rodaje de un filme español, y ese punto permanece inalterable. Pero las dos siguientes, que antes se entregaban al ser estrenado ese filme y a la obtención de 20 millones de recaudación o, en su defecto, al estreno de esa película en 20 capitales importantes, se transforma ahora en la necesidad de que la película española obtenga 30 y 60 millones de pesetas, respectivamente, se estrene donde se estrene.

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