Las Fuerzas Armadas y la Constitución
EL HOMENAJE a la bandera, celebrado en la tarde del sábado, y el desfile militar que tendrá lugar hoy, domingo, cierran en Burgos la Semana de las Fuerzas Armadas. La presencia de los Reyes, del Presidente del Gobierno y de las más altas autoridades del Estado, entre las que figuran los presidentes de las cinco comunidades autónomas en cuyos territorios tiene competencias la VI Región Militar, ha conferido una especial solemnidad a los actos de ayer, que han reunido en esa cita a los titulares de las instituciones que forman la estructura constitucional básica de nuestra vida pública.El Título Preliminar de nuestra norma fundamental, que se halla protegido de cualquier tentativa precipitada de reforma -al igual que el articulado dedicado a la Corona y a los derechos fundamentales y libertades públicas- mediante un complicado procedimiento de revisión, asigna a las Fuerzas Armadas la misión de garantizar la soberanía e independencia de España y de defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
Los responsables del golpe de Estado frustrado del 23-F, que pretendió romper los delicados equilibrios del sistema democrático para sustituirlos por el tosco engranaje de una dictadura, rindieron muy a su pesar un homenaje a la legalidad constitucional al esgrimir el artículo 8º de nuestra norma fundamental como burda coartada de su tropelía. Las sentencias del Consejo Supremo de Justicia Militar, primero, y del Tribunal Supremo, después, dejaron en claro que la constitucionalización de las misiones de las Fuerzas Armadas no puede ser tomada -salvo cuando la mala fe y la deshonestidad entran en juego- como un cheque en blanco para alzarse contra las autoridades legítimas. La definitiva clausura del proceso del 23-F, sobre cuyos implicados ha recaído ya sentencia firme, ofrece, entre otras trascendentales consecuencias, la oportunidad de realizar una interpretación inequívoca del significado y alcance del artículo 8º de la Constitución. Porque ese precepto no puede ser leído de forma aislada, sesgada y arbitaria, violentando conscientemente la letra y el espíritu de la ley, sino que debe ser puesto en relación con el texto íntegro de nuestra norma fundamental, que también encomiendá al Rey "el mando supremo de las Fuerzas Armadas" y establece que el Gobierno, designado por los representantes de lasoberanía popular libremente elegidos en las urnas, "dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado".
El feliz desenlace del juicio del 23-F plantea también a la sociedad civil la necesidad de replantear sus relaciones con el mundo castrense y de revisar, llegado el caso, algunos prejuicios o equívocos que pudieran enturbiar un mejor entendimiento de las Fuerzas Armadas. Aunque esas condenas hayan podido ser lamentadas en el ámbito de las relaciones amistosas y de los sentimientos de compañerismo, los militares españoles han aceptado, con disciplina y con respeto al imperio de la ley, la decísión judicial.
El esfuerzo para mejorar la comunicación entre la sociedad civil y el mundo militar precisará de la buena voluntad y de la capacidad de reflexión de todos. La reforma de la enseñanza militar, todavía pendiente dé diseño, podría permitir que los futuros oficiales se familiarizaran con el tipo de conocimientos, informaciones y valores que sus compañeros de edad reciben en las universidades. Las oportunidades para que los miembros de las Fuerzas Armadas no se vean obligados a una segregación domiciliaria, recreativa y de educación en su vida cotidiana dependen, en buena medida, de un aumento de sus ingresos, ya que las viviendas, centros sociales y escuelas para uso exclusivo de los militares han sido, durante muchos años, una forma de compensar, mediante esa variante de sueldo social, sus rentas modestas. Ahoya bien, también es evidente que un país medio como Espaila, sometido a los embates de una grave crisis económica, sólo podrá pagar satisfactoriamente -a los miembros de sus Fuerzas Armadas si éstas tienen un tamaño adecuado a nuestras necesidades defensivas y a nuestros recursos. En este sentido, corresponde al Gobierno y a las Cortes Generales analizar a fondo nuestras inversiones en material bélico, ya que una factura excesiva en armamentos, renglón de adquisiciones sometido siempre a una acelerada obsolescencia tecnológica, podría hacer inviable una mejora sustancial de los niveles retributivos de las Fuerzas Armadas. Los ciudadanos españoles, que sufragan con sus impuestos el gasto público, tienen derecho, en cualquier caso, a una información adecuada sobre la política armaínentista, cuyos costes no sólo podrían perjudicar a una revisión de los haberes de los militares sino contradecir también las aconsejables relaciones de proporcionalidad con el resto de los indicadores macroeconómicos y con el volumen global del gasto estatal.
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