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Dictados 12 autos de procesamiento por el fraude a la Seguridad Social

El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Barcelona dictó ayer, al menos, doce autos de procesamiento contra un número igual de empresarios, gerentes y jefes de personal implicados en el fraude a la Seguridad Social descubierto a principios de otoño por los servicios de la Inspección de Trabajo de Barcelona.Los autos consideran a los pro cesados como presuntos responsables penales de los delitos de falsedad en documento público, estafa y cohecho y reclaman responsabilidad civil subsidiaria de las empresas a las que representan los procesados. El juez ha dictado la prisión incondicional para los doce procesados, quienes se encuentran recluidos en la cárcel Modelo.

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Prisión incondicional para los procesados por fraude a la Seguridad Social

Viene de la primera páginaLos primeros procesados son José María Borrull Sánchez y Jesús Sans Pros, director gerente adjunto y jefe de personal, respectivamente, de Rocalla, SA; Enrique Buixeres Pons, director gerente de Textil del Ter, SA; José Delgado Garrido, apoderado de Textil Roger Dieste, SA; José Casanovas Vilanova, consejero gerente de Talleres Autopráctico, SA; Mario Trivellini, director general de Elbi, SA; Luis Agustí Sans, director gerente de Agustí Lámparas, SA; José Miguel Arquerons Castellvi, consejero delegado de Arbis, SA; Víctor Sans Viloy, apoderado de Joresa; Pedro Prat González y Arsenio Méndez Caliu, director administrativo y jefe de personal de Vives Vidal, SA, y Antonio Almirall Vega.

Las resoluciones judiciales, que fueron notificadas ayer a las partes, incluyen la ratificación de la prisión incondicional de los afectados, que se encuentran recluidos en la sexta galería de la prisión Modelo de Barcelona. Las diligencias instructoras del procedimiento se han acelerado en los últimos días y se prevé que, respecto al primer paquete de 32 empresas que ya han pasado por el juzgado, queden ultimados en muy breve plazo todos los procesamientos a que haya lugar. El secreto sumarial al que fue sometido el procedimiento finaliza el 4 de marzo. Los procesados están citados a declarar en la fase indagatoria a partir del 21 de febrero.

Tras la constitución de la pieza separada de responsabilidad civil, el juez instructor estableció, en los propios autos de procesamiento, que los implicados prestaran fianzas por un valor global de 346 millones de pesetas, para responder civilmente de los hechos que se les imputan. El juez ordenó que, en caso de que los procesados no depositasen las fianzas correspondientes a cada uno de ellos, se proceda al embargo de sus bienes, hasta el límite establecido por la fianza y, en caso, de no ser bastantes, se acredite su insolvencia legalmente.

La orden de prestar fianza en el procedimiento se hizo extensiva a las empresas representadas por los procesados, a las que se declaró responsables civiles subsidiarias de los mismos. Igualmente se emplazó a las entidades a que depositaran las fianzas en un plazo de veinticuatro horas, a partir de la notificación y, en caso contrario, se iniciaría el procedimiento de embargo contra las propias sociedades.

El resultando del auto judicial establece que existen indicios racionales de que, durante los años 1981 y 1982, los procesados, mediante la presentación de boletines de cotización en los que consignaban bases de cotización a la Seguridad Social inferiores a las reales y en connivencia con funcionarios de la Oficina Delegada de la Inspección de Trabajo (ODIT), a quienes entregaron cantidades no determinadas, lograron que éstos dirigieran a las empresas respectivas requerimientos de pago por sumas sustancialmente más bajas que las realmente adeudadas. Las cantidades defraudadas por las empresas coinciden con las publicadas en este diario el pasado domingo (véase EL PAIS del 13 de febrero).

Cantidades entregadas

El relato de los hechos indica a continuación las cuantías defraudadas por cada una de las empresas, ligeramente inferiores a las fianzas exigidas. El juez considera que las actuaciones de los procesados pueden ser constitutivas de los delitos de falsedad en documento oficial, estafa y cohecho, previstos y penados respectivamente en los artículos 302, 303, 528,529, 385 y 391 del Código Penal vigente. También señala que de las actuaciones sumariales llevadas a cabo hasta el momento aparecen méritos bastantes para reputar responsables criminalmente a los acusados.

Entre la relación de hechos imputados destaca, por su importancia, la afirmación de que los empresarios entregaron cantidades no determinadas a algunos funcionarios de la ODIT -cuyos principales responsables se encuentran en ignorado paradero-, para obtener los falsos requerimientos.

Este hecho ahora imputado a los procesados ha sido reiteradamente negado por los representantes de los empresarios, quienes exculparon su participación en los hechos y alegaron una actuación irregular, protagonizada en exclusiva por miembros de la institución oficial, sin que interviniera una postura activa de cohecho por parte de los primeros. Se espera que en breve plazo sean prócesados cinco funcionarios, contra quienes se dirigió la querella del fiscal. Pesa una orden de búsqueda y captura sobre tres de ellos y sobre otros dos empresarios.

El juez instructor ordenó ayer, por otra parte, el ingreso en prisión del empresario Joaquín Tor Beltrán, de Sant Adriá del Besós, por su presunta participación en los hechos. Con este nuevo encarcelamiento, son ya 38 las personas que se encuentran en la sexta galería de la prisión Modelo.

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