Garantías para los trabajadores afectados por cierre judicial de empresas
La Comisión de Política Social y Empleo del Congreso de los Diputados dictaminó ayer favorablemente el proyecto de ley por el que se garantiza la situación de los trabajadores de empresas cuyas actividades fueron paralizadas como consecuencia de implicaciones en el envenenamiento masivo provocado por el aceite de colza desnaturalizado. La comisión tenía competencia legislativa plena sobre la materia, por lo que el proyecto de ley no deberá pasar a trámite al pleno de la Cámara baja. El proyecto de ley asimila, en su artículo primero, la situación de los trabajadores afectados por el cierre de empresas, que se haya realizado como consecuencia de actuación de órganos de orden jurisdiccional penal, en relación con el envenenamiento masivo, a la que contempla el artículo 45 del Estatuto de los Trabajadores. Este artículo establece las causas de suspensión del contrato y exonera a las partes de las obligaciones recíprocas de trabajar y remunerar el trabajo.
El diputado socialista Jerónimo Saavedra manifestó, al término de la sesión, que se había aprobado una enmienda de su grupo por la que se trata de evitar que todo el peso del abono de los salarios y las cuotas de la Seguridad ' Social recaiga sobre el Fondo de Garantía Salarial.
El proyecto de ley aprobado determina que el Ministerio de Hacienda habilitará los créditos necesarios para que el departamento de Trabajo pueda hacer frente a las obligaciones contraidas.
El Fondo de Garantía Salarial repercutirá el importe de los salarios y cuotas de la Seguridad Social satisfechos a los trabajadores al titular de la empresa clausurada, en caso de que éste resulte condenado en el procedimiento penal. Para ello, el proyecto de ley establece que el Fondo podrá personarse en las actuaciones judiciales y hacer valer la pretensión. de que este crédito se reconozca en la sentencia.
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