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TRIBUNALES

El fiscal pide tres años y tres meses de prisión para cuatro sindicalistas de Olarra

Con la ratificación por parte del fiscal de sus peticiones, de tres años y tres meses para cada uno de los procesados, y la de libre absolución de sus patrocinados por parte de los abogados defensores, finalizó, a última hora de la noche del martes, el juicio celebrado en Bilbao contra cuatro trabajadores, despedidos de la empresa Olarra SA y acusados de un presunto delito de retención ilegal y amenazas, según denuncia presentada tras la ocupación, por parte de unos setecientos trabajadores, de las oficinas de la empresa, en octubre de 1980. La sentencia de la vista, que ha despertado una gran expectación en los medios económicos y laborales vascos, será conocida en el plazo de una semana.La personalidad del presidente del Consejo de Administración, Luis Olarra, líder del sector duro de la patronal vizcaína, y las formas de lucha radicales en el conflicto laboral, en cuyo contexto se produjo la ocupación, determinaron esa expectación, extendida más allá del terreno propiamente jurídico, y que se manifestó gráficamente en la presencia en las inmediaciones del Palacio de Justicia de hasta doce furgonetas policiales y, por otra parte, de varios cientos de personas con pancartas contra Olarra, así corno en la comparecencia de varios líderes políticos de la izquierda radical entre los testigos de la defensa.Durante la primera parte de la vista, el ministerio fiscal se esforzó en probar que la ocupación de las oficinas, por su carácter masivo, no tenía por objeto entablar una negocición sobre los problemas laborales planteados, y que, por otra parte, los acusados eran personalmente responsables de la coacción sufrida por los empleados retenidos en las oficinas y de las amenazas de que, según su punto de vista, fueron víctimas las dos hijas de Luis Olarra, presentes en el lugar, y alguna otra persona.

Por su parte, la defensa intentó demostrar que la ocupación, método tradicional de presión obrera en determinadas circunstancias, fue La única alternativa ante la intransigencia de la dirección y su sistemática negativa a negociar con el comité de empresa, elegido cinco meses antes del conflicto y en el que una corriente sindical de tipo radical había resultado mayoritaria. La defensa consideró no probadas las acusaciones de amenazas y, a tenor de lo declarado por los primeros testigos, convocados por ambas partes, sostuvo que no podía hablarse de retención ilegal, dado que hasta la llegada de la policía, ocho horas después del inicio de la ocupación, hubo libertad de movimientos para los administrativos presentes en la oficina el 15 de octubre de 1980.

Sin embargo, el desarrollo de la vista sufrió un giro a raíz de las declaraciones de Patricia y Fátima Olarra, que, especialmente la segunda, señalaron concretamente a dos de los procesados, Herminio Iglesias y Emiliano del Dago, secretario general y presidente, respectivamente, del comité de empresa en 1980, como dirigentes de la ocupación, y específicamente al segundo de ellos, como la persona que insultó y amenazó a Fátima. La defensa intentó, a partir de ese punto, probar que las declaraciones de las hijas del industrial debían ser tomadas como expresión de parte interesada.

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