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El Plan Nacional de Estadística

En los acuerdos en materia económica firmados por el Gobierno y el PSOE el 31 de julio pasado destaca el anteproyecto de ley de Fondo de Compensación Interterritorial, y en éste el compromiso del Gobierno para que el INE elabore un Plan Nacional de Estadística antes de enero de 1982. El plan es el marco indispensable para racionalizar la dispersión estadística que existe en la Administración española. Si el plan se lleva a cabo se dispondrá de un elemento de referencia coherente que permitirá armonizar todos los trabajos estadísticos y someterlos a una meta común.La realidad socioeconómica es de tal complejidad que su cuantificación coherente sólo es posible mediante la creación de un plan estadístico que exponga las estadísticas necesarias y básicamente las prioridades e interrelaciones.El plan no puede ser un simple elemento estático, inmutable desde ahora y para siempre, sino un instrumento capaz de dar respuesta a las continuas necesidades de información con la debida flexibilidad. El plan tampoco puede ser concebido como una herramienta útil sólo para la Adminiltracíón, sino que tiene que estar al servicio de la sociedad, ya que las estadísticas son el único medio de que ésta dispone para conocerse a sí misma cuantitativamente.

El Plan Nacional de Estadística es la pieza clave del edificio de la estadística española y debe enmarcarse en un contexto que, a nuestro juicio, responde a las siguientes preguntas: ¿Qué estadísticas debe contener el plan? ¿Quién debe elaborar el plan? ¿Quién debe aprobar el plan? ¿Quién debe ejecutar el plan y asumir su responsabilidad? ¿Quién debe controlar la ejecución del plan?

En el plan deben estar incluidas todas las estadísticas que se deseen surtan efectos sociales en todo el ámbito del país. El plan no puede ser el resultado de la simple agregación de estadísticas individuales o de subplanes inconexos, sino que es preciso tener una meta constituida por el conjunto de las estadísticas que por la importancia de las decisiones de orden económico-social que en base a ellas el Gobierno adopte las confieren un papel primordial en el campo de la información. Por ejemplo, la contabilidad nacional, tablas input-output, población activa, índice de precios al consumo, estadísticas precisas para el cumplimiento de la LOFCA, etcétera. Una vez establecidos los grandes objetivos finales, éstos y las estadísticas intermedias necesarias para alcanzarlos forman el núcleo del plan, debiendo tener la categoría de "estadísticas para fines estatales", competencia exclusiva del Estado, según el artículo 149, 1, 31º de la Constitución.

Junto a estos dos grandes grupos de estadísticas, los organismos de la Administración requieren información para su propio funcionamiento y que además, en ciertos casos, surta efectos oficiales. Tenemos otro conjunto de estadísticas a incluir en el plan. Las comunidades autónomas necesitarán que algunas de las estadísticas cuyo origen haya sido la transferencia o surgido de su propia realidad deban tener carácter oficial nacional, lo cual implica su inserción en el plan.

Un aspecto del plan que ha de calificarse como esencial es el referente a las metodologías aplicadas en cada caso. Es obligado que las metodologías respondan a la máxima exigencia científica y que exista un control único para las de todos y cada uno de los elementos del plan, de tal modo que no sólo se posea la certeza de la bondad científica de los resultados, sino que sea posible realizar comparaciones y agregaciones.

Por último, el plan debe contener la cuantificación pormenorizada de los recursos económicos para llevarlo a cabo, así como el tiempo de realización y publicación de los resultados.

¿Quién debe elaborar el plan?Como hemos dicho, el plan no puede ser una simple relación de estadística, sino un producto coherente, de tal forma que una investigación que no responda a las condiciones exigidas debe ser rechazada, por lo cual se impone la existencia de un organismo encargado de elaborarlo, que no ha de ser meramente consultivo, sino ejecutivo, y además disponiendo de la necesaria cualificación en las técnicas estadísticas para ser capaz de juzgar la corrección de las metodologías que acompañan a cada proyecto a incluir. Es evidente que la elaboración del plan ha de estar encomendada al Instituto Nacional de Estadística, pero no como se halla estructurado en la actualidad, sino el resultante de una reorganización indispensable tanto para el cumplimiento de este fin como para los propios atribuidos en el plan, reorganización que pasa por la necesaria dotación de medios técnicos y fuerza política para realizar sus cometidos, teniendo presente que la elaboración del plan no puede constituir el objetivo prioritario del INE, pese a su indudable importancia.

La elaboración centralizada del plan no supone que se realice a espaldas de los organismos interesados, sino que exige llevar a cabo una auténtica labor de coordinación ejecutiva, de tal forma que una vez que el Gobierno decide cuáles son los grandes objetivos del Plan del INE elabora la metodología necesaria para ellos, y los organismos que han de hacerse cargo de las estadísticas intermedias confeccionan las correspondientes, que deben ser aprobadas por el INE como condición para su inserción en el plan.

¿Quién debe aprobar el plan?

Para que el plan se cumpla puntualmente es preciso que su ejecución no dependa, en última instancia, de la buena voluntad de los organismos encargados de su realización, sino que ésta tiene que ser obligatoria, cosa que se logra si el plan tiene rango de ley, y, por consiguiente, su aprobación la realiza el Congreso de los Diputados.

¿Quién debe ejecutar el plan y asumir su responsabilidad?Responder a esta interrogación equivale a decidir sobre la desconcentración estadística en la Administración y sobre su descentralización en las comunidades autónomas. La ley de 1945 (creación, composición y funcionamiento del INE) otorgó a los ministerios el derecho a elaborar las estadísticas necesarias a sus propios fines, dejando al INE la etérea función de coordinador, que no se materializó en algo tangible hasta veinte años después mediante el decreto de 1965 (normas sobre coordinación estadística). Estas circunstancias han originado que cada ministerio obtenga las estadísticas que le son precisas, en bastantes casos de una forma casi independiente del INE. Por ello estimamos que el plan debe adjudicar la ejecución de las estadísticas intermedias a los organismos más' idóneos técnicamente (centrales o autonómicos), siempre que sus posibilidades en medios humanos y económicos permitan obtener resultados con la adecuada fiabilidad, quedando encargado el INE de la elaboración de las estadísticas finales, censos, grandes encuestas y aquellas otras de cuya realización no se ha podido encargar ningún otro ente.¿Quién debe controlar la ejecución del plan?

Las estadísticas como cuantificación de la realidad económicosocial sirven al Gobierno, aparte sus presupuestos ideológicos, para diseñar y corregir su política; a la oposición, para controlar esta política, y al resto de la sociedad, para la planificación de sus propias necesidades; de aquí que deba exigirse que los procedimientos y resultados estadísticos se ajusten, en la mayor medida posible, aquéllos, al máximo rigor científico; éstos, a ser fiel reflejo de la realidad. La bondad de los procedimientos puede quedar salvaguardada en la elaboración del plan mediante las correctas metodologías. La complejidad de la realidad española exige la obtención de tan elevado número de estadísticas que hace imposible la comprobación de todas y cada una de las cifras por un organismo de control; de ahí lo inadecuado del tipo de coordinación contemplado por el decreto de 1965. Sin embargo, si en el plan se han fijado las grandes magnitudes y las estadísticas requeridas para llegar a ellas, la propia elaboración de las primeras pondrá de manifiesto los posibles fallos de ejecución de las segundas.

El Plan Nacional de Estadística, una vez aprobado por el Congreso de los Diputados, es ejecutado por los organismos pertinentes, responsables únicos de los resultados, durante un período de tiempo fijado y con unos medios económicos también establecidos; es en estos dos aspectos donde tiene sentido la pregunta. El control de la ejecución en el tiempo y el presupuestario no puede ser encomendado a un órgano de la Administración, por ejemplo al INE, que por mucha independencia y fuerza política que posea no dejará de estar bajo la influencia del Gobierno, y que tendrá en ocasiones que actuar frente a él si realmente disfruta de alguna independencia y la ejerce, por lo cual el control de la ejecución del plan, en el sentido apuntado, ha de realizarlo alguien que se halle fuera de tal influencia, y este alguien sólo puede ser el propio Congreso de los Diputados, a través de la oportuna comisión parlamentaria. Es indudable que en esta comisión figurará en forma mayoritaria el partido que detenta el poder ejecutivo, pero también formarán parte de ella los grupos políticos de la oposición, cuya misión es fiscalizar la labor gubernamental, intentar corregirla y poner en conocimiento de la sociedad los fallos encontrados.

es estadístico del INE. Catedrático de Estadística. Es miembo del Grupo Agrario del Partido Socialista Obrero Español.

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