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El Gobierno estima quince posibles irregularidades en la ley de supresión de las diputaciones catalanas

Un total de quince aspectos de la ley del Parlamento de Cataluña sobre «Transferencia urgente y plena de las diputaciones a la Generalidad» pueden incurrir en inconstitucionalidad o violar el propio Estatuto de Autonomía de Cataluña, según ha señalado una fuente gubernamental. El Consejo de Ministros acordó aye relevar un recurso de inconstitucionalidad contra dicha ley, ante la actitud reiterada de la Generalidad a desoír los requerimientos que se hacían desde Madrid para que modificara algunos apartados de la misma.

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El Gobierno recurre contra la ley de diputaciones catalanas

Simultáneamente al acuerdo del Consejo de Ministros, la Diputación de Barcelona ratificó ayer, por 41 votos a favor y dos en contra -pertenecientes a los dos diputados provinciales centristas-, el acuerdo, quie en su día tomara la comisión mixta GeneralidadDiputaciones; para traspa sar los servicios de éstas al ente autónomo. Esta ratificación de la Diputación de Barcelona, cuya coincidencia en el tiempo con el recurso elevado por el Gobierno no está exenta de intención, se produce después de que el presidente de la Generalidad. Jordi Pujol, solicitara de las diputaciones catalanas la ratificación de dichos acuerdos. La Diputación de Tarragona aprobó, el jueves la ratificación; la de Gerona, ayer, y la de Lérida lo hará el martes.El presidente de la Diputación de Barcelona, el socialista Martí i Jusmet, comunicó a los miembros de la Corporación que había recibido una notificación del Ministerio de Administración Territorial, en la que se le advertía de la posible inconstitucionalidad de la ley de supresión de las diputaciones. Martí subrayó que la Corporación no tenía otro remedio que cumplir la ley en cuestión, por lo que solicitó el voto favorable de los diputados, que obtuvo por abrumadora mayoría.

La ley recurrida por el Gobierno fue aprobada por el Parlamento de Cataluña el 17 de diciembre del pasado año, sobre el supuesto de que el mantenimiento de las funciones de las diputaciones provinciales constituía un obstáculo para la nueva ordenación territorial de Cataluña. La ley establece que, una vez desaparecidas las diputaciones, se crearán unos consejos territoriales, compuestos por los actuales diputados provinciales, a los que se les reservan funciones residuales. La desaparición de la organización provincial es una vieja aspiración catalana, por considerarlaun elemento centralizador.

El Gobierno se ha decidido a recurrir contra esta ley después de solicitar estudios jurídicos que apuntan una clara violación de la Constitución, que establece obligatoriamente, según uno de los informes que obran en poder del Gobierno, tanto la existencia de las provincias como ente local y división territorial, como la de las diputaciones provinciales, que son las corporaciones encargadas de su gobierno y administración autónoma (artículos 137 y 141).

La transferencia en bloque de todas las competencias de las diputaciones a la Generalidad convierte a ésta, según el informe seguido por el Gobierno, en una entidad con competencia de Administración local, encargada del gobierno y administración autónoma de la provincia, lo que, además de no estar- de acuerdo con los principios antes citados de la Constitución. infringe el espíritu de la disposición transitoria sexta, apartado 7 , del Estatuto de Cataluña, «ya que éste no prevé ni el tránsito de todas las competencias ni la extensión de las diputaciones».

De acuerdo con el informe jurídico, que se extiende en varias consideraciones, el Gobierno entiende que la Generalidad sólo puede asumir parcial y no plenamente las competencias de las diputaciones, por lo que, además de modificar los contenidos del artículo primero, también debe ser cambiado el propio título de la ley, de modo que se refiera a la creacion y regulación de los consejos territoriales de Cataluña.

Las competencias asumidas por las diputaciones por delegación, estima el Gobierno, no pueden ser transferidas a la Generalidad sin autorización de la Administración delegante, por lo que debería ser modificado el artículo segundo, apartado 2 de la ley. El Gobierno exige, entre otros temas, que el traspaso de funcionarios se someta a lo que establezcan las bases de Régimen Local y que los consejos territoriales que sustituyan a las diputaciones tienen que tener reconocidas competencias, no sólo en materia de gobierno, sino también de administración.

Otros desacuerdos

Al margen del recurso contra la ley de supresión de las diputaciones que el Gobierno ha decidido plantear ante el Tribunal Constitucional. existe en el seno del mismo descontento con otras actuaciones de la Generalidad, por entender que violan el espíritu de la Constitución.Así, por ejemplo, se señala el uso indebido del término nación en el preámbulo de la Ley 1/ 1980, por la que se declara fiesta nacional de Cataluña la jornada del Once de septiembre. «De entre etos símbolos destaca», se dice en el preámbulo, «la existencia de un día de fiesta en el que la Nación exalta sus valores ... ». «Ahora. cuando Cataluña reemprende su camino de libertad, los representantes del pueblo creen que la Cámara legislativa tiene que sancionar lo que la Nación, unánimemente ha asumido».

El Gobierno considera, asimismo, que el Decreto 90/1980 sobre normalización del uso del catalán en los órganos de la Administración de la Generalidad ignora lo establecido en la Constitución y en el Estatuto catalán, referente al principio de cooficialidad de las lenguas catalana y castellana. También estima inapropiada la utilización del término nacional en la denominación del Archivo de Cataluña. Otra violación de la Constitución y el Estatuto catalán es para el Gobierno el hecho de que el Boletín de la Generalidad se publique íntegramente en catalán.

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