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No se avergüencen de la ley

El Congreso ha aprobado la ley orgánica de Seguridad Ciudadana, que a partir de ahora se denominará ley «sobre los supuestos previstos en el artículo 52, 2, de la Constitución». El artículo mencionado dispone que, mediante ley, los derechos constitucionales sobre duración de la prisión preventiva, inviolabilidad del domicilio y secreto de las comunicaciones postales, telegráficas y telefónicas pueden ser suspendidos para determinadas personas, en relación con las investigaciones correspondientes a la actuación de bandas armadas o elementos terroristas. ¿A qué obedece, pues, este rodeo y que en vez de llamar a la ley de forma que todos lo entiendan se haya adoptado la nueva y elíptica denominación?Nos preguntamos si no hay, en el fondo, como un deseo de que «no se sepa» que se ha aprobado una limitación de los sacrosantos derechos individuales, aunque sea por causa tan justificada. ( ... )

Nos alegra que se haya obtenido el consenso. A un problema nacional debe corresponder una ley nacional. Y no puede extrañarnos la abstención del PNV, vista su tradicional actitud ante los problemas nacionales, y su notoria debilidad frente al terrorismo. ( ... )

No nos hagamos ilusiones: el problema creado es demasiado profundo y complejo para creer que ninguna ley antiterrorista pueda resolverlo, pero una ley antiterrorista forma parte de la solución. ¿Servirá esta ley? Servirá si se aplica con firmeza y los señores legisladores dejan que se aplique. Para lo cual han de empezar por no avergonzarse de ella.

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31 de octubre

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