Los sueldos de los funcionarios subirán en torno al 12% en 1981
Hacienda ha recibido ya las propuestas de todos los ministerios para proceder a la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 1981, que habrán de ser presentados a las Cortes antes del 1 de octubre y constituyen el primer paquete anual de política económica, según han informado a Europa Press fuentes ministeriales.Las instrucciones de Hacienda a las que han debido acogerse estas propuestas han sido las siguientes:
- Los créditos para remuneraciones de funcionarios no podrán exceder sobre 1980 un aumento del 12% (incluidas remuneraciones complementarias). El mismo porcentaje es aplicable para el personal eventual, contratado y vario. El personal laboral alcanzará hasta el 12,5%, más insuficiencias en el crédito 1980. Las cuotas de la Seguridad Social crecerán el 12,5%.
- En la Administración de justicia, el sueldo base será de 28.980 y las retribuciones complementarias se incrementarán el 12 %.
- Los gastos corrientes en bienes y servicios no aumentarán más del 8%.
- Las subvenciones para cubrir el déficit de las sociedades del Estado no superarán, en todo caso, el importe del déficit de 1980.
Seguridad Social y ayuntamientos
- La aportación del Estado a la Seguridad Social se aumentará en 72.000 millones de pesetas, para hacer efectiva una mayor participación del mismo en sus gastos.- Las participaciones en favor de las corporaciones locales se fijarán en las cuantías que hayan de percibir en 1981 por aplicación de las normas vigentes, consolidándose los aumentos autorizados en 1980. Asimismo se incrementará en un 1,5% la participación de los impuestos indirectos, que quedará fijada en el 10% del importe de aquéllos.
- Los créditos definitivos para inversiones civiles de cada departamento se ajustarán a las cifras y aplicaciones que apruebe el Gobierno en el Programa Plurianual de Inversiones, en el que se contemplarán dotaciones de acción regional urgente por importe de 50.000 millones de pesetas.
- Durante 1981 no podrán ser tramitados expedientes de incremento de plantillas, salvo en el supuesto de entrada en funcionamiento de nuevas inversiones o de ampliación de servicios aprobados por el Gobierno.
- Quedarán suprimidas, salvo que estén autorizadas por norma de rango legal, las subvenciones o bonificaciones que se satisfagan con cargo a las rentas de monopolios.
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