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PRENSA

Los trabajadores del grupo Mundo se querellan contra Sebastián Auger

Ante el juzgado de guardia fue presentada ayer una querella criminal, por tres presuntos delitos, contra Sebastián Auger y Javier de Quintana, por hechos relacionados con su condición de principales responsables del grupo Mundo. Los presuntos delitos son apropiación indebida, cheque en descubierto y actos contra la libertad y la seguridad en el trabajo.La acción penal ha sido instada por los trabajadores del grupo, quienes, paralelamente, presentarán hoy un expediente de regulación y cese de contratos laborales. Será a continuación cuando los trabajadores, según informaron, insten la quiebra del grupo, la cual, en su opinión, puede revestir caracteres de fraudulenta.

En el texto de la querella criminal se solicita la prisión sin fianza de Auger y Quintana, así como la fianza de mil millones de pesetas para asegurar las responsabilidades civiles que pudieran proceder. El abogado de los trabajadores daba anoche como seguro que la querella sería admitida por la autoridad judicial, y que, en consecuencia, los querellados deberían prestar declaración ante el juzgado en los próximos días. Sería después de estas declaraciones y de un informe pericial solicitado por los querellados cuando, en su caso, la autoridad judicial acordará o bien rechazará la solicitud de procesamiento.

Anoche, tanto medios financieros como laborales daban como muy probable que Sebastián Auger intentase presentar suspensión de pagos. Ninguna de las fuentes consultadas pudo concretar este extremo.

La presentación de suspensión de pagos, según fuentes laborales, presentaba dificultades. Las fuentes indicaban que el capital social de las nueve empresas del grupo Mundo era de 348 millones, mientras que las deudas podrían oscilar alrededor de los 3.000 millones. Las mismas fuentes indicaron que los balances presentados por la empresa mostraban indicios de presuntas irregularidades serías. Así, indicaron la presencia de una cuenta de regularización de 723 millones que, de hecho, podría considerarse capital social no declarado ni escriturado y que, por tanto, no podía ser contabilizado a la hora de cubrir las obligaciones de la empresa.

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