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El artículo 81, motivo de la ruptura

El artículo 81 del Estatuto de los Trabajadores, que motivó ayer el enfrentamiento entre los nacionalistas y los socialistas y centristas, aparecía redactado en el proyecto de ley del Gobierno con el siguiente texto: «A nivel nacional, regional, provincial o local, los convenios podrán tener como ámbito las siguientes unidades de negociación: uno o varios centros de trabajo de una empresa; una sola empresa; un conjunto de empresas que tengan características homogéneas, bien sea por actividad económica o por su dimensión productiva o de personal; la totalidad de las empresas dedicadas a una misma actividad económica y sectores profesionales diferenciados dentro de una empresa.»El nuevo texto aprobado, que tiene como base los acuerdos UGT-CEOE, pero que fue modificado en algunos aspectos en el debate, dice que «los convenios colectivos tendrán el ámbito de aplicación que las partes acuerden».

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En un segundo punto dice que, mediante acuerdos interprofesionales o por convenio, los sindicatos y las patronales más representativas, de ámbito estatal o comunidad autónoma, podrán establecer la estructura de la negociación colectiva, así como fijar las reglas que han de resolver los conflictos de concurrencia entre convenios de distinto ámbito y los principios de complementariedad de las diversas unidades de contratación, fijándose siempre en este último supuesto las materias que no podrán ser objeto de negociación en ámbitos inferiores. Finalmente, en su apartado tercero, autoriza a patronales y sindicatos «para elaborar acuerdos sobre materias concretas. Estos acuerdos, así como los interprofesionales, tendrán el tratamiento de esta ley para los convenios colectivos».

Propuestas socialistas

En las negociaciones entre socialistas y nacionalistas vascos, en vísperas de la sesión de ayer, los primeros ofrecieron añadir al apartado tercero de su enmienda: «Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior» (en él se mencionan las comunidades autónomas), «y de lo establecido en el artículo 2» (aplicación de la norma más favorable en caso de conflicto entre dos convenios o un convenio y una norma), «los convenios colectivos de ámbito inferior serán siempre de aplicación, salvo cuando las partes que Io negocien establezcan lo contrario.» Estas garantías ofrecidas al PNV de cara a la negociación colectiva en las comunidades autónomas no fue aceptada por los nacionalistas.

Además, siempre según fuentes del PSOE, se, ofreció también al PNV la siguiente redacción del artículo 82, que ampliaba, asimismo, las mencionadas garantías: « Un convenio colectivo, durante su vigencia, no podrá ser afectado por lo dispuesto en convenios de ámbito distinto. Los convenios colectivos de ámbito inferior tendrán aplicación preferente sobre los de ámbito superior, salvo pacto en contrario establecido por los convenios de aquel ámbito. »

La negativa de aceptar estas propuestas por parte del PNV fue interpretada por algunos diputados socialistas como una maniobra de cara a las próximas elecciones al Parlamento vasco, ya que, a su juicio, satisfacían en buena medida las reivindicaciones planteadas por los nacionalistas vascos.

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