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Iniciativas oficiales para salvar la catedral de León y el consulado de Burgos

La catedral de León y el consulado de Burgos, monumentos de interés histórico, están siendo objeto de atención especial por parte de la Dirección General del Patrimonio Histórico Artístico. En el caso del consulado de Burgos, la mencionada Dirección General ha enviado al gobernador civil y al alcalde de la citada ciudad castellana un telegrama en el que comunica que ha tomado la decisión de incoar expediente de declaración de monumento histórico-artístico del edificio del consulado, ante las noticias del presumible derribo de dicho monumento.En cuanto a la catedral de León, la Dirección General comunica que acaban de comenzar las obras de restauración parcial, con un presupuesto de cinco millones de pesetas. A lo largo de esta restauración, dirigida por el arquitecto José Menéndez Pidal, se sustituirán las cubiertas del claustro y se picarán y limpiarán los paramentos verticales de la torre norte, para el estudio del estado de la piedra y el tratamiento de conservación o sustitución de la misma.

En la misma catedral de León se proyecta desmontar las piezas con grietas que suponen peligro de desprendimiento en las torres norte-sur, la restauración de toda la escultura de las tres portadas y de los cuatro pilares del pórtico occidental, así como la restauración de la terraza, limpieza y desaparición de las humedades que se filtran sobre el mencionado pórtico.

El presupuesto de las obras que ya se realizan en la catedral de León es de unos cinco millones de pesetas. Las obras que se proyectan realizar obligarían a un desembolso cercano a los seis millones. La Dirección General del Patrimonio estudia la posibilidad de convocar un concurso para decidir la contrata que ha de realizarlas.

La protección del patrimonio

El borrador de la ley de Protección del Patrimonio Artístico y Arquitectónico prevé una normativa distinta para llegar a la declaración de monumentos de interés histórico. En el borrador, que estará terminado en octubre, se estipula que antes de la demolición de cualquier edificio que reúna los requisitos fijados por la ley -antigüedad superior al siglo, entre otros- deberá pedirse a la Dirección General citada la declaración de que no se trata de un inmueble de carácter monumental.De este modo, indicó la Dirección General a la agencia Europa Press, ya no será precisa la declaración, caso por caso, de monumento histórico-artístico. La prueba será justamente en sentido contrario.

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