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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Circulación negociable

En la página tercera del número del pasado día 16 aparece una crónica de sus corresponsales en Bonn y Bruselas, cuyo titular puede inducir a error.A tres columnas y con grandes caracteres, se lee: «Los obreros españoles no podrán establecerse libremente en la CEE», y, en tipos más pequeños, que pueden escapar a la mayoría de los lectores, se puntualiza: «Inmediatamente después del ingreso de España en el Mercado Común».

Creo que, de esta forma, el mensaje que se transmite no es exacto, y puede dar lugar a una confusión de la opinión. Para colaborar con la línea de objetividad y transparencia informativa que ha caracterizado siempre a EL PAIS, le agradecería que tomase en consideración algunas aclaraciones:

1. Podría entenderse que se trata de una decisión de la CEE sobre este punto de la circulación de mano de obra, y no es así, puesto que es la opinión de un ministro de uno de los países miembros.

2. Se podría entender, también, que se trata de algo nuevo. Y tampoco es así. La libre circulación de los trabajadores en los países de la Comunidad se ha alcanzado siempre a través de un periodo de transición, que fue de diez años para los seis países fundadores; de cinco años para Inglaterra, Dinamarca e Irlanda y, probablemente, de siete para Grecia. Este período, en cuanto a nuestro caso, será objeto de negociación por parte de España, y el dictamen de la Comisión de Bruselas señalaba que el plazo máximo sería de diez años. Estos hechos son universalmente conocidos y han sido objetivamente expuestos en EL PAIS en múltiples ocasiones.

3. El libre establecimiento de los obreros españoles en la CEE es un derecho irrenunciable que nos corresponderá como país miembro de la Comunidad, según establece claramente el artículo 48 del Tratado de Roma. Podrá negociarse, y se negociará, el plazo no superior a diez años en que se alcanzará plenamente este derecho, pero nunca la Comunidad podrá proponer, en los términos del Tratado de Roma, ni sería aceptable nunca para España, la renuncia al principio del líbre establecimiento.

Gabinete deprensa Ministerio de Relaciones con la CEE Madrid

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