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El día 30 los vascos presentan su proyecto de Estatuto al Congreso

La Asamblea de Parlamentarios vascos se reunirá en Guernica el próximo viernes para, según lo dispuesto por el artículo 151 de la Constitución, aprobar el anteproyecto de Estatuto vasco de Autonomía. La Constitución prevé que dicha aprobación deberá producirse «mediante el acuerdo de la mayoría absoluta de sus miembros». El día 30 el anteproyecto será presentado a la Comisión Constitucional del Congreso, que contará con dos meses para «examinarlo con el concurso y asistencia de una delegación de la Asamblea de Parlamentarios para determinar de común acuerdo su formulación definitiva».

Dadas las reticencias mostradas por los representantes del partido gubernamental -ninguna de cuyas enmiendas prosperó en el Pleno del día 23-, a estampar su firma en el anteproyecto, se prevé una dura negociación en la Comisión Constitucional, en la que UCD es ampliamente mayoritaria. Por el contrario, tras las enmiendas introducidas al primitivo texto de la ponencia, hecho público el pasado día 7, no parece que el PSOE vaya a plantear grandes modificaciones al texto actual. De hecho, al finalizar la maratoniana sesión de la madrugada del domingo, el diputado socialista Enrique Múgica se comprometió a «mantener en Madrid lo que hemos votado aquí». Unicamente en el título relativo a Hacienda y patrimonio -en el que los socialistas se abstuvieron- persisten diferencias de cierta entidad entre el PSOE y el PNV.Gobierno vasco para el verano

La Constitución establece que, una vez examinada por la Comisión Constitucional, «el texto resultante será sometido a referéndum». Si los votos positivos son mayoritarios en cada provincia sólo quedará el trámite de ratificación por los Plenos de ambas Cámaras. Si todo el proceso se desarrolla normalmente, el Parlamento y el Gobierno autónomo vasco podrían estar constituidos para comienzos del verano. No habría que descartar, sin embargo, el alargamiento en los plazos que podría suponer la celebración de elecciones generales.

Navarra, tratamiento especial

La mayoría de las enmiendas aceptadas por la Asamblea de Parlamentarios corresponden, por una parte, a este esfuerzo por recomponer el consenso PNV-PSOE, y, por otra, al intento de reducir al mínimo las impugnaciones que pudieran plantearse al texto en base a la acusación de inconstitucionalidad.

Así, el controvertido artículo 2 que define el ámbito territorial del País Vasco, se ha puesto en relación con una nueva disposición transitoria respecto a la posible incorporación de Navarra. En la redacción final se mantiene la referencia al «derecho imprescriptible» que las cuatro provincias tienen «a formar parte de la comunidad autónoma», pero se precisa a continuación que la incorporación de Navarra se producirá, en su caso, «de acuerdo con el procedimiento establecido en la disposición transitoria cuarta de la Constitución», y que dicha incorporación podrá suponer la «introducción en el presente estatuto de las adaptaciones que se convengan con el órgano foral navarro competente».

El euskera: lengua "propia"

En el artículo 6 se ha suprimido la expresión que designaba al euskera como «lengua nacional» del pueblo vasco, para sustituirla por la de «lengua propia», al igual que en el anteproyecto de Estatuto catalán. En el mismo artículo se ha aceptado una enmienda socialista, según la cual «nadie podrá ser discriminado por razón de la lengua».

Otra novedad significativa aparece en el artículo séptimo, en el que al determinar los requisitos para ejercer los derechos políticos reconocidos en el Estatuto, se sustituye el término de «vecindad administrativa» por el de «residencia», menos restrictivo.

Cambios en las competencias de orden público

En el capítulo de las competencias, las variaciones más importantes se han producido en el artículo 17, relativo al orden público autónomo. La enmienda fundamental consiste en la supresión de la previa declaración de estado de excepción, alarma o sitio para que las FOP estatales puedan intervenir en el País Vasco. En su lugar, se establece que dicha intervención requerirá el acuerdo por mayoría cualificada de la Comisión Mixta, que, con el nombre de «Junta de Seguridad» y participación igualitaria del Estado y la comunidad autónoma, habrá de constituirse tras la aprobación del Estatuto.

También ha quedado suprimido el punto uno del antiguo artículo 20, según el cual «toda materia no atribuida expresamente al Estado corresponderá al País Vasco». Varios partidos habían subrayado la contradicción entre este artículo y el criterio establecido al respecto en la Constitución.

La polémica sobre la forma de representación de los distintos territorios históricos en el Parlamento vasco se ha resuelto, de acuerdo con la tesis del PNV, admitiendo que dicha institución «estará integrada por un número igual de representantes de cada territorio», en contra de las enmiendas que propugnaban un criterio de representación proporcional. Este criterio es retenido, sin embargo, para la elección de los representantes de cada provincia.

Igual presión fiscal

En el capítulo de la Hacienda autónoma se observa un claro acercamiento de posiciones mutuas entre el PNV y PSOE, pese a la abstención final de este último. Por una parte, se establece la cautela, según la cual, «el ejercicio de estas facultades no podrá determinar una presión fiscal inferior a la media en el resto del Estado». Por otra, se precisa que las medidas tomadas no podrán ir contra la homogeneidad del sistema tributario general.

Otra novedad del Estatuto vasco es la introducción de un mecanismo arbitral -inexistente, por ejemplo, en el Estatuto catalán- para regular posibles conflictos de competencias entre las instituciones de cada territorio histórico y las generales de la comunidad autónoma (artículo 38-bis).

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