Los socialistas presentan un proyecto de ley sobre trasplantes
El Grupo parlamentario Socialista del Congreso ha presentado un proyecto de ley que regulará los trasplantes quirúrgicos de órganos.En la exposición de motivos que encabeza la ley se refiere el mencionado grupo parlamentario a que «los programas científicos de los últimos años han confirmado la posibilidad de realizar con éxito trasplantes de órganos en seres humanos, a fin de contribuir a la restauración y mejora de la salud de un número cada vez mayor de personas». Si bien -sigue el proyecto- hay trasplantes que, como el de córnea, son frecuentes ya en nuestro país, «la actual legislación ha quedado desfasada con respecto, especialmente, a los trasplantes de riñón, tratamiento indicado en los enfermos que siguen el de hemodiálisis periódicas».
El articulado de la ley, que está constituida por cinco epígrafes y una disposición adicional, además de la derogatoria de la ley de 1950, contempla los aspectos legales de las extracciones de órganos desde el punto de vista de los centros, el donante y el receptor.
Tras señalar que los trasplantes se efectuarán preferiblemente procedentes de cadáveres, los centros en que se efectúen deberán ser autorizados por el Ministerio de Sanidad, y preferiblemente éste autorizará los centros públicos. La prestación de órganos no podrá ser exigida o compensada económicamente mediante prestaciones económicas, pero sus riesgos, en cuanto al donante, podrán ser cubiertos por la Seguridad Social o por seguros públicos.
Los donantes vivos deberán ser mayores de edad, en pleno uso de sus facultades mentales, y sólo podrán dar su conformidad tras ser informados sobre los riesgos y peligros de la donación «por especialistas ajenos al establecimiento en que vaya a ser practicada la operación». Los menores sólo podrán ser donantes cuando «tengan bastante juicio, y se acredite el consentimiento del menor y el de su representante legal» con autorización judicial y sólo cuando se trate de un hermano del receptor, cuando se hayan agotado otros recursos, y cuando el juez cuente con dictámenes profesionales al respecto.
Sobre cadáveres se podrá efectuar la extracción en caso de donación previa o, al menos, de no existir manifestación en contra; previa «constatación y comprobación de muerte, basada en la existencia de pruebas concordantes de irreversibilidad de las lesiones cerebrales y, por tanto, incompatibles con la vida», y el certificado de defunción deberá ser firmado por tres médicos, de los que preceptivamente uno será el jefe de servicio de la unidad médica correspondiente y otro un especialista en neurología. Ninguno de ellos puede pertenecer al equipo que vaya a utilizar el órgano. Respecto al receptor, será necesaria también información previa y consentimiento.
La disposición adicional al proyecto de ley pide del Gobierno que, en el plazo de seis meses tras la promulgación de la ley, desarrolle por vía reglamentaria lo dispuesto en la ley, especialmente en lo que se refiere a centros, diagnóstico de muerte y procesos de información.
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