Texto de la enmienda socialista a la disposición adicional
El comité nacional del Partido Socialista de Euskadi ha aprobado una nueva redacción para la disposición adicional a la Constitución, al mismo tiempo que anuncia su envío al Grupo parlamentario Socialista. El texto es el siguiente:«La Constitución reconoce y garantiza los derechos forales históricos de las provincias de Alava, Guipúzcoa, Vizcaya y Navarra, cuya reintegración y actualización, en su caso, se llevará a cabo entre las máximas instituciones representativas de dichos territorios y el Gobierno, a través del estatuto.
El estatuto de autonomía, elaborado en la forma establecida en el párrafo anterior, asumirá las competencias que para las comunidades autónomas establezcan los artículos concordantes de esta Constitución y la incorporación definitiva de los derechos históricos al ordenamiento jurídico en el ámbito general del título VIII. El estatuto así elaborado será sometido al referéndum de los territorios afectados y al voto de ratificación de las Cortes Generales. Tras su aprobación por éstas será promulgado como ley.
Disposición derogatoria: Quedan derogados, en cuanto pudieran suponer abolición de los derechos históricos, las leyes de 25 de octubre de 1839, 21 de julio de 1876 y demás disposiciones abolitorias. »
A la vista del texto anterior, puede afirmarse que las diferencias fundamentales con el texto que aprobó la Comisión Constitucional del Senado estriban en que el reconocimiento de derechos forales queda circunscrito a las tres provincias vascas y Navarra; y, junto a ello, la insistencia en remitir al marco concreto de la Constitución el encuadre de estos derechos.
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