Reguladas las subvenciones a centros de educación especial

La regulación del otorgamiento de subvenciones a centros de educación especial no estatales, aparecido ayer en el Boletín Oficial del Estado, según esta orden, firmada por el ministro de Educación, percibirán subvención estatal hasta el final del curso 77-78 aquellos centros de educación especial que la venían recibiendo desde el pasado curso 76-77, salvo el caso en que el Instituto Nacional de Educación Especial considerara procedente la retirada de la subvención, en función de un informe previo, suficientemente motivado, de los servicios provinciales correspondientes.Según indica Europa Press, los centros que perciben alguna subvención -sigue la orden- podrán reclamarla al cien por cien, pero aquellos que ya la perciban al cien por cien, no podrán exigir de los alumnos ninguna cantidad en concepto de enseñanza. Tendrán preferencia en la concesión de subvenciones aquellos centros de educación especial que acojan a población escolar de nivel económico modesto y que se hallen enclavados en zonas donde existen urgentes necesidades de escolarización.
Esta orden ha sido emitida tras la aprobación de los presupuestos generales del Estado para 1978, y tras la concesión al Instituto Nacional de Educación Especial del oportuno crédito, en tanto no se apruebe la nueva normativa de financiación de centros especiales.
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