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Huelva, una ciudad insalubre

Huelva es una ciudad contaminada... «Su cielo se ha oscurecido, la fauna volátil casi ha desaparecido y el olor que ha ido invadiendo la ciudad resulta en ocasiones literalmente insoportable. Empieza a ser también una ciudad insalubre.» Este es el panorama de la situación que describe la Memoria elevada al Gobierno por el fiscal del Tribunal Supremo, señor A. J. García Rodríguez-Acosta, en la apertura de los Tribunales.La situación de la ciudad, que no es, por otra parte, la única en la que se dan esas circunstancias, es tal que «los valores máximos alcanzados en determinados puntos de la misma por la contaminación atmosférica de anhídrido sulfuroso y humos han llegado a ser en algunos días de los últimos meses del año sensiblemente superiores a los técnicamente admisibles».

Y a esa situación se ha llegado, continúa el informe del Tribunal Supremo, de un modo paulatino, donde las personas no se dan cuenta de la situación en que se está viviendo. La degradación ambiental, aunque grave, ha sido imperceptible. «Un gran número de personas, la inmensa mayoría probablemente, se va habituando lentamente, sin notar apenas nada, a permanecer inmersas en una atmósfera que disminuye progresivamente sus posibilidades vitales.»

La situación a la que ha llegado la ciudad de Huelva, como otras poblaciones españolas, aparece ligada al desarrollo. Pero es, al parecer, un desarrollo incontrolado y sin objetivos coherentes que acaba volviéndose contra el propio hombre, causante y beneficiario de ese desarrollo.

«Huelva debe muchísimo al Polo de Desarrollo Industrial; nadie lo pone en duda», se afirma en el informe de la Fiscalía. Huelva ocupa, desde el año 1957, el puesto 33 del total nacional en producto nacional bruto. Datos recientemente difundidos señalaban que la renta total provincial representa el 0,9 por 100 de la nacional (igual que el año 1971). A pesar de su desarrollo en renta per capita, cada año aumenta la diferencia que le separa de la renta nacional. Estos datos suponen que el desarrollo tampoco ha logrado unos objetivos satisfactorios para los onubenses.

Se da también la circunstancia de que el desarrollo de su polo industrial está estrangulado por el hecho de que está pendiente la realización de la tercera fase del abastecimiento de agua industrial, sin haber resuelto el problema de su financiación.

Responsabilidades

Lo cierto es que la situación a la que se ha llegado preocupa a la Fiscalía del Tribunal Supremo, instando al Gobierno a tomar responsabilidades. «Es urgente, claro está -leemos en la Memoria- que las autoridades administrativas exijan rigurosamente el cumplimiento de las medidas anticontaminadoras que se prescriben en las disposiciones ya en vigor; y que públicamente se haga saber a los ciudadanos el grado de contaminación alcanzado por el aire que respiran; no es menos urgente crear un clima de opinión contrario a la especie de que el deterioro del medio es "el precio que se ha de pagar por el desarrollo". Todo ello es urgente y se debe exponer la necesidad -ya anunciada en la Memoria del fiscal del Tribunal Supremo de 1974- de crear un repertorio de tipos delictivos, dentro del marco de los delitos contra la salud pública, que protejan adecuadamente la conservación y mejora de la calidad del medio ambiente y, más específicamente, el interés común de respirar dentro de una atmósfera limpia, y sana.»La negligencia aparece entonces como un factor decisivo causante de la situación a la que se ha llegado: «Todo esto no es únicamente un problema sanitario -afirma el informe de la Fiscalía del Supremo- que deba ser afrontado por vía administrativa, no es sólo una amenaza de la que debe defenderse por sus propios medios la ciudad afectada: es también un riesgo grave y masivo al que se tiene constantemente sometido a un numeroso grupo humano, un riesgo creado -a sabiendas o negligentemente- por quienes anteponen el deseo de incrementar sus beneficios al interés sanitario de una colectividad y no realizan las necesarias inversiones para reducir al mínimo posible dicho riesgo. Dicho de otra manera: estamos ante una actividad -bien de acción, bien de comisión por omisión- que pone en peligro y, en ocasiones lesiona abiertamente, la salud pública; estamos, pues, ante un problema cuya dimensión jurídico-penal es evidente.»

Sentadas las bases de la responsabilidad penal, el informe concluye concretando esa responsabilidad penal en las «personas colectivas..., sus más altos ejecutivos y órganos colegiados de dirección. Porque -inútil es decirlo- el delito de contaminación es siempre delito de una persona jurídica, de una sociedad anónima, que a su poder económico y a sus posibilidades de actuar como grupo de presión en todas las instancias de decisión une una extraordinaria capacidad para disolver responsabilidades».

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