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Posibilidades del Fondo Español de Ayuda al Desarrollo

Los exportadores han quedado bastante decepcionados del contenido del real decreto ley de 24 de agosto por el que se dictan medidas fiscales de fomento a la exportación y del comercio interior.No creo, la verdad, que la cosa sea para menos. Salvo las empresas con personal trabajando en el exterior que podrán, ahora, evitar una parte de doble imposición y salvo algunas raras sociedades que podrán aprovecharse del «aligeramiento tributario» que les puede suponer el perfeccionamiento del mecanismo del fondo de reserva para inversiones de exportación y la mejora de tributación de las sociedades de empresas exportadoras, la gran masa de las empresas exportadoras poco puede esperar de las nuevas medidas fiscales de fomento.

Queda, colado de refilón entre el paquete fiscal, la creación del «Fondo de Ayuda Oficial al Desarrollo» destinado, como se dice en el RDL, a la concesión de créditos y otras ayudas en términos concesionarios por el Estado español a otros Estados e instituciones públicas extranjeras y a instituciones financieras intergubernamentales.

Hay que situar las cosas en su punto y no pretender que tal Fondo sea un mero instrumento de fomento de exportación como parece haberse intentado haciendo aparecer incrustando el artículo que lo crea en un texto legal concebido como de apoyo a la exportación y al comercio interior. A mi entender este podría ser un primer paso para la participación de España en el Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE en el que hasta ahora no hemos participado.

Mi intención, en estas líneas, no es, sin embargo, referirme al Fondo como primer peldaño de una acción global de tal tipo, sino analizar quién puede, en España, beneficiarse de su actuación.

En un próximo futuro deberá aparecer el reglamento financiero de movilización de los recursos del Fondo. Los 12.000 millones de pesetas previstos para la anualidad de 1977 serán algo menos del 2 por 100 de las exportaciones españolas en tal año, pero no es tan importante la cuantía del mismo como su utilización. Opciones muy diferentes pueden ser el cubrir la diferencia de tipos de interés entre los créditos compradores blandos que se concedan y los otorgados en condiciones de mercado o el respaldar operaciones que se intuya van a ser prácticamente incobrables del tipo de las que, hasta ahora, la Compañía Española de Seguros de Créditos a la Exportación no se hallaba dispuesta a asegurar contra riesgos políticos o comerciales.

Los exportadores españoles de bienes de equipo se han quejado muchas veces de no poder compartir en mercados terceros con las ofertas efectuadas por empresas de países exportadores ricos en razón de las facilidades financieras que éstas estaban en posición de conceder a sus el lentes. Es sabido que a pesar de las negociaciones internacionales para limitar la escalada de concesiones crediticias han sido muchos los países que han creado mecanismos para que sus exportadores pudieran conceder créditos blandos a sus potenciales compradores extranjeros, alterando las condiciones normales de competencia internacional por calidad y precio en base a las condiciones de entrega y financiación.

Este es pues, un campo amplio que se abre a las actividades del Fondo de Ayuda al Desarrollo que se crea, aunque a él corresponderán, seguramente, otras funciones y otras operaciones.

De cara a la exportación es, también, muy importante que el Fondo se distribuya con unos criterios económicos claros, justos y definidos. Piénsese el significado diferente que va a tener si se circunscribe a tratar de paliar la crisis de la construcción naval financiando grandes exportaciones de buques a países subdesarrollados o si da impulso a nuevas líneas de competitividad española en exportaciones de bienes de equipo o plantas completas que agrupen a una pluralidad de empresas oferentes españolas que pueden ser, además, de dimensión mediana o pequeña.

Por esta razón la reglamentación de la actividad financiera del Fondo deberá dejar sentado, desde el primer día, quién va a beneficiarse de él y cuáles deberán ser los baremos de apreciación que aplicará la Comisión Interministerial que deberá examinar las propuestas concretas del Ministerio de Comercio en relación a su aplicación.

Las empresas pequeñas, en un país como el nuestro en que todavía no existe una conciencia de solidaridad internacional hacia los países atrasados -causa justificativa de los fondos similares creados por otros países del Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE-, temen que sólo sean las grandes las que se beneficien de las grandes operaciones amparadas por los recursos del Fondo de Ayuda al Desarrollo y es el Gobierno a quien corresponde velar para que tal temor no se confirme.

Sería una lástima que por una vez que se inicia lo que puede llegar ser embrión de una política española de ayuda al desarrollo se partiera de unas bases que decepcionaran a nuestros pequeños medianos exportadores.

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