El Supremo anula la exclusión de los toros del Bono Cultural Joven
El tribunal alega que no hubo justificación suficiente para apartar a la tauromaquia de la lista de actividades en las que los ciudadanos que cumplen 18 años pueden gastar la ayuda de 400 euros del Gobierno
El Tribunal Supremo ha anulado por falta de justificación la exclusión de los espectáculos taurinos del ámbito de aplicación del Bono Cultural Joven. El fallo, dado a conocer este martes, considera que la tauromaquia tiene reconocidas por ley “sus dimensiones cultural, histórica y artística” y que el real decreto que puso en marcha el proyecto, el 22 de marzo de 2022, no da razones válidas para eliminarla de la lista de actividades en las que se puede invertir el dinero del programa. La primera edición del bono, destinada a los ciudadanos que cumplieran la mayoría de edad en 2022, otorga a cada beneficiario 400 euros para gastar en obras y actividades artísticas. El Ministerio de Cultura y Deporte, impulsor de la iniciativa, decidió excluir explícitamente los espectáculos taurinos, junto con otras actividades, pero la Fundación Toro de Lidia recurrió. Y ahora el Supremo le da la razón, “sin que sea necesario hacer ulteriores pronunciamientos”. Y, además, condena a la Administración a pagar las costas.
El fallo se refiere a la edición 2022 del bono, que precisamente se encuentra en la fase en que los jóvenes pueden gastar el dinero recibido. Pero es presumible que afecte también al futuro, ya que el Gobierno manifestó la intención de convertir la iniciativa en anual: hace pocos días Cultura puso en marcha el proyecto para 2023, volviendo a excluir a los toros con las mismas argumentaciones que ahora el Supremo desmonta. Las incógnitas afectan tanto a las consecuencias del fallo para la iniciativa todavía activa de 2022, como a la posible reacción del ministerio. Ya que no cabe recurso, las opciones en manos de Cultura parecen reducirse a incluir la tauromaquia en el bono o intentar justificar su exclusión de una forma mucho más sólida. Fuentes de Cultura aseguraron a este diario que se encontraban “estudiando” la sentencia.
En concreto, el fallo anula la expresión “y taurinos” del artículo 8.2 del decreto, que regula las excepciones en la utilización del bono. La lista incluye espectáculos deportivos, junto a la adquisición de productos de papelería, libros de texto curriculares (impresos o digitales); equipos, software, hardware y consumibles de informática y electrónica, material artístico, instrumentos musicales, moda y gastronomía, como repasa un comunicado del propio Supremo. “La sentencia establece que no se puede justificar la exclusión como se pretendió por la supuesta equiparación con otras actividades también excluidas, por el especial reconocimiento legal que tiene la tauromaquia en sus dimensiones cultural, histórica y artística”, resume la Fundación Toro de Lidia en una nota emitida tras la difusión de la sentencia.
El tribunal argumenta que no le compete resolver si la tauromaquia y los espectáculos taurinos son manifestaciones culturales porque la propia ley (18/2013) los considera patrimonio cultural. Además, recuerda que el Constitucional también ha “dejado clara esa misma naturaleza cultural de los espectáculos taurinos”. Y agrega que en el fondo, el propio ministerio, al excluir expresamente a los toros con una excepción ad hoc en el real decreto, estaba reconociendo que sí entran en la lista de actividades culturales.
Frente a todo esto, el Supremo no encuentra argumentos sólidos por parte de Cultura para defender su elección: ni el hecho de que la tauromaquia se fomente a través de otros mecanismos, como el Premio Nacional o subvenciones a la fundación recurrente; ni la libertad de cada Administración de elegir qué sectores impulsar y cómo. “Esas explicaciones genéricas son insuficientes cuando median disposiciones legales específicas que imponen a los poderes públicos la obligación de actuar positivamente en un determinado ámbito, tal como sucede con el de la Tauromaquia”, escribe el tribunal en su comunicado. Y considera además que todas esas iniciativas son “puntuales”, mientras que el bono cultural “tiene una proyección de carácter general” y se dirige a las nuevas generaciones, es decir, al futuro, “perspectiva que es fundamental cuando de la conservación y promoción del patrimonio cultural se trata”. De ahí que el Supremo sentencie que hubieran hecho falta justificaciones de otro calado y fortaleza para sostener la exclusión.
Fallos burocráticos
El revés judicial se suma a la serie de obstáculos que han dificultado una iniciativa aplaudida a menudo por su intención, pero criticada por su desarrollo. Cientos de jóvenes lamentaron durante meses en las redes sociales las complicaciones y los fallos burocráticos que les impedían solicitar el bono —una tarjeta de prepago que emite Correos y que el beneficiario puede tener de forma virtual en su móvil o de forma física— a la Administración pública. El ministerio terminó simplificando la tramitación y prolongando dos semanas el plazo máximo de inscripción, hasta el pasado 31 de octubre. Finalmente, lo recibieron 281.557 jóvenes, lo que supone el 57,8% de las personas nacidas en 2004 (cerca de 488.000). Y de los 210 millones incluidos inicialmente en los Presupuestos Generales del Estado, el gasto previsto pasó, por tanto, a 112 millones.
Por comparar, la primera edición del bono cultural en Italia, uno de los países europeos pioneros en la iniciativa, en 2017 y con 500 euros, alcanzó el 61% de los beneficiarios potenciales. La adhesión, sin embargo, fue subiendo hasta el 81,1% de quienes podían solicitarlo, en 2021. Aunque el actual Gobierno, presidido por la líder de extrema derecha Giorgia Meloni, se plantea suprimir o modificar el programa. Francia también cuenta con un proyecto parecido (pass culture) lanzado en mayo de 2021 para los que acababan de cumplir 18 años. En enero de 2022, el Gobierno de Emmanuel Macron lo extendió a los estudiantes de entre 15 y 16.
En España, una vez comenzada la fase de gasto —dividido en 100 euros para productos físicos, como libros, prensa o discos; 100 euros para productos digitales, como prensa digital, podcast, videojuegos en línea; y 200 para actividades presenciales: teatro, ópera, cine, danza y museos—, algunas empresas también denunciaron dificultades para registrarse como posible destino del Bono Cultural Joven. Y hace apenas unos días, en una carta a este periódico, Raúl Borreguero Zamora, beneficiario de la iniciativa, lamentaba su odisea sin respuesta: “Llevo meses intentando pagar algún producto con el bono cultural joven y no lo consigo. [...] Por una mala gestión, no podemos aprovechar esta buena iniciativa del Gobierno”.
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