El juez procesa al expresidente de Emarsa por ocultar 12 millones de la Lotería
El magistrado cree que Crespo ocultó el dinero con ayuda de sus padres y de su hermano El objetivo del también exalcalde de Manises habría sido evitar que le fueran embargados
El juez ha procesado este jueves al expresidente de la empresa pública Emarsa Enrique Crespo, a su hermano y a sus padres por un supuesto delito de alzamiento de bienes: ocultar 12,3 millones de euros ganados en la Lotería para evitar que le fueran embargados dentro de la fianza por responsabilidad civil que el magistrado le impuso como aparente cabecilla de la trama que saqueó la sociedad que gestionaba la depuradora de Valencia hasta llevarla a la quiebra.
En diciembre de 2011 el segundo premio de la Lotería de Navidad recayó en el 53.404, el número que jugaba el PP de Manises presidido por Crespo, que era el alcalde de la población. Requerido por el juez, Crepo afirmó que solo le había tocado un décimo. Sus familiares directos ingresaron, sin embargo, otras 99 papeletas premiadas en oficinas bancarias en las semanas siguientes. El magistrado sospecha que estas eran en realidad de Crespo, que fue también vicepresidente de la Diputación de Valencia.
Además de las declaraciones que realizaron entonces otros dirigentes populares, dando a entender que Crespo había ganado mucho dinero con el número 53.404, el juez Vicente Ríos cuenta con otro indicio: la declaración del interventor municipal que aseguró haber escuchado al entonces alcalde de Manises alardear en una reunión de que tenía un centenar de décimos premiados.
Crespo había solicitado al juez que dedujera testimonio, para iniciar un procedimiento penal, contra el interventor de Manises, petición que el magistrado ha rechazado.
El juez ya dejó a Crespo, a otros muchos directivos de Emarsa y a dos excargos de la Generalitat al borde del banquillo por las corruptelas que terminaron con la liquidación de la sociedad pública. Ahora da por concluida también la instrucción de la pieza separada sobre la Lotería y da 10 días a las partes para que soliciten la apertura de juicio, formulen los escritos de acusación o pidan el sobreseimiento.
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