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La jueza explica por qué paró la eutanasia a una mujer de Barcelona: “No concurre un padecimiento grave, crónico e imposibilitante”

La decisión judicial choca con la resolución del comité que evaluó el caso de la joven de 23 años, en un caso sin precedentes

La Ciutat de la Justìcia de Barcelona, donde está el juzgado que ha paralizado la eutanasia de una mujer de 23 años.
La Ciutat de la Justìcia de Barcelona, donde está el juzgado que ha paralizado la eutanasia de una mujer de 23 años.EL PAÍS
Pablo Linde

La juez de que tiene paralizada la eutanasia de una mujer de 23 años en Barcelona considera que no concurre un “padecimiento grave, crónico e imposibilitante” para aplicar la prestación. Así justifica su decisión de mantener la suspensión cautelar en un auto al que ha tenido acceso EL PAÍS y que reconoce que la joven ha sentido la “incomprensión de su familia”. “Me siento sola y vacía, toda esta situación me genera mucho sufrimiento”, recoge su expediente.

En el auto de lo Contencioso Administrativo número 12 de Barcelona considera que no se dan las previsiones de la ley de muerte digna para aplicarla a esta mujer, que iba a recibirla el 2 de agosto, después de años de problemas mentales y de un intento de suicidio en 2022 que la dejó paralítica. Cuatro días antes de esa fecha, su padre, a través de la Asociación Abogados Cristianos, pidió medidas cautelarísimas para paralizar el proceso, alegando que la hija “no está en pleno uso de sus facultades” y que sufre “ideas paranoides” que podrían “afectar a su capacidad para tomar una decisión libre y consciente de la eutanasia”. La juez admitió esta petición un día antes de la eutanasia.

No es la primera vez que un juzgado paraliza cautelarmente la aplicación de esta prestación en los tres años que la ley lleva en vigor en España, pero sí sería inédito que finalmente se dé marcha atrás a un proceso aprobado por todas las instancias que intervienen en la prestación de la ayuda a morir. Ahora el caso está en manos del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Los abogados del padre de la mujer esperan una resolución para los próximos días, pero podría también demorarse semanas o meses.

La juez del caso cuestiona que las enfermedades que padece la afectada sean incapacitantes a la vez que irreversibles, tal y como prevé la norma: “En suma no considero que concurra un padecimiento grave, crónico e imposibilitante que, como nos describe la Ley, es la situación que hace referencia a limitaciones que inciden directamente sobre la autonomía física y actividades de la vida diaria, de manera que no permite valerse por sí mismo, así como sobre la capacidad de expresión y relación, y que llevan asociado un sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable para quien lo padece, existiendo seguridad o gran probabilidad de que tales limitaciones vayan a persistir en el tiempo sin posibilidad de curación o mejoría apreciable”.

Es una conclusión radicalmente opuesta al del comité evaluador, mencionado en el auto judicial, que expone que el sufrimiento de la mujer es “grave, crónico e imposibilitante”, y que se trata de una “enfermedad grave e incurable y paraplejia completa”. Añade que las características de la lesión medular y el tiempo trascurrido desde que se produjo haga que esta situación funcional se pueda considerar “como permanente e irreversible”.

“Respecto a los deseos de la paciente, tiene una patología psiquiátrica de base que ha sido valorada por un equipo cualificado que ha determinado que es capaz de tomar decisiones sobre su vida; este sufrimiento se encuentra agravado por las secuelas de la lesión medular que se considera crónica permanente e irreversible sin alternativas terapéuticas al día de hoy”, continúa el expediente de los expertos.

Para tomar esta resolución, primero hubo un examen y visto bueno de un médico de confianza de la afectada, luego de otro que no está en el equipo que la trata y, finalmente, el de este comité, formado por juristas y sanitarios especialistas en bioética, en un proceso que fuentes de este ámbito califican como “muy garantista”. “No se aprueban eutanasias si no están muy claras y documentadas”, añaden.

El padre, sin embargo, aportó vídeos de la mujer afectada “caminando con muletas” después de la lesión, lo que “genera dudas” a la magistrada. “En cuanto a su patología psíquica no entiendo que pueda ser irreversible”, continúa el escrito, ya que ha provocado “situaciones cambiantes respecto a su deseo de morir”. Menciona aquí un episodio de supuesto arrepentimiento [los padres argumentan que hay una carta de su puño y letra pidiendo un aplazamiento de seis meses], pero admite que la joven argumentó que “fueron terceras personas que aprovecharon su estado de somnolencia para hacerle firmar tal deseo”.

Todas estas circunstancias han llevado a la juez a mantener la suspensión, algo que comunicó Abogados Cristianos el pasado miércoles tras la vista. Lo contrario [aplicar la eutanasia] sería “irreversible”, defiende la magistrada, que también apunta que la afectada no compareció ante el juzgado a pesar de ser emplazada para ello, lo que dejó “un absoluto silencio que no se repara con la documentación aportada junto con el expediente administrativo sobre su situación psicofísica”.

Las explicaciones de la decisión han causado estupefacción a Cristina Vallés, de la asociación Derecho a Morir Dignamente, que considera “muy sorprendente” que una juez dude del criterio de varios médicos y un comité que han tenido que examinar el caso pormenorizadamente. “Para saber si el sufrimiento de esta persona es o grave o reversible se ha de tener unos conocimientos médicos, unas garantías...”, reflexiona.

Vallés se pregunta para qué tiene que pasar un enfermo por tantos trámites, “tan garantistas” si puede llegar un juez y paralizar todo el proceso que había sido avalado antes, y considera que si el TSJC se pronuncia en contra de este proceso se sentaría un grave precedente contra una norma “que ha costado mucho sacar adelante”. “Parece que no nos acordemos del sufrimiento que ha habido para conseguir esta ley. Ha habido muchos testimonios de personas que se han acabado suicidando de malas maneras porque no tenían otra forma de acabar con su sufrimiento. Sabiendo que es la propia persona la que puede pedirlo, la que puede solicitar su aplazamiento, el final del proceso, no habría sido necesario nada de todo lo que estamos viendo”, concluye.

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Sobre la firma

Pablo Linde
Escribe en EL PAÍS desde 2007 y está especializado en temas sanitarios y de salud. Ha cubierto la pandemia del coronavirus, escrito dos libros y ganado algunos premios en su área. Antes se dedicó varios años al periodismo local en Andalucía.
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