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Un juzgado condena a la Generalitat Valenciana por postergar la vacunación de los médicos de la sanidad privada

La sentencia señala que la Consejería de Sanidad cometió una “vulneración flagrante del principio de igualdad” al discriminar al personal sanitario al inicio del plan de vacunación

Vacunación de una sanitaria en el centro de salud de Catarroja, Valencia, en enero de 2021.
Vacunación de una sanitaria en el centro de salud de Catarroja, Valencia, en enero de 2021.Mònica Torres
Rafa Burgos

Segunda condena en menos de una semana contra la Consejería de Sanidad de la Generalitat Valenciana. En esta ocasión, por no vacunar al personal de la sanidad privada al mismo tiempo que al de la pública, según una sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante. El fallo considera “inadmisible” que el gabinete autonómico recibiera en febrero de 2021 “182.690 dosis de vacuna y ni una sola fuera a parar a sanitarios del ámbito privado”, que fueron “pura y simplemente ignorados por la administración pública”, en lo que define como “una vulneración flagrante del principio de igualdad”. La condena obliga a Sanidad a indemnizar con 10.000 euros al Colegio Oficial de Médicos de Alicante (COMA), que interpuso la demanda.

El texto judicial, facilitado por el COMA, es contundente en su argumentación. Señala que las estrategias de vacunación diseñadas a partir de enero de 2021 tanto por el Gobierno central como por las Comunidades Autónomas, en ningún momento “distinguían entre personal sanitario público y privado”. Los acuerdos de aplicación en toda la Comunidad Valenciana, prosigue, establecían que “todo el personal sanitario que estuviera en primera línea de batalla contra el virus tenía absoluta prioridad” a la hora de ser inoculado.

El fallo judicial sostiene que el orden de vacunación “fijado por el Ministerio de Sanidad y asumido como propio por la Generalitat Valenciana” era “de una lógica aplastante”. Primero, detalla, se encontraba el personal de las residencias de ancianos. E, inmediatamente después, “el personal sanitario que estuviera en primera línea”, empezando por “los médicos de urgencias” y siguiendo por “todos aquellos que recibieran pacientes” que podían haberse infectado por el virus. Sin embargo, a juicio de los magistrados, el gabinete que preside la consejera Ana Barceló “ignoró” al sector privado. Valiéndose de un símil castrense, la sentencia señala que “es como si los oficiales abandonasen a los soldados” en el frente de batalla.

Esta decisión supuso “una vulneración flagrante del principio de igualdad”, ampliable a otros derechos como “el de la salud” o incluso “el derecho a la vida”, subraya el tribunal. Retrasar la vacunación del sector sanitario privado no fue más que “una discriminación en razón de dependencia del lugar de trabajo”, zanja el fallo judicial. “La responsable de esta vulneración es la Generalitat Valenciana con su “inactividad consistente en no vacunarles”, pese a que ninguno de los protocolos preventivos y sanitarios dictados en aquel momento así lo indicara. Por ese motivo, el juzgado alicantino condena a la administración autonómica a indemnizar con 10.000 euros al COMA, en concepto de daños morales.

Esta es la segunda condena que recibe el gobierno valenciano por su gestión de la pandemia, después de que el pasado 7 de enero, otro juzgado alicantino, fallara que Sanidad debe indemnizar a los sanitarios por no haberles dado suficientes medios de protección durante la primera ola de la pandemia, tras una denuncia del sindicato médico CEMS. El fallo, el primero de España en imponer compensaciones económicas para el personal afectado, estipulaba que las cuantías debían ir desde los 5.000 euros para los trabajadores que fueron forzados a trabajar sin la protección adecuada hasta los 49.180 euros para quienes precisaron ingreso hospitalario tras infectarse de covid.

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