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El juez que condenó a Juana Rivas ordena su ingreso en prisión sin atender su petición de indulto

La mujer granadina está condenada a dos años y medio de cárcel y al pago de 12.000 euros por dos delitos de sustracción de menores

Juana Rivas, en los juzgados de Granada en 2018.
Juana Rivas, en los juzgados de Granada en 2018. Fermín Rodríguez
Javier Arroyo

El juez Manuel Piñar, titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Granada, que en julio de 2018 condenó a Juana Rivas a cinco años de cárcel por dos delitos de sustracción de menores, ha ordenado la detención y el ingreso en prisión de la mujer, según ha confirmado este jueves su abogado, Carlos Arangüez. La pena original, no obstante, fue reducida a dos años y medio de prisión por el Tribunal Supremo hace un mes, el 26 de abril.

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Pocos días después de la sentencia del Supremo, el abogado de Rivas presentó la petición de indulto ante el Gobierno por entender, según explicó entonces en un comunicado, que se cumplían todos los requisitos para que se le otorgara esa medida de gracia. Arangüez consideraba entonces bastante probable que el juez tuviera en cuenta esa petición para paralizar la ejecución de condena modificada por el Supremo. No ha sido así.

El letrado considera que la decisión del tribunal de ordenar el ingreso en prisión en este momento, cuando el Ejecutivo aún no ha resuelto nada, es “muy injusta”. Y ha indicado que “hoy mismo [por este jueves]” presentará “un recurso contra el auto que acuerda el inmediato ingreso en prisión, solicitando que se deje sin efecto en tanto se resuelva el mencionado indulto”. La condena completa de Rivas incluye dos años y medio de prisión por un único delito de sustracción de menores, seis años de pérdida de la patria potestad sobre sus dos hijos menores de edad y el pago de una indemnización a su expareja, Francesco Arcuri, de 12.000 euros.

En vídeo, el abogado de Juana Rivas, Carlos Aránguez, denuncia que "una parte" de la justicia penal no escucha a su clienta. Vídeo: EFE

El auto del juez Manuel Piñar no hace referencia a la petición de indulto directamente, pero hace varias menciones, en los apenas dos folios que tiene, a la necesidad de ejecutar la sentencia “adoptando sin dilación las medidas necesarias para que el condenado ingrese en el establecimiento penal”. Antes, el juez reconoce que la sentencia es firme, que no admite recurso y que al ser superior a dos años no procede la suspensión. Por todo ello, Piñar insta a las fuerzas policiales a que antes de 15 días presenten a Juana Rivas en su juzgado o en el de guardia para que se le notifique en persona el auto de ingreso en prisión y, a continuación, sea trasladada a un centro penitenciario. Igualmente, requiere a Rivas el pago de los 12.000 euros “con apercibimiento de proceder a la vía de apremio en caso de impago”. El juez, en esa línea, también da por definitiva la pérdida de la patria potestad e indica que el Registro Civil debe ya anotar para que sea efectiva esa privación de derechos para los próximos seis años. Enrique Zambrano, abogado de Francesco Arcuri, ha indicado a este diario que el auto de ejecución de sentencia “es lo esperado, no cabía otra porque la petición de indulto no obliga al juez a paralizar nada y, además, ninguno de los recursos que pongan los abogados de Rivas son tampoco suspensivos”.

La ministra de Igualdad, Irene Montero, ha exigido este jueves ”justicia feminista” para Rivas y ha asegurado que trabajará para que sea así. “Las mujeres que defienden sus derechos y los de sus hijos e hijas frente a la violencia machista necesitan saber que estamos con ellas’, ha escrito la ministra en su cuenta en la red social Twitter. El Ministerio de Justicia ya ha comenzado a tramitar el indulto solicitado por Rivas, según informa Efe.

La última fase del caso Juana Rivas se inició en el verano de 2017, aunque los problemas judiciales empiezan en 2009, cuando Francesco Arcuri, su marido, fue condenado en España por un delito de violencia de género a tres meses de prisión y alejamiento de 200 metros de Juana Rivas durante 15 meses. Desde entonces, según el abogado de Arcuri, Rivas ha interpuesto tres denuncias más por violencia de género en España sin que ninguna haya terminado en ninguna otra condena para la ex pareja de Arcuri. Tras la condena de 2009, la pareja se distanció unos años hasta que en 2013 volvieron a encontrarse y nació el segundo de los hijos. La familia vivía en Italia hasta que, en mayo de 2016, Rivas volvió a España con sus hijos. Denunció de nuevo a Arcuri por violencia de género y no le retornó a sus hijos, lo que provocó numerosas denuncias de este contra ella. El 26 de julio de 2017, Rivas debía entregar por orden judicial a sus hijos, dos niños que ahora tienen 15 y 8 años. Esta era la tercera vez que un tribunal le pedía a Rivas que se los diera al padre, en un auto que conminaba a las fuerzas del orden a asegurarse de que ella los entregaba. La madre desapareció con ellos hasta que, un mes después, los retornó al padre voluntariamente en una comisaría. Todo ello fue valorado por el juez Piñar como dos delitos de sustracción de menores que posteriormente el Supremo rebajó a uno, al entender que lo ocurrido era en realidad un único delito contra el derecho del padre de tener a sus hijos.

Los niños y el padre viven en Carloforte (Cerdeña, Italia) desde septiembre de 2017. La guardia y custodia recae en Arcuri por sentencia de un tribunal italiano que estableció un régimen de visitas que ha permitido a los niños viajar a España a pasar las vacaciones estivales y de Navidad con su madre y también a esta visitar a sus hijos en Italia. Estas visitas estuvieron en los primeros meses jalonadas de diferentes denuncias de la madre contra el padre por presunto maltrato a los niños, alrededor de 15 según el abogado de Arcuri. Los tribunales italianos no atendieron ninguna de ellas al no darle credibilidad.

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