El Poder Judicial estudia cómo extender los juzgados de violencia de género
31 ciudades no tienen salas específicas para delitos contra las mujeres. El gobierno de los jueces arranca ahora la ampliación prevista en el Pacto de Estado desde 2017
Más de la mitad de las capitales españolas (31) no disponen de juzgados de lo penal especializados en violencia contra la mujer. El Pacto de Estado contra la Violencia de Género, aprobado en 2017, incluye entre sus más de 200 medidas reforzar la especialización de esos juzgados para tratar una urgencia social que suma ya más de 1.000 asesinatos de mujeres por sus parejas o exparejas desde 2003. La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha pedido, dos años después de que se aprobara el Pacto de Estado, un informe para determinar "en función de la carga de trabajo" cuántos juzgados de lo penal más deberían asumir en cada capital estas competencias, según una nota del Consejo.
La presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, Ángeles Carmona, propuso la elaboración de este informe que acaba de ser aprobado. La Ley Orgánica del Poder Judicial atribuye al órgano de gobierno de los jueces la competencia para hacer ese trabajo que permita conocer las cargas laborales y decidir también a qué juzgados se podrían trasladar los asuntos de delitos sexuales.Que sean especialistas quienes juzguen las agresiones sexuales es un cambio que han pedido las principales autoridades judiciales sobre violencia de género, incluida la propia Carmona, tras las sonadas discrepancias entre las distintas instancias judiciales en el caso de La Manada, que en una primera sentencia fue considerado un abuso sexual hasta que el Supremo acordó tres años después que era una agresión, que la joven fue violada en grupo por cinco hombres en un ambiente claramente intimidatorio.
La exdelegada del Gobierno para la Violencia de Género, Pilar Llop, reclamaba respecto a la posible asunción de esos delitos en los juzgaods especializados que hace falta "una reordenación de toda la planta judicial, previo estudio de las cargas de trabajo, para tener juzgados exclusivos en todas las localidades donde sea factible”. La recopilación de esos datos corresponde, entre otros, al CGPJ.
La Ley Orgánica del Poder Judicial recoge la necesidad de especializar uno o varios juzgados de lo penal en cada provincia y que se debe revisar el trabajo de las salas "para responder a las necesidades de implantación de juzgados de lo penal especializados en violencia sobre la mujer, bien de manera exclusiva en aquellas localidades en las que lo exija el volumen de asuntos, o bien de manera compatible con otras materias", según la nota.
En 2018, los juzgados de lo penal enjuiciaron a 29.636 personas por delitos relacionados con la violencia machista de las que el 56,6% (16.787) resultaron condenadas. En ese mismo ejercicio, estos órganos judiciales dictaron un total de 29.028 sentencias (con un 57,1% condenatorias, 16.586). En el primer trimestre de 2019, el número de personas enjuiciadas ascendió a 8.186 y el de condenadas a 4.657 (56,8%). Se dictaron 8.330, de las que 4.620 (55,46%) fueron condenatorias.
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