El Constitucional anula la ley catalana que regula las asociaciones de consumidores de cannabis
El tribunal considera que la normativa invade las competencias del Estado y puede amparar actividades ilegales
El pleno del Tribunal Constitucional ha decidido anular por unanimidad la Ley catalana que regula las Asociaciones de Consumidores de Cannabis, según consta en una sentencia fechada el pasado 19 de septiembre. Los magistrados han considerado que esa normativa invade las competencias del Estado, después de que el Gobierno de Mariano Rajoy la recurriese el pasado octubre, alegando también que daba amparo legal a actividades tipificadas como delito en el Código Penal.
El tribunal subraya que, aunque el cannabis contiene elementos o principios activos susceptibles de aplicación terapéutica, no puede considerarse un fármaco o medicamento en "sentido estricto". "Sino una sustancia calificada como estupefaciente, lo que significa que es una competencia en materia penal reservada al Estado, según el artículo 149.1.6 de la Constitución", destaca la resolución.
En ese sentido, el Constitucional incide en que la ley catalana "reconoce a los clubes funciones de acopio o adquisición y ulterior distribución" de cannabis, además de definirlos como un"espacio de ámbito privado que reúne las condiciones idóneas para el consumo". De ahí que, al considerar esta sustancia una droga, las autonomías no puedan legislar sobre este tipo de centros. Una idea que los magistrados ya recalcaron cuando declararon inconstitucional una ley similar aprobada en Navarra. La "disciplina normativa reserva al Estado" la legislación sobre "consumo, abastecimiento y dispensación" de esta sustancia, destaca el tribunal.
En junio de 2017, el Parlament catalán dio luz verde a la ley que regulaba las asociaciones de consumidores de cannabis, que pretendía crear un régimen jurídico para estas organizaciones y dar un marco jurídico a sus actividades, además de establecer los derechos y deberes de los asociados. La ley, surgida de una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) apenas estuvo en vigor unas semanas, ya que su aplicación quedó en suspenso tras el recurso del Gobierno de Rajoy.
La sentencia del Constitucional devuelve a los clubes cannábicos a una especie de alegalidad. El deseo de poner fin a esta situación, y tener un mayor control público sobre el consumo de esta sustancia, era precisamente uno de los principales argumentos esgrimidos por la Generalitat para aprobar la norma. En el momento de su aprobación, en Cataluña existían más de 400 asociaciones. Incluso con la ley en vigor, los vericuetos legales que rodean al cannabis no habrían terminado, ya que los responsables de los clubes podían consumirla y distribuirla entre sus socios, pero podían ser detenidos si eran sorprendidos cultivando o transportando marihuana.
En el fondo del debate subyacen los difuminados límites que entorno a la marihuana rodea la aplicación del código penal en relación a derechos constitucionales como el de la intimidad y el de asociación. El primero de ellos ampara a cualquier persona a hacer lo que desee si lo hace en un espacio privado. El segundo, a asociarse para llevar cualquier actividad si esta no vulnera la ley.
La historia de la Asociación Barcelonesa Cannábica de Autoconsumo, la primera en registrarse en Cataluña, ilustra bien la controversia. En febrero de 2010, la entidad presentó su solicitud al Registro de Asociaciones del Departamento de Justicia de la Generalitat. Ante las dudas que despertó la petición, esta Consejería solicitó un informe a la de Interior, responsable de los Mossos d'Esquadra. Interior respondió que la asociación no podía registrarse porque su fin —el cultivo y distribución de marihuana— está penado por el código penal.
Meses más tarde, sin embargo, otro informe de la Fiscalía tumbó al de Interior. El ministerio público sostuvo que el derecho de asociación prevalece y que no puede vetarsepreventivamentea una asociación si su actividad (autoconsumo...) no está penada. En todo caso, la Fiscalía instaba a los Mossos a intervenir si observaban consideraban que la forma de cultivar, distribuir o consumir la droga entraban en el ámbito delictivo.
La Asociación fue finalmente aceptada por el Registro de Asociaciones en noviembre de 2010. Solo tres meses más tarde, los Mossos entraban en la sede de la entidad y detenían a cuatro personas por tráfico de drogas. Los golpes policiales contra este otros clubes cannábicos se han ido sucediendo en Cataluña en los últimos años.
Con este precedentes, el limbo legal en el que viven los clubes cannábicos —que por otra parte pagan sus impuestos a Hacienda como cualquier otra actividad económica, lo que les ha permitido ganar en los tribunales algún caso en su contra— no terminará hasta que el Gobierno central entre a legislar sobre la materia, según todas las fuentes consultadas. Las Cortes Valencianas —con el apoyo de PSOE, Ciudadanos, Podemos y Compromís— aprobaron el pasado mes de junio una proposición no de ley en este sentido.
La Generalitat de Cataluña no ha hecho pública por ahora su posición ante la sentencia del Tribunal Constitucional.
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