El PSOE recurre la Ley de Costas al Constitucional
El recurso defiende que la zona marítimo-terrestre, las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental son bienes de dominio público estatal
El partido socialista ha recurrido este viernes ante el Tribunal Constitucional 18 preceptos de la nueva Ley de Protección y Uso Sostenible del Litoral, que modifica la Ley de Costas de 1998, por entender que la norma vulnera la protección que la Ley Fundamental da a los ecosistemas costeros. Según el borrador del recurso el PSOE sostiene que la norma vulnera el artículo 132.2 de la Constitución, según el cual los bienes de dominio público estatal están definidos por la ley pero, "en todo caso", deben incluirse "la zona marítimo-terrestre, las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental".
Pero además, los socialistas creen que la ley va en contra del artículo 45 de la Constitución, según el cual "todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo" y los poderes públicos están obligados a hacer un uso "racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente".
El recurso se basa también en los artículos de la Constitución 9.3 —seguridad jurídica e irretroactividad de las normas— y 14 —igualdad de todos los españoles—. Además, tiene en cuenta una sentencia previa del Tribunal Constitucional, la 149/1991, que para el PSOE es "capital" porque estableció que el régimen jurídico costero está sujeto a condiciones que impone la Carta Magna de forma explícita o implícita. No entra, en cambio, en los aspectos de competencia entre administraciones.
El PSOE estima que la norma reduce la protección de la zona marítimo–terrestre y cree que es inconstitucional excluir de la zona de dominio público los terrenos inundados artificialmente, porque cree que la doctrina constitucional incluye en esta zona los terrenos inundados, de manera natural o artificial. También impugna el precepto de la ley que limita la protección de las dunas, porque sólo se considerarán como parte del dominio público "hasta el límite que resulte necesario para garantizar la estabilidad de la playa y la defensa de la costa".
Por otro lado, avisa de que la nueva norma da un elevado nivel de protección a los tramos "naturales" de las playas, pero no a los "tramos urbanos", donde sólo velaría por un "uso común" que permita una "adecuada prestación de los servicios". El PSOE recurre también lo que considera una reducción de la servidumbre de protección en las rías.
El PSOE considera inconstitucional que pretenda determinarse la zona de dominio público mediante reglamentos, porque la Carta Magna dice que esta materia debe regularse por ley. Además, sostiene que la zona marítimo-terrestre no puede definirse conforme a la "libre voluntad del legislador", sino que depende "hechos físicos" que se definen con el "conocimiento científico".
Para los socialistas, la norma peca de arbitrariedad en su decisión de prorrogar 75 años las concesiones --para viviendas o actividades económicas-- en la zona de dominio público, así como en el deslinde de la isla de Formentera.
Concesiones de 75 años, "arbitrarias"
El PSOE cree que prorrogar 75 años las concesiones para actividades empresariales —entre los que estarían los chiringuitos—, choca con las directivas europeas que obligan a que las concesiones no limiten la libre competencia más allá del tiempo necesario para garantizar las inversiones. Para los socialistas, la decisión se ha tomado sin valorar su oportunidad y solo beneficia a los concesionarios en "detrimento" del interés general, porque el erario público podría obtener más beneficios si, en los sitios que se consideren aptos para albergar negocios, se convocan nuevos concursos al término del plazo actual de concesión.
EL recurso sostiene que la intención de la ley de beneficiar a los concesionarios de estos negocios queda bien clara cuando se compara con la prórroga que se da a los puertos deportivos, que es sólo de 35 años cuando "la cuantía de la inversión para ejecutar una obra portuaria supera con creces" la de otro tipo de inversiones.
En conjunto, el recurso afecta a 10 aspectos del artículo 1 de la ley (tres puntos del apartado 2 y los apartados 3, 10, 11, 12, 39, 40 y 41), el artículo 2, las disposiciones adicionales Segunda, Cuarta (apartado 1), Quinta, Sexta, Séptima y anexo, Novena y la Disposición Transitoria Primera.
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