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Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Más beneficios que riesgos

Federico de Montalvo

Las vacunas constituyen uno de los mayores éxitos de la medicina. Grandes epidemias que asolaban a la humanidad un siglo atrás han quedado ya en el olvido. Cierto es que, como cualquier tratamiento médico, no están exentas de riesgos, aunque pocos se atreverían a negar que sus beneficios son muy superiores. Sin embargo, las vacunas, paradójicamente, siguen, aún en el siglo XXI, generando controversias y conflictos. En concreto, destacan dos: la negativa de los padres a vacunar a sus hijos menores de edad (véase, el caso del brote de sarampión ocurrido en Granada a finales de 2010) y la negativa de algunos profesionales sanitarios a ser vacunados.

Si bien las tasas de vacunación en la infancia alcanzan en nuestro país porcentajes próximos al 100%, por el contrario, las de vacunación de los profesionales sanitarios siguen siendo inferiores. Ello plantea necesariamente una duda: ¿por qué es precisamente el colectivo de los profesionales sanitarios los que siguen todavía rechazando las vacunas? ¿Se podría obligarles por ley a la vacunación?

El problema es que nuestro sistema jurídico no recoge ninguna norma que permita vacunar obligatoriamente a colectivos profesionales o, incluso, a los ciudadanos fuera de los supuestos de epidemia. Y aquí radica el contrasentido porque, si solamente se permite una campaña de vacunación obligatoria en caso de epidemia, ¿cómo van a evitarse, pues, las epidemias? Será ya tarde cuando nuestro sistema jurídico permita responder a dicha necesidad. La vacunación es considerada en nuestro país como un acto de intromisión en la integridad del individuo, que está protegida por la Constitución, por lo que su regulación solo se podría realizar mediante una ley orgánica.

Además, con la reciente Ley General de Salud Pública de 2011 se ha perdido una gran oportunidad de regular dicha cuestión. No se trata, obviamente, de recoger una norma que establezca de manera indiscriminada la vacunación obligatoria, sino tan solo de construir un sistema jurídico que permita diferentes medidas, que irían desde la educación y promoción, hasta incentivar y, en supuestos singulares pese a que no concurra el requisito de la epidemia, vacunar obligatoriamente. Así se ha establecido en muchos países de nuestro entorno y puede que aquí se haga, cuando una mala experiencia nos lo exija, aunque ya será tarde.

Puede que, de alguna manera, la negativa de los médicos a vacunarse obedezca a su proximidad a la enfermedad y, por tanto, a los aciertos y errores de su especialidad, que les hacen singularmente aprehensivos. Sea cual sea el motivo, lo cierto es que no solo están poniendo en riesgo la salud de sus pacientes sino que también están “tirando piedras contra su tejado” y dando voz a aquellos colectivos que ponen en duda las bondades de las vacunas y, peor aún, a ciertos movimientos que, por diferentes intereses, promueven una medicina o terapias muy alejadas de la tradicional.

En todo caso, las dudas y conflictos que siguen apareciendo en torno a las vacunas quizás responden a su propio éxito. El olvido de las antiguas epidemias puede que sea el que esté jugando precisamente una mala pasada a las vacunas. Sin embargo, ello no debe hacer olvidar a los profesionales sanitarios cuál es su principal deber ético y legal, que no es otro que luchar por la mejor salud de sus pacientes.

Federico de Montalvo es consejero de Asjusa Letramed y profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Comillas (ICADE).

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