Llarena mantiene la euroorden y pide al Parlamento Europeo el permiso para actuar contra Puigdemont
El magistrado del Supremo ratifica la orden de arresto del expresidente y Comín en territorio español
El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, instructor de la causa sobre el procés, ha remitido este viernes el suplicatorio —solicitud de permiso— al Parlamento Europeo para poder proceder penalmente contra el expresidente catalán Carles Puigdemont y el exconseller Toni Comín. El magistrado pide a la Eurocámara que suspenda su inmunidad y mantiene las órdenes europeas de detención y entrega contra ambos. También mantiene en vigor la orden nacional de arresto. En España, si son detenidos, no les alcanzaría la inmunidad al estar ya procesados y no se requeriría suplicatorio.
Ambos políticos, fugados a Bélgica tras la fallida declaración de independencia de octubre de 2017, disfrutan de inmunidad parlamentaria como eurodiputados tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que el 19 de diciembre reconoció que el líder de ERC, Oriol Junqueras, condenado en firme a 13 años de cárcel por sedición y malversación, gozaba de inmunidad cuando se encontraba en prisión provisional a la espera de sentencia.
El juez Llarena basa precisamente el suplicatorio en la sentencia del Tribunal de Luxemburgo y en la interpretación que de ella hizo el jueves la Sala de lo Penal, cuando rechazó poner en libertad a Junqueras e impedir su desplazamiento al Parlamento Europeo para recoger el acta de eurodiputado. El tribunal comunitario estableció que a un preso preventivo proclamado eurodiputado electo, como lo era Junqueras antes de la sentencia firme, debía ponérsele en libertad para asumir el cargo, aunque dejaba la puerta abierta a que se le mantuviera excepcionalmente en prisión si se solicitaba inmediatamente el suplicatorio.
Esta sentencia europea benefició de rebote a Puigdemont y Comín, a los que se proclamó electos el 13 de junio, pero que no pudieron acceder al acta al no haber cumplido el requisito que establece la ley electoral española de acatar la Constitución en el Congreso de los Diputados. El fallo del Tribunal de Luxemburgo implica dejar sin efecto la normativa española para acceder al acta de eurodiputado, que se adquiere simplemente tras la proclamación de los resultados por parte de la Junta Electoral Central sin necesidad de más trámites.
En el auto en el que dirige el suplicatorio al Parlamento Europeo, Llarena defiende la suspensión de la inmunidad de Puigdemont y Comín con un amplio relato de los hechos imputados a ambos. Destaca que esos hechos no guardan relación alguna con su labor parlamentaria y "se centran en su actuación en años muy anteriores en el tiempo a la adquisición de su condición de diputados al Parlamento Europeo", lo que haría decaer la finalidad de la inmunidad parlamentaria.
El juez ha estimado los recursos de Puigdemont y Comín contra sus resoluciones de octubre y noviembre que no les reconocían como eurodiputados basándose en acuerdos al respecto de la Junta Electoral Central. Ahora, de conformidad con la interpretación dada por el Luxemburgo en su sentencia de 19 de diciembre de 2019, les reconoce las inmunidades y privilegios recogidos en el artículo 9, del protocolo 7 del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE), en su condición de miembros del Parlamento Europeo.
Sin embargo, desestima los recursos de ambos para que revoque las correspondientes órdenes nacionales de búsqueda, detención e ingreso en prisión, así como las órdenes internacionales y europeas para su detención y entrega, que se mantienen vigentes.
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