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La Junta Electoral sacude la investidura

El órgano acuerda destituir al ‘president’ Quim Torra y negar el acta de eurodiputado a Junqueras

Fernando J. Pérez
Quim Torra, este viernes, con la pancarta por la que fue inhabilitado en diciembre.
Quim Torra, este viernes, con la pancarta por la que fue inhabilitado en diciembre.Quique García (EFE)

La Junta Electoral Central sacudió este viernes la política catalana y la investidura de Pedro Sánchez con dos decisiones de consecuencias imprevisibles. La autoridad electoral acordó en una ajustada votación de siete contra seis retirar a Quim Torra la credencial como diputado autonómico por la sentencia que le condenó el pasado diciembre a un año y medio de inhabilitación por desobediencia y que todavía no es firme. Esta decisión implica, según distintas fuentes jurídicas, el cese de Torra como presidente de la Generalitat, ya que el Estatut catalán establece que el jefe del Ejecutivo autonómico se elige entre los miembros del Parlament. La Junta rechazó, además, tramitar el acta de eurodiputado del líder de ERC, Oriol Junqueras, tras la sentencia europea que estableció que tenía inmunidad antes de ser condenado por el procés.

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La salida de Torra del Palau de la Generalitat no sería, en cualquier caso, inmediata. Fuentes de la defensa de Torra informaron de que van a recurrir la decisión ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, encargada de revisar las resoluciones de la Junta Electoral Central, y que van a pedir la suspensión “cautelarísima” del acuerdo que le quita el acta como diputado, una decisión que el alto tribunal tiene que adoptar en 24 horas.

Torra, en una declaración institucional a las nueve de la noche, manifestó que al presidente de la Generalitat solo lo puede destituir el Parlament y afirmó que la decisión es “un ataque contra los electores y su derecho de representación”. Tras la alocución del president, la bandera de España fue momentáneamente arriada del Palau de la Generalitat, en la plaza de Sant Jaume de Barcelona. Este sábado, a las cinco de la tarde, el Parlament celebrará un pleno extraordinario.

Las decisiones de la Junta Electoral sobre Torra y Junqueras fueron un terremoto en el contexto de la investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno. ERC se reunirá este sábado por la mañana para valorar sus “consecuencias en el calendario político inmediato”. Adriana Lastra, portavoz del PSOE en el Congreso, expresó las “serias dudas” del partido de que la Junta Electoral sea competente para destituir a Torra y vinculó las resoluciones con maniobras “de la derecha y la ultraderecha” para frenar la investidura de Sánchez.

La Junta Electoral, un órgano a caballo entre lo judicial y lo administrativo encargado de velar por la neutralidad y transparencia de los comicios, declaró que Torra es “inelegible” tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña del 19 de diciembre que le condenó a un año y medio de inhabilitación por un delito de desobediencia. La Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) establece en su artículo 6.2 que los condenados en sentencia no firme por una serie de delitos entre los que figura la desobediencia no pueden concurrir a elecciones. Estos, además, están afectados por la “incompatibilidad”, es decir, una prohibición legal para ejercer una función pública.

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En su resolución, la Junta Electoral Central acuerda “dejar sin efecto la credencial de diputado” de Torra en el Parlament de Cataluña por Barcelona. Y ordena a la Junta Electoral de esa provincia que, una vez le sea notificado el texto, “declare la vacante” de su escaño y expida la credencial al siguiente miembro de la lista de Junts per Catalunya a las elecciones autonómicas del 21 de diciembre de 2017, que fueron convocadas por el Gobierno central en aplicación del artículo 155 de la Constitución.

La máxima autoridad electoral anuló, por siete votos contra seis, un acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Barcelona que el día de Nochebuena rechazó la petición de PP, Vox y Ciudadanos de destituir a Torra de manera fulminante. El president fue condenado por desacatar la orden de la propia Junta de retirar una pancarta a favor de la libertad de los políticos presos por su participación en el otoño independentista catalán de 2017. Esta sentencia ha sido recurrida por Torra y está pendiente de ser confirmada —o no— por el Supremo. Podría darse la posibilidad de que Torra fuera apartado del cargo de presidente de la Generalitat y después la Sala de lo Penal del Supremo anulara la sentencia que le inhabilitó por desobediencia.

La Junta Electoral, formada por ocho magistrados de distintas salas del Supremo elegidos por sorteo y cinco catedráticos designados por los partidos con representación en el Congreso, se partió casi por la mitad al adoptar la decisión. Seis vocales, entre ellos tres magistrados, anunciaron un voto particular en el que consideran que la administración electoral no es competente para destituir a Torra como diputado. El Estatuto de Autonomía de Cataluña, una norma con rango de ley orgánica, como la Loreg, establece que al presidente de la Generalitat solo se le puede cesar por “condena penal firme”.

La clave de ser diputado

La pérdida de la condición de diputado implica, según distintas fuentes, el cese automático como president de la Generalitat. El artículo 67.2 del Estatut establece que el jefe del Ejecutivo catalán “es elegido por el Parlamento de entre sus miembros”. La defensa de Torra sostiene que esta condición de ser diputado se limita a la elección y ya no regiría una vez nombrado jefe del Ejecutivo, de modo que la pérdida de la condición de diputado no implicaría su cese como presidente del Govern.

La resolución de este órgano no entrará en vigor hasta que no sea notificada a las partes, lo que no sucederá hasta que se presenten los votos particulares, para lo que hay de plazo hasta el martes 14, según fuentes jurídicas.

En la misma sesión de este viernes, la Junta rechazó la petición de Oriol Junqueras de poder acceder al acta de diputado del Parlamento Europeo tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que declaró que el líder de ERC gozaba de inmunidad desde que el 13 de junio se proclamaron los resultados de las elecciones europeas. Entonces, Junqueras se encontraba en prisión provisional a la espera de la sentencia por el juicio del procés, en la que fue condenado a 13 años de prisión por sedición.

Al ser esta sentencia del Supremo firme, la Junta Electoral considera que Junqueras está afectado de “inelegibilidad sobrevenida”, por lo que se declara la pérdida de la condición de diputado del Parlamento Europeo y se cubrirá su vacante con el siguiente miembro de la lista de la coalición Ahora Repúblicas, que encabezaba el líder de ERC.

La izquierda censura las resoluciones de la Junta Electoral

Los partidos de izquierda y los nacionalistas rechazaron en duros términos las resoluciones de la Junta Electoral Central sobre Quim Torra y Oriol Junqueras. El coordinador federal de Izquierda Unida, Alberto Garzón, manifestó en Twitter que la destitución de Torra es “una operación política al servicio de los reaccionarios” para “seguir obstaculizando la investidura y la coalición” entre PSOE y Unidas Podemos. El diputado del Bloque Nacionalista Galego en el Congreso, Néstor Rego, tachó la decisión como “un auténtico golpe de Estado político” y un “despropósito” jurídico.

El PNV, también en las redes sociales, afirmó que la decisión de la Junta Electoral sobre Torra constituye “un nuevo paso en la dirección equivocada” y reclamó “diálogo y acuerdo”.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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