_
_
_
_

La Fiscalía, sobre Junqueras: “La inmunidad no puede convertirse en refugio generador de impunidad”

El ministerio público rechaza que la sentencia europea implique anular la condena al líder de ERC por el 'procés'

Reyes Rincón
Oriol Junqueras, en octubre de 2017.
Oriol Junqueras, en octubre de 2017.Jaime Villanueva

La Fiscalía admite que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha establecido que Oriol Junqueras gozaba de inmunidad en julio pasado, algo que el ministerio público no le reconocía. Pero esa inmunidad, según la Fiscalía, no blinda al líder de ERC hasta el punto de tener que anular la sentencia del procés por la que el Tribunal Supremo le condenó a 13 años de cárcel por sedición y malversación. Así lo exponen los fiscales Javier Zaragoza y Consuelo Madrigal en un escrito registrado este lunes en el alto tribunal, en el que advierten de que la sentencia del TJUE no puede llevar a confundir inmunidad con “impunidad”.

El escrito responde al incidente de nulidad contra la sentencia del procés presentado por Junqueras y por el exconsejero Raül Romeva (condenado a 10 años y medio de cárcel). Todos los acusados han pedido anular el fallo del Supremo alegando la vulneración de derechos fundamentales y el ministerio público se ha opuesto a esa petición. Pero el escrito de Junqueras incluía un argumento que no estaba en los otros y que los fiscales no habían analizado hasta ahora: su supuesta inmunidad como europarlamentario. A ello dedica parte del documento de 18 páginas presentado este lunes en el Supremo.

Los fiscales admiten que la sentencia del TJUE reconoce que Junqueras tenía que haber sido puesto en libertad provisional para poder acudir en julio a la primera sesión de la Eurocámara, pero Zaragoza y Madrigal rechazan que esa inmunidad le protegiera de la sentencia del procés, cuyo juicio terminó antes de que se proclamaran oficialmente los resultados de las elecciones europeas (fecha en la que la resolución del TJUE fija como el inicio de la inmunidad de los nuevos miembros de la Eurocámara). “La inmunidad parlamentaria es una garantía diseñada contra maniobras, iniciativas o acciones judiciales que pretendan alterar el funcionamiento y la composición de la institución legislativa, así como la independencia de sus miembros, pero no para proteger de forma ilimitada —creando así un inadmisible limbo parlamentario— a los diputados frente a procesos penales que, como en el caso de autos, se han iniciado, tramitado y, prácticamente, concluido antes incluso de la convocatoria de las elecciones al Parlamento Europeo y de elección como diputado”, señala el ministerio público, que añade: “La inmunidad no puede convertirse en refugio protector o generador de impunidad frente al legítimo ejercicio de la función jurisdiccional y, mucho menos, de la impunidad buscada con el único propósito de eludir la acción de la justicia”.

El escrito de los fiscales cita dos sentencias del Tribunal Constitucional (de 1992 y 2001), que establecen que, como sostiene el ministerio público y el Supremo, la inmunidad solo ampara a los diputados que ya lo eran antes de ser procesados. “Pretender que la inmunidad opera sin límite alguno, incluso cuando el proceso está virtualmente concluido, supone desbordar fraudulentamente el espacio constitucionalmente reservado a esa garantía legislativa. Ello implicaría olvidar, en definitiva, que la inmunidad es una garantía protectora frente a la apertura de procesos concebidos para alterar el normal funcionamiento de la Cámara legislativa, pero no busca impedir el desenlace de una causa penal en la que el diputado o senador electo ya ha sido juzgado y se encuentra pendiente de sentencia definitiva”, recoge el extracto de una de las resoluciones incorporada al escrito de los fiscales.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

Más información

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_