Un revés para el Supremo sin claros efectos prácticos
La sentencia europea deja margen al tribunal español para decidir los siguientes pasos
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la inmunidad de Oriol Junqueras deja cuestiones abiertas. El tribunal que juzgó el procés estudiará de forma inmediata la sentencia para decidir los siguientes pasos y ha acordado ya pedir a la Fiscalía, a la Abogacía del Estado, a la acusación popular, ejercida por Vox, y a la defensa de Junqueras que presenten alegaciones en el plazo de cinco días. Estas son las principales conclusiones del fallo y algunas dudas pendientes de resolver.
¿Cuándo adquirió Junqueras la condición de miembro del Parlamento Europeo y la inmunidad? Europa ha dictaminado que Junqueras adquirió la condición de miembro de la Eurocámara el 13 de junio, cuando la Junta Electoral Central proclamó los resultados de las elecciones europeas e incluyó en la lista de electos al líder de ERC. La resolución del TJUE fija también en ese mismo momento la adquisición de la inmunidad de la que gozan los miembros de la Cámara Europea.
¿Cómo blinda la inmunidad a los eurodiputados? El artículo 9 del protocolo sobre privilegios e inmunidades de la UE diferencia dos escenarios. El primero se refiere a cuando el Parlamento Europeo esté en período de sesiones y establece que los eurodiputados gozarán “en su territorio nacional” de las inmunidades reconocidas a los miembros del Parlamento de su país, mientras que en el territorio de cualquier otro Estado miembro tendrán inmunidad “frente a toda medida de detención y a toda actuación judicial”. El segundo apartado extiende el blindaje a cuando los miembros de la Cámara “se dirijan al lugar de reunión del Parlamento Europeo o regresen” del mismo. Este es el que afecta a Junqueras y al que se refiere el TJUE a lo largo de su resolución, ya que lo que el Supremo preguntó a Europa es si el líder de ERC tenía inmunidad antes de constituirse la Cámara y, por tanto, debió permitirle viajar a Bruselas para la primera sesión de la legislatura.
¿Debió el Supremo excarcelar a Junqueras para acudir al Parlamento Europeo? Según la sentencia, la inmunidad de la que gozaba Junqueras forzaba al tribunal español a levantar la prisión provisional “al objeto de permitir al interesado desplazarse al Parlamento Europeo y cumplir allí las formalidades requeridas”. Si el Supremo estimaba que el líder de ERC debía seguir encarcelado preventivamente, debió solicitar “a la mayor brevedad” a la Eurocámara que suspendiera dicha inmunidad.
¿Debe excarcelar ahora el Supremo a Junqueras? Es la decisión principal que tendrá que tomar el tribunal. El TJUE ha concluido que debió dejarle en libertad provisional para que se desplazara al Parlamento Europeo, pero deja en manos de los magistrados españoles determinar “los efectos aparejados” a la inmunidad de Junqueras sobre la causa principal, sobre la que ya se ha dictado una sentencia firme que condena al exvicepresidente de la Generalitat a 13 años de cárcel por sedición y malversación. En su sentencia, Europa se refiere en todo momento a levantar la “prisión provisional”, pero Junqueras ya no está en esta situación.
¿Cuándo va a resolver el Tribunal Supremo cómo afecta la sentencia europea a Junqueras? La Sala de lo Penal dio este jueves cinco días de plazo a las acusaciones y las defensas para que presenten alegaciones. El calendario judicial de las próximas semanas tiene varios días inhábiles entre Navidad y Año Nuevo, por lo que las fuentes consultadas sitúan en el 3 de enero al mediodía el fin del plazo dado a las acusaciones y las defensas. A partir de ahí, el Supremo no tiene plazo para responder, pero las fuentes consideran que se hará a partir del 7 de enero.
¿Debió suspenderse el juicio del procés cuando Junqueras fue elegido eurodiputado? El tribunal europeo deja claro que no. El juicio terminó el 12 de junio, un día antes de que se proclamaran los resultados de las elecciones europeas, que es la fecha que marca el TJUE como inicio de la inmunidad del exvicepresidente catalán.
¿Podía el Supremo condenar al líder de ERC sin pedir al Parlamento europeo que levantara su inmunidad? El Supremo planteó sus preguntas a Europa para resolver un recurso de Junqueras contra la decisión del tribunal de no dejarle acudir a recoger el acta de diputado. Paralizó la resolución de ese recurso a la espera de la respuesta de Europa, pero siguió adelante con la causa principal. Por eso dictó sentencia, ejecutó la pena de prisión y aplazó la de inhabilitación. El TJUE deja en manos del Supremo decidir si la inmunidad permitía dictar la sentencia. La Fiscalía ya se pronunció este jueves: la inmunidad de la que gozaba el líder de ERC para desplazarse a Bruselas “no hubiera impedido, en ningún caso, la continuación del procedimiento hasta el dictado y ejecución de la sentencia”, sostiene el ministerio público en un escrito enviado al Supremo.
¿Son iguales los casos de Junqueras y de Puigdemont? El líder de ERC estaba en prisión preventiva cuando adquirió la condición de miembro del Europarlamento, mientras que Puigdemont se encontraba en Bélgica. No estaba vigente la euroorden de detención contra este último, pero sí una orden nacional que implicaba que sería detenido si entraba en España, por lo que no acudió ante la Junta Electoral a cumplir con los trámites que la legislación española exige para ser eurodiputado. El presidente del Parlamento Europeo, David Sassoli, informó este jueves de que ha instado a sus servicios jurídicos a que estudien la situación de Puigdemont.
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