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La Fiscalía se opone a descontar más días de cárcel a los presos del ‘procés’ por el tiempo pasado en preventiva

El ministerio público, contrario a modificar la condena de Turull, Rull, Sànchez, Forcadell y Forn

Reyes Rincón
Josep Rull, Jordi Sànchez y Jordi Turull, en mayo a la salida del registro del Congreso.
Josep Rull, Jordi Sànchez y Jordi Turull, en mayo a la salida del registro del Congreso.SAMUEL SANCHEZ

La Fiscalía se ha opuesto este lunes a que el periodo que los líderes independentistas pasaron en prisión provisional les sirva para reducir más allá del plazo establecido en la jurisprudencia del Supremo el tiempo de cumplimiento de las penas de prisión e inhabilitación a que fueron condenados en el juicio del procés. En tres escritos dirigidos a la Sala de lo Penal, los fiscales Javier Zaragoza y Fidel Cadena se oponen a las peticiones de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, los exconsejeros Joaquim Forn, Jordi Turull y Josep Rull y el expresidente de la ANC Jordi Sànchez, que habían pedido que se modificara el cumplimiento de las condenas fijadas por el Supremo.

En el caso de Forn, su abogado, Javier Melero, planteaba que el período que no pudo ejercer como concejal de Barcelona sin estar inhabilitado en firme (entre que se constituyó el Ayuntamiento, el 14 de junio, y se dictó la sentencia, el 14 de octubre), le fuera descontado de la pena de inhabilitación absoluta de 10 años y medio de cárcel (el mismo tiempo que la condena de prisión) impuesta por el Supremo.

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La Fiscalía no comparte este argumento porque entiende que Forn no ha estado suspendido como concejal preventivamente entre junio y octubre, sino que, al estar en prisión, el tribunal le dio permiso para salir puntualmente de la cárcel para tomar posesión de su acta, pero no para acudir a los plenos municipales ordinarios. “La inasistencia a las sesiones durante el período de cuatro meses que el solicitante indica no es la consecuencia de una suspensión cautelar ex lege [derivada de la ley], sino de la necesidad de mantener la medida de prisión provisional para salvaguardar los fines del proceso”, advierte el ministerio público.

La Fiscalía argumenta que no se puede comparar el caso de Forn con el de otros condenados, como el exvicepresidente Oriol Junqueras o los exconsellers Rull y Turull, quienes habiendo sido elegidos diputados al Congreso fueron suspendidos de sus funciones por la Mesa de la Cámara en aplicación de lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal al haberse dictado contra ellos auto de procesamiento por delito de rebelión. En el caso de Forn, el Ayuntamiento de Barcelona nunca se pronunció sobre su suspensión.

Las defensas de Rull, Turull, Sànchez y Forcadell pretendían reducir el tiempo de prisión. Para ello, los tres primeros solicitaban al Supremo que hiciera una interpretación “novedosa” de su regla de reducir un día de condena por cada día pasado en preventiva. La Fiscalía se opone a modificar este criterio porque la defensa no aporta ninguna regla de equivalencia alternativa.

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Respecto a Forcadell, su defensa pedía que se computara como un día de prisión preventiva el tiempo que pasó sometida a vigilancia policial entre el 2 y el 8 de noviembre de 2017, antes de declarar como investigada en el Supremo. El ministerio público admite que esa medida afectó a su derecho a la intimidad, pero no que supusiera una restricción a su libertad personal equiparable a la prisión.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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