_
_
_
_

El Constitucional, cerca de romper su unanimidad sobre el ‘procés’ en dos recursos de Junqueras

El tribunal debate un recurso contra la prisión preventiva del líder de Esquerra y otro contra la decisión del juez de impedirle asistir al Parlament

Oriol Junqueras, en prisión por su participación en el 'procés', en el Congreso el pasado 21 de mayo.
Oriol Junqueras, en prisión por su participación en el 'procés', en el Congreso el pasado 21 de mayo.Ballesteros (EFE)

El Tribunal Constitucional romperá previsiblemente durante el pleno de esta semana la unanimidad que hasta ahora venía alcanzando a la hora de resolver los recursos sobre el procés independentista en Cataluña. Las fuentes consultadas ven muy posible que el pleno del alto tribunal vote dividido dos amparos solicitados por el exvicepresident de la Generalitat Oriol Junqueras que han sido incluidos en la sesión que ha arrancado este miércoles.

Uno de los recursos previstos para el debate es el presentado por Junqueras contra la decisión del instructor de la causa, Pablo Llarena, de mantener la prisión preventiva que dictó contra él la entonces juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, que comenzó a tramitarse en el tribunal de garantías en mayo de 2018. El segundo es el presentado contra la decisión de Llarena de impedir, en enero de 2018, la salida del líder de ERC para tomar posesión en la sesión constitutiva del Parlament como diputado electo.

En el primero de los casos, el ponente de la propuesta de sentencia que los magistrados tendrán sobre la mesa el próximo miércoles es el propio presidente del tribunal, Juan José González Rivas, quien ya intentó llevar este asunto al pleno antes de que comenzara el juicio del procés, si bien lo retiró al entender que iba a tener la unanimidad deseada. La razón es que algunos magistrados expresaron sus dudas respecto a la argumentación y pidieron mayor concreción al ponente dada la doctrina existente al respecto por parte el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

En el segundo asunto, la ponencia es del magistrado del sector progresista Juan Antonio Xiol, quien propone dar la razón a Junqueras en lo referido a la prohibición recibida para tomar posesión de su escaño pese a no haber sido aún condenado en la causa.

Más información
Junqueras sobre la sentencia: “No hay otra opción que construir un nuevo Estado”
ERC pide la libertad de Junqueras y su restitución como candidato porque el Supremo pospone su inhabilitación
Oriol Junqueras: “El indulto se lo pueden meter por donde les quepa”

Fuentes judiciales consultadas por EL PAÍS afirman que una vez publicada la sentencia sobre el procés, el Constitucional puede diluir la unanimidad mantenida en las últimas fechas sin “forzar la cohesión”. Según estas fuentes, mientras se desarrollaba el proceso penal se ha intentado evitar la “discrepancia habitual” en la resolución de asuntos para no interferir con la causa del Supremo, pero una vez resuelta esta, los magistrados creen “conveniente” avanzar en los recursos y plasmar, cuando las haya, las diferentes posturas.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

La defensa del dirigente independentista pidió en su recurso contra la prisión preventiva que se le reconocieran sus derechos fundamentales a la libertad, la libertad ideológica, al juez ordinario predeterminado por la ley, el derecho a la defensa, a la presunción de inocencia y a la participación y representación políticas, entre otros aspectos. El pleno consideró al admitir a trámite esta cuestión junto con la de otros exdirigentes secesionistas en prisión, como Jordi Sànchez, que quedaba justificada “la especial trascendencia constitucional del recurso de amparo porque se plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina” del alto tribunal.

En cuanto al segundo de los asuntos, del que es ponente Xiol, se presentó contra la decisión de Llarena de impedir a Junqueras asistir al Parlament para tomar posesión como diputado electo, si bien le reconoció el derecho a delegar el voto. El instructor lo justificó en la “incapacidad legal prolongada” de los encausados para asistir a los debates y votaciones del pleno, debido a su situación de prisión provisional desde el 2 noviembre de 2017.

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites
_

Más información

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_