La propuesta de PP y Ciudadanos: un 155 más duro e ¿inconstitucional?
Los dos partidos plantean aplicar el artículo de forma indefinida en Cataluña, pero cuatro juristas consultados consideran que vulneraría la ley
Lanzados a la pugna para tratar de conquistar la derecha y La Moncloa —de la "reconquista" habla, incluso, Pablo Casado—, el PP y Ciudadanos han centrado parte de su estrategia preelectoral en enarbolar el artículo 155 de la Constitución como dique de contención del secesionismo. "Hay mucha gente en Cataluña que está esperando que se aplique", ha insistido este mismo domingo Inés Arrimadas, líder de Cs en esa comunidad, en su viaje relámpago a Waterloo. Según ambos partidos, el precepto se quedó corto cuando Mariano Rajoy lo puso en marcha tras la declaración de independencia en octubre de 2017. Las dos formaciones quieren ahora recuperarlo con más dureza y carácter indefinido, según han recalcado. Pero cuatro constitucionalistas consultados por EL PAÍS subrayan que esa medida vulneraría la Ley Fundamental.
"Una aplicación indefinida, así decidida en el momento de acordarse por el Senado, sería inconstitucional, ya que supondría la supresión de facto del régimen autonómico en Cataluña, lo que significaría la ruptura definitiva del modelo de distribución territorial del poder político y derogaría el derecho a la autonomía de ese territorio consagrado en el artículo 2", defiende Eduardo Vírgala, catedrático de la Universidad del País Vasco, para quien ese 155 indefinido implicaría, además, "una reforma encubierta" de la Ley Fundamental "sin cumplirse los mecanismos formales de reforma".
En esa misma línea incide Argelia Queralt, profesora de la Universidad de Barcelona —"la Constitución reconoce la unidad, pero también la autonomía"—, quien introduce una segunda idea: el 155 es una "cláusula de cierre del sistema y, por tanto, tiene un carácter excepcional. Y, por definición, todo lo que es excepcional debe ser temporal". Opina igual Joaquín Urías, profesor de la Universidad de Sevilla y exletrado del Tribunal Constitucional: "El régimen normal puede quedar excepcionalmente intervenido. Pero la excepción indefinida se convierte en normalidad", lo que supondría vulnerar la ley.
Pese a estas reticencias, PP y Ciudadanos siguen defendiendo su propuesta, según señalan a EL PAÍS. "No se trata de suspender la autonomía, sino de garantizar el correcto funcionamiento de las instituciones. Su duración dependerá, precisamente, del tiempo que conlleve el restablecimiento de la legalidad", mantiene un portavoz popular.
Un plazo concreto
Pero los constitucionalistas también descartan que pueda aplicarse el 155 usando esa fórmula tan genérica como límite máximo de tiempo. "El plazo establecido ha de ser siempre concreto, lo que no quiere decir que deba corresponder siempre a una fecha del calendario, sino que puede ser un lapso computado en días, meses o años, o la verificación de un hecho seguro: hasta el final de la legislatura, por ejemplo", defiende Vírgala.
"Indefinido no puede ser", tercia Leonardo Álvarez, profesor de la Universidad de Oviedo, quien considera que actualmente no concurren ni siquiera las condiciones para aplicarlo. "La Constitución habla de que, para ponerlo en marcha, se deben dar infracciones concretas a las leyes. Por tanto, no sirve el argumento genérico de que en Cataluña no rigen todos los derechos y de que la Ley Fundamental no se aplica eficazmente", abunda.
Aun así, Ciudadanos insiste en que, si llega al poder, habrá 155 si Torra se niega a "acatar la Constitución" y "sigue en rebeldía, afirmando que no cumplirá las resoluciones judiciales, abriendo embajadas para calumniar a España, llamando a la vía eslovena de la guerra o lanzando a los CDR contra los constitucionalistas".
"No sabemos cuánto puede durar esta recuperación de la Constitución y la democracia en Cataluña después de décadas de separatismo", recalcan fuentes de la formación de Albert Rivera, que recurren a Andrés Betancor, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona, vinculado al partido: "El mecanismo del 155 no está sometido a plazo; está sometido a condición: que una comunidad cumpla con sus obligaciones constitucionales y legales. Mientras no haya garantía de que se cumpla esa condición, el mecanismo de intervención deberá continuar. No hay plazo, hay condición. Y esta condición no entiende de tiempo". Discrepa Queralt: "No solo es inconstitucional un 155 indefinido, sino que políticamente es un error, porque el problema de fondo seguirá, por mucho que lo silencies".
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