_
_
_
_

La ‘ley mordaza’ dejará de sancionar las concentraciones pacíficas frente al Congreso

Los partidos llegan a un acuerdo, pendiente de votación, para eliminar las trabas que limitaban el derecho de manifestación

Manifestación para reclamar "pensiones dignas", cerca del Congreso de Diputados, en febrero de 2018.
Manifestación para reclamar "pensiones dignas", cerca del Congreso de Diputados, en febrero de 2018.Jaime Villanueva
Óscar López-Fonseca

Los representantes de los partidos que participan en la ponencia que estudia en el Congreso de los Diputados la reforma de la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana del PP (la conocida popularmente como ley mordaza) han acordado en su última reunión la próxima eliminación de algunos de los aspectos más polémicos de la norma, entre ellos los que ponían trabas al derecho de manifestación, según detallan a EL PAÍS varios de los participantes en las negociaciones. Así, los grupos parlamentarios han alcanzado un acuerdo para que deje de ser infracción la grabación o difusión de imágenes de los agentes de las Fuerzas de Seguridad del Estado durante sus actuaciones o la convocatoria exprés de manifestaciones. También hay mayoría, aunque todavía no se ha votado por una cuestión técnica, para que se deje de penalizar la convocatoria y celebración de concentraciones pacíficas en los alrededores de las Cámaras parlamentarias.

Más información
La ‘ley mordaza’ recauda casi 270 millones en multas desde su entrada en vigor
Podemos arranca al PSOE la modificación del delito de injurias a la Corona
Vallecas se empapa de libertad de expresión y contra la ‘ley mordaza’

Desde el pasado mes de noviembre, la ponencia del Congreso estudia la reforma de la ley mordaza que el PP aprobó gracias a su mayoría absoluta en 2015. Sobre la mesa tienen el texto elaborado por el PNV, al que el resto de grupos ha presentado más de 200 enmiendas. En las tres reuniones que han celebrado hasta ahora, los avances han sido “importantes”, según detallan las fuentes parlamentarias consultadas, que destacan los que se han producido en las últimas horas y que afectan, de manera concreta, al derecho de manifestación, al que la norma aprobada por los populares hace casi cuatro años imponía importantes limitaciones.

Así, el texto que finalmente se llevará al pleno de la Cámara alta para su aprobación recoge que no se sancionará “con carácter general” a los ciudadanos que graben a los policías que participen en los operativos de control de las protestas. Sí seguirá siendo infracción el uso y difusión intencionada de datos o imágenes de estos agentes cuando generen un peligro concreto para ellos y sus familias o pongan en riesgo una operación policial. Esta decisión supone un jarro de agua fría para los sindicatos de la Policía Nacional y las asociaciones de la Guardia Civil, que habían reclamado al Ministerio del Interior que se mantuviera intacto este punto de la ley mordaza.

No ha sido el único. Los diputados también han decidido que deje de ser una infracción grave el uso público e indebido de uniformes, insignias o condecoraciones o réplicas de los distintivos que utilizan los agentes. Además, se reduce el tiempo máximo de retención en comisaria de un ciudadano para su identificación a dos horas, aunque se podrá elevar hasta seis “en circunstancias excepcionales” que deberán estar suficientemente motivadas y justificadas. Con la ley del PP, el plazo de retención llegaba hasta las seis horas. También se prohibirán los cacheos con desnudo integral en la calle salvo peligro inminente para la vida o la seguridad. Buena parte de estos avances son propuestas que Unidos Podemos planteó al Gobierno en el acuerdo que Pablo Iglesias firmó con Sánchez para aprobar los Presupuestos Generales del Estado.

Otro aspecto que sufrirá cambios significativos es el referido a los plazos fijados para la convocatoria de manifestaciones. Así, los partidos han acordado reducir los requisitos temporales para informar a las delegaciones del Gobierno de la próxima celebración de una protesta cuando esta venga provocada por un suceso de repercusión mediática, “como la sentencia contra los integrantes de La Manada”, detallan fuentes parlamentarias. Aunque el plazo mínimo será de 24 horas, en estos casos se abre la puerta a que se pueda hacer convocatorias exprés de concentraciones con tan solo cuatro horas y tras comunicarlo de manera telemática para evitar que la protesta pierda vigencia. Eso sí, estas nunca se podrán celebrar en las inmediaciones de infraestructuras básicas o donde puedan suponen un riesgo. Además, se elimina la posibilidad de que la policía pueda disolver una manifestación por el mero hecho de no haber sido comunicada.

Lo que aún no se ha acordado de manera definitiva —aunque algunas fuentes parlamentarias consultadas apuntan a que está muy avanzado— es la eliminación de las sanciones por protestar en las inmediaciones del Congreso y del Senado, como ocurrió durante la etapa del Gobierno del PP, cuando se convocaron bajo el lema Rodea el Congreso y que acabaron con incidentes. Los populares y Ciudadanos se niegan a que estas concentraciones dejen de ser una infracción grave dentro de la ley de seguridad ciudadana. Los representantes del PSOE han puesto algunos reparos, pero finalmente se han adherido al texto propuesto, que eliminar las multas para este tipo de convocatorias, siempre y cuando sean pacíficas y no impidan el acceso de los representantes políticos a los edificios. El miércoles no se llegó a votar la redacción definitiva ante la ausencia de los representantes de ERC, aunque las fuentes consultadas aseguraron que se hará en la próxima reunión de la ponencia, fijada para el 20 de febrero.

Lo que sí se acordó el miércoles fue retocar los artículos referidos a las protestas junto a las denominadas infraestructuras básicas, como centrales nucleares o refinerías. Así, no todas serán punibles, como hasta ahora. Solo lo serán aquellas que causen “perturbaciones graves” al funcionamiento de esas instalaciones o que supongan un riesgo concreto para la vida y para la salud de las personas. También en el capítulo de las manifestaciones, los parlamentarios han acordado equiparar el régimen sancionador de las protestas de personas con las de uso de vehículos, como las marchas lentas de taxis que se han producido recientemente en Madrid.

Además, los responsables de los posibles daños que se produzcan en las manifestaciones no serán los convocantes, como hasta ahora fijaba la ley mordaza, sino las personas individuales que los provoquen. En este sentido, también se ha acordado que las sanciones por estos desperfectos se modularán según las capacidades económicas de los autores de los daños. Además, la perturbación de los oficios religiosos saldrá de la ley mordaza, al entender los legisladores que este tipo de protestas ya están castigadas suficientemente, si llegan a ser delito, en el Código Penal.

Drogas y prostitución

O. L.-F.

La ponencia del Congeso sobre la reforma de la ley mordaza ha llegado a un acuerdo para que la tenencia de drogas en la vía pública pase a ser una falta leve sancionable con multa y no grave, como fija ahora la ley mordaza. También dejará de ser una infracción el cultivo de marihuana en lugares visibles al público (en referencia a la presencia de macetas en balcones y terrazas) cuando esta actividad no llegue a ser constitutiva de delito. Lo que no se eliminará es la consideración como falta grave del consumo de sustancias estupefacientes en la vía pública ni las denominadas cundas (vehículos que traslada a toxicómanos a lugares donde se vende la droga). También seguirá siendo considerada falta grave demandar y ofrecer prostitución en la vía pública.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Sobre la firma

Óscar López-Fonseca
Redactor especializado en temas del Ministerio del Interior y Tribunales. En sus ratos libres escribe en El Viajero y en Gastro. Llegó a EL PAÍS en marzo de 2017 tras una trayectoria profesional de más de 30 años en Ya, OTR/Press, Época, El Confidencial, Público y Vozpópuli. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

Más información

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_