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Dos meses para votar al presidente de la Junta

Si venciera el plazo sin que ningún candidato haya obtenido mayoría simple, se convocarían otras elecciones

Eva Saiz
Susana Díaz, tras su comparecencia este domingo en Sevilla.
Susana Díaz, tras su comparecencia este domingo en Sevilla.Julio Muñoz (EFE)

La elección del presidente de la Junta de Andalucía está regulada en el Estatuto de 2007. Su artículo 118 estipula que “el candidato presentará su programa al Parlamento. Para ser elegido, el candidato deberá, en primera votación, obtener mayoría absoluta”. De no obtenerla, la disposición estipula que 48 horas después volverá a someterse a la confianza de la cámara que se entenderá otorgada por mayoría simple. Si tampoco se consiguiera esa mayoría “se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista anteriormente”. Si transcurrido el plazo de dos meses, ningún candidato hubiera obtenido mayoría simple, se convocarían otras elecciones.

En 2015, la dirigente socialista Susana Díaz tuvo que someterse hasta en cuatro ocasiones al procedimiento de investidura debido al bloqueo durante 80 días del resto de fuerzas políticas.

El presidente del Parlamento es quien propone al candidato a dirigir la Junta, previa consulta con los portavoces de los partidos, de acuerdo con el artículo 118.2 del Estatuto.

La presidenta de la Junta tiene casi imposible la reelección, dado que tendría enfrente a PP, Ciudadanos y Vox. Los candidatos del bloque de la derecha necesitarían el sí de los tres partidos ya que no sería suficiente la suma de PP y Ciudadanos para lograr la mayoría simple ante el previsible voto en contra de PSOE y Andalucía Adelante.

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Antes de está coyuntura, quedan la constitución del Parlamento, prevista para el 27 de diciembre, y la elección de su presidente, esencial para convocar el pleno de investidura. Otra votación que se antoja complicada por la fragmentación parlamentaria.

El artículo 34 del Estatuto regula su nombramiento. “Para la elección de presidente o presidenta, cada miembro del Parlamento escribirá un solo nombre en la papeleta, y resultará elegido el que obtenga la mayoría absoluta. Si no la hubiera, se repetirá la elección entre los dos diputados que se hayan acercado más a la mayoría, y resultará elegido quien obtenga el mayor número de votos”.

Dada la trascendencia de este puesto es muy probable que los partidos se alineen también en bloques para apoyar a su respectivo candidato. Aquí vuelve a aparecer el fantasma de los bloqueos. El PSOE, con 33 escaños, y Adelante Andalucía, con 17, no alcanzarían la mayoría absoluta, situada en 55, que sí sumarían PP (26), Ciudadanos (21) y Vox (12), si llegaran al final a consensuar un aspirante.

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Sobre la firma

Eva Saiz
Redactora jefa en Andalucía. Ha desarrollado su carrera profesional en el diario como responsable de la edición impresa y de contenidos y producción digital. Formó parte de la corresponsalía en Washington y ha estado en las secciones de España y Deportes. Licenciada en Derecho por Universidad Pontificia Comillas ICAI- ICADE y Máster de EL PAÍS.

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