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El Supremo procesa por rebelión a Puigdemont, Junqueras, Turull y otros diez líderes independentistas

El juez Llarena ve indicios de delito en 25 de los 28 investigados

Un grupo de policías, a la entrada del Tribunal Supremo, este viernes. En vídeo, la llegada de Turull.Vídeo: SUSANA VERA (REUTERS) / REUTERS-QUALITY
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El juez Pablo Llarena ha procesado por un delito de rebelión a 13 líderes del procés: el expresidente Carles Puigdemont, el exvicepresidente Oriol Junqueras, siete exconsejeros (Joaquim Forn, Jordi Turull, Raül Romeva, Clara Ponsatí, Josep Rull, Toni Comín y Dolors Bassa), a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, el expresidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) Jordi Sànchez, el de Omnium Cultural Jordi Cuixart, y a la secretaria general de ERC, Marta Rovira.

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En el auto notificado este viernes, el juez procesa además a los otros cinco exmiembros del Gobierno catalán cuando sucedieron los hechos, Meritxell Borràs, Lluis Puig, Carles Mundó, Santi Vila y Meritxell Serret, por delitos de malversación de caudales públicos, y de desobediencia. A Puigdemont, Junqueras y los siete exconsellers procesados por delito de rebelión también les procesa por malversación, sin perjuicio de que su calificación pueda después formularse en el delito específico de malversación (artículo 432 del Código Penal) o quedar absorbida en el tipoagravado de rebelión con distracción de caudales públicos contemplado en el artículo 473.2 del Código Penal.

Asimismo, el juez procesa por el delito de desobediencia a cinco exmiembros de la Mesa del Parlamento de Catalunya —Lluis María Corominas, Lluis Guinó, Anna Isabel Simó, Ramona Barrufet y Joan Josep Nuet—, así como a Mireia Boya, expresidenta del grupo parlamentario de la CUP, y a Anna Gabriel, exportavoz del mismo grupo. Llarena ha procesado a 25 de los 28 investigados y ha dejado fuera del auto de procesamiento al expresidente de la Generalitat Artur Mas, a la coordinadora general del PDeCAT, Marta Pascal, y a la expresidenta de la Asociación de Municipios por la Independencia Neus Lloveras.

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El juez fija una fianza de responsabilidad civil por importe de 2,1 millones de euros que deberá ser prestada solidariamente por los 14 exmiembros del antiguo Govern, es decir, Puigdemont, Junqueras, Forn, Turull, Romeva, Ponsatí, Rull, Comin, Bassa, Borràs, Puig, Mundó, Vila y Serret. La cuantía se ha establecido sumando a 1,6 millones de euros, que el magistrado señala que fue el dinero que se empleó para sufragar el referéndum del 1-0, más el tercio de esa cuantía que debe añadirse de acuerdo a la ley para este tipo de fianzas para asegurar responsabilidades económicas.

"Estrategia latente"

En su auto el juez detalla los hechos que se atribuyen a cada uno de los investigados y hace un relato las actuaciones llevadas a cabo por ellos en los últimos seis años para romper con España. El instructor parte de que el procés estaba basado en un concierto entre partidos políticos y entidades soberanistas para llevar a cabo la ejecución de un plan predeterminado con el objetivo de declarar la independencia de Cataluña, al margen de la ley. Llarena entiende, además, que la estrategia independentista no ha muerto con la aplicación del artículo 155 de la Constitución y que sigue “latente” y cada vez con “mayor nitidez”. Según el instructor, la “estrategia criminal” está pendiente de reanudación una vez que se recupere el pleno control de las competencias autonómicas, “pues el propio Libro Blanco contemplaba que en la eventualidad de que la independencia no fuera consentida por el Estado, dado que la suspensión del autogobierno no podría tener carácter indefinido y mucho menos definitivo, la secesión se alcanzaría reanudando la desobediencia permanente al marco constitucional y legal y manteniendo una movilización ciudadana que terminaría por forzar al Estado a reconocer la nueva república”. En esta estrategia es en la que se ha basado Llarena hasta ahora para justificar el riesgo de reincidencia delictiva de los investigados que siguen presos y lo que también justifica, señala el juez, “que se adopten las determinaciones que garanticen que las instituciones retornadas vuelvan a funcionar con pleno respeto a la realidad constitucional”.

El magistrado sitúa el inicio de este concierto el 19 de diciembre de 2012, cuando el entonces candidato a la Presidencia de la Generalitat y líder de CIU Artur Mas firmó con el presidente de Esquerra Republica de Cataluña Oriol Junqueras el “Acuerdo para la Transición Nacional y para Garantizar la Estabilidad del Govern de Catalunya”, un acuerdo que determinó el nombramiento de Mas como presidente de la Generalitat. Llarena destaca la importancia del llamado “ Libro Blanco de la Transición Nacional de Cataluña”, presentado públicamente por Artur Mas en septiembre de 2014, que proclamó la legitimidad del proceso de autodeterminación de Cataluña y que ha venido marcando desde entonces la hoja de ruta para el proceso de transición de Cataluña hacia un país independiente.

Ese libro “contempló distintos procedimientos para la creación del nuevo Estado, en función de que la independencia pudiera alcanzarse mediante un marco de colaboración negociada con el Gobierno español, o que, por el contrario, se desplegaran instrumentos de oposición a la independencia por parte del Estado”. “Esto es, no era la independencia la consecuencia de una falta de negociación con el Estado, sino el objetivo que pretendía alcanzarse en todo caso, primeramente mediante un acuerdo pactado y, en caso contrario, de manera unilateral y forzando al Gobierno a asumir una situación de hecho que buscaba crearse”, afirma Llarena.

A la vez que el Govern y el Parlament desarrollaran el contenido del Libro Blanco, en marzo de 2015 se amplió el concierto de actuación ilegal “a otras agrupaciones distintas de los partidos políticos que conformaban la mayoría política que prestaba soporte al Gobierno de la Generalidad y que habían firmado el pacto de legislatura”. De este modo, añade el juez, se acordó una hoja de ruta respecto del proceso independentista entre los partidos políticos CDC y Esquerra con las entidades soberanistas Omnium, ANC y la Asociación de Municipios para la Independencia.

Llarena recuerda las sentencias del Tribunal Constitucional que el Govern y la Mesa del Parlament fueron desobedeciendo en función de una estrategia que culminó el 27 de octubre de 2017 con la declaración unilateral de independencia aprobada en la Cámara catalana.

Sobre el referéndum ilegal del 1 de Octubre, el juez detalla la actuación de consejeros como los de Sanidad, Educación y Trabajo y Asuntos Sociales que, mediante determinadas decisiones administrativas, asumieron la responsabilidad propia de los directores de los locales dependientes de esas consejerías para asumir “de manera directa” la responsabilidad de las decisiones relativas a su ubicación y garantizar su disponibilidad como centros de votación, así como la reunión previa que mantuvieron el 28 de septiembre de 2017, tres días antes del 1-O, los Mossos d’Esquadra con Puigdemont, Junqueras, y el Consejero de Interior Joaquim Forn donde los máximos responsables policiales alertaron de la escalada de violencia y del riesgo que conllevaba la celebración del referéndum. Y “pese a ello – señala LLarena- la decisión de los miembros del Gobierno fue de que la votación había de celebrarse”. El magistrado recoge en su auto todo el operativo llevado a cabo por los Mossos d’ esquadra ante el 1 de Octubre, “para boicotear el cumplimiento de la orden judicial por inacción”, con un despliegue de 7.000 agentes, cuando en jornadas electorales normales pasaban de 12.000.

En el reparto de papeles que Llarena considera que existió, el juez explica la actuación de los miembros de la Mesa del Parlament, así como el papel desarrollado por las entidades ANC y Omnium que asumieron, según el juez “ la responsabilidad de impulsar la mayor aceptación social de las iniciativas secesionistas, así como favorecer la creencia pública de que la proclamación de la república era perfectamente viable, buscando, por último, una intensa movilización”. Según el juez, estas entidades han convocado durante estos años de forma “permanente” actos y manifestaciones. Entre ellas, el juez enumera siete de ellos y destaca el que se produjo el 20 de septiembre de 2017 ante la sede de la Consejería de vicepresidencia, Economía y Hacienda de la Generalitat, en Barcelona, con motivo de los registros judiciales que se intentaban llevar a cabo en dicha sede en búsqueda de documentos sobre la convocatoria del referéndum ilegal.

Llarena califica de “asedio” a la Guardia Civil la situación que se vivió ese día, cuando se congregaron hasta 60.000 manifestantes. La movilización impidió que la Guardia Civil introdujera a los detenidos en el edificio y que se desarrollara con normalidad la orden judicial, ya que “la muchedumbre rodeó los vehículos de la Guardia Civil, que terminaron devastados y destrozados, interior y exteriormente. Las armas que se encontraban en el interior de los coches policiales quedaron al albur del vandalismo desplegado. Sobrevino el lanzamiento de objetos contra los agentes y, ni hubo un control policial de que la muchedumbre no invadiera el edificio en cualquier momento”, afirma el instructor, que recuerda que la secretaria judicial tuvo que salir por la azotea del inmueble de al lado. El juez atribuye la responsabilidad de estos hechos, que califica de "violentos enfrentamientos" a Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, como responsables de la convocatoria de la concentración, y "el control que ejercieron sobre la misma".

El auto también identifica y detalla parte de los “múltiples actos de violencia” que se produjeron durante el 1 de octubre, y la amenaza “de un uso aún mayor de la violencia”, contra los agentes de policía y los medios que utilizaban para intentar dar cumplimiento a la orden impartida por la Juez de Instrucción del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña para impedir la celebración del referéndum ilegal de independencia.

Por otro lado, la resolución destaca que, conforme a la evaluación hasta ahora practicada, los gastos públicos que necesariamente habían de realizarse o comprometerse para la realización del referéndum ascendían a un total de 1,6 millones de euros, con la siguiente distribución: 224.834 euros de la campaña de registro de catalanes en el extranjero para la emisión del voto; 277.804 euros relativos a la campaña de publicidad y difusión de la convocatoria; 979.661 euros en materia de suministro de papeletas, censo electoral y citaciones de los miembros de mesas electorales; y 199.700 euros por la participación de observadores internacionales.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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