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Un tribunal considera veraz la información de EL PAÍS sobre Villarejo

La Audiencia Provincial rechaza el recurso del comisario encarcelado contra una sentencia anterior y le condena a pagar las costas del proceso

José Manuel Villarejo, tras prestar declaración en un juzgado.
José Manuel Villarejo, tras prestar declaración en un juzgado.EFE

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid ha rechazado el recurso de apelación que el comisario jubilado José Manuel Villarejo presentó contra la decisión tomada el pasado abril por el juzgado de Primera Instancia número 50 de Madrid de desestimar la demanda que había interpuesto contra EL PAÍS y el periodista Javier Ayuso por publicar sendas informaciones sobre su patrimonio empresarial y detalles de una causa judicial abierta contra él. Los tres magistrados, que condenan al ex alto mando policial a pagar las costas del proceso, consideran que las informaciones difundidas por este diario colman la exigencia de veracidad, estaban suficientemente contrastadas y tenían relevancia pública e interés general.

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Villarejo —actualmente encarcelado por su presunta implicación en una trama de blanqueo— acusó a este diario de divulgar informaciones inciertas y tendenciosas que perjudicaban su buen nombre al publicar el 16 de junio de 2015 y el 12 de noviembre del mismo año estas dos noticias: “Cuatro empresas del comisario Villarejo recibieron 20,42 millones” y “El comisario Villarejo elude ir como acusado a ruedas de reconocimiento”. La titular del Juzgado de Primera Instancia 50 de Madrid concluyó, con el respaldo de la fiscalía, que en ambas informaciones EL PAÍS cumplió con el canon de diligencia profesional y el requisito de veracidad, además de recordar que el policía era “una persona con evidente proyección pública, que ha intervenido en investigaciones muy sensibles y que, no con poca frecuencia, se ha visto inmerso en polémicas sobre sus actuaciones”.

Datos “ciertos”

Ahora la Audiencia Provincial ha respaldado plenamente dicho pronunciamiento y tumba los tres motivos esgrimidos por Villarejo para recurrir el anterior fallo. Los tres magistrados de la Audiencia Provincial recuerdan que “la información y la crítica sobre posibles irregularidades en la actuación policial no solo es lícita sino necesaria para hacer efectivo el derecho de los ciudadanos a conocer cómo se gobiernan los asuntos públicos”.

También señalan que no sólo el propio policía jubilado no negó que las informaciones facilitadas en el artículo sobre su entramado societario fueran “ciertas”, sino que el Ministerio del Interior “había compatibilizado su actividad”.

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