Una catarata legislativa
La precipitada tramitación de numerosas reformas legales relevantes delata la prisa del Gobierno para despejar el inicio de un año electoral
El Parlamento vivió el viernes una frenética concentración de propuestas legislativas que afectan a elementos centrales de la arquitectura democrática española. No todas tienen la misma justificación y casi ninguna debería tramitarse con semejante rapidez: obedecen a la voluntad del Gobierno de dejar despejado el inicio de un año intensamente electoral. La tramitación parlamentaria de la propuesta de ley conjunta del PSOE y Unidas Podemos para suprimir el delito de sedición, y cambiarlo por otro de desórdenes públicos agravados (con una pena mucho más pequeña), ha sido la percha que el Gobierno ha encontrado para otras enmiendas que nada tienen que ver con ella. Son la reforma del delito de malversación de fondos públicos que promueve una enmienda de ERC para rebajar sus penas, la creación de otros tipos penales para luchar contra la corrupción (enriquecimiento ilícito) o para terminar con la impunidad de las empresas que incumplen la normativa laboral sobre contratación. Bajo ese paraguas ha metido también el Gobierno la reforma del método de elección de los candidatos del CGPJ a renovar el Constitucional.
Todas esas enmiendas se presentaron el viernes, se discutirán el lunes 12 y el martes 13 en ponencia y comisión, y se aprobarán el jueves 15 en pleno. Es muy difícil encontrar en nuestra historia parlamentaria reciente unos cambios legales tan relevantes hechos en tan poco tiempo y sin los informes preceptivos aunque no vinculantes del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado. El Código Penal necesita reformas, pero tan importante como hacerlas es suscitar el debate correspondiente, implicar a todos los agentes jurídicos y políticos, y elaborarlas con vocación de permanencia en el tiempo, producto de su impecable calidad técnica y del mayor consenso posible. Nada de esto va a ocurrir en la tramitación de estas enmiendas, por más que hablar de consenso hoy conduzca a la melancolía.
La precipitación del Gobierno delata la necesidad de compensar la enmienda más discutible —la de malversación— con otras medidas como la tipificación del delito de enriquecimiento ilícito y no justificado en el ejercicio de cargo público. Que el ordenamiento jurídico español incluya por fin un tipo penal que la Fiscalía Anticorrupción ha reivindicado en numerosas ocasiones equipara sin duda, esta vez sí, a la legislación española con la de otros países europeos. El problema es que se perciba como una ocurrencia de última hora para evitar el desgaste que pueda acarrear la reforma de la malversación.
La propuesta de ERC tipifica la malversación sin lucro como aquella que afecta a la autoridad o funcionario que destinara a usos particulares, y sin ánimo de apropiárselo personalmente, el patrimonio público puesto a su cargo. Las penas previstas por la reforma serían de seis meses a tres años (frente a la horquilla actual que va de dos a ocho años de cárcel). Si prospera este criterio, el Congreso habrá despenalizado de facto el uso de fondos públicos para un referéndum ilegal cuyo objetivo era la ruptura de Cataluña con España, algo imposible de explicar. Esquerra tiene a numerosos dirigentes y cuadros medios condenados o procesados por malversación por sus actuaciones en el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y esta enmienda va dirigida a ellos. La normalización política de Cataluña es un objetivo loable y valiente pero no a cualquier precio en el Código Penal y sin calibrar bien todos los efectos indeseados de la reforma de un delito central en la lucha contra la corrupción. Habrá que esperar al contenido exacto de la enmienda transaccional que anuncian PSOE y UP y que este domingo avanza este periódico.
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