¿Colombia hará trizas el acuerdo de paz?
Están equivocados quienes prevén una perspectiva catastrofista sobre los pactos con las FARC
La paz con las FARC es ya un hecho. No harán más política por medio de la violencia sino dentro de la institucionalidad. Se han iniciado los procesos en la justicia transicional, empezando por 31 dirigentes de las FARC sindicados por los secuestros que produjeron durante el conflicto por lo cual, además, han pedido perdón.
No obstante, flota la interrogante de qué pasará con los acuerdos de paz firmados el 2016 y con sus cambios constitucionales y legales. Pese a que el ambiente político se polariza por otros temas, parecen haber quedado de lado las amenazas lanzadas por algunos políticos de “hacer trizas” los acuerdos. El presidente electo ha reiterado que ese nunca fue su planteamiento. ¿Qué viene?
Creo que están en error quienes prevén una perspectiva catastrofista sobre la paz. Los acuerdos se tradujeron en importantes reformas constitucionales y legales que pasaron —y siguen pasando— por el riguroso y exigente “filtro” de la Corte Constitucional (CC). Que, entre otras cosas, ha convalidado un nuevo y crucial artículo constitucional: “Las instituciones y autoridades del Estado tienen la obligación de cumplir de buena fe con lo establecido en el Acuerdo Final” y que esta obligación rige “hasta la finalización de los tres periodos presidenciales completos posteriores a la firma del Acuerdo Final” (C-630 de 2017).
La institucionalidad colombiana, pues, participó en este “blindaje” por tres períodos gubernamentales de los acuerdos; no sólo el Gobierno saliente. Si de “ajustes” se tratase, no podría prescindirse pues de ese andamiaje institucional.
Ya que el presidente electo ha sido claro en que cualquier ajuste sería siguiendo el curso institucional regular, todo apunta a que se moverían más que todo en espacios de interpretación o de lo que esté bajo estricta competencia gubernamental. Más allá de declaraciones confrontativas de algunos —normales dentro del “ruido político”—, esto hace el panorama menos borroso de lo que algunos piensan en cuanto al corazón de los acuerdos. Dos ejemplos.
Uno: el “cupo” de 10 parlamentarios que los acuerdos asignaron a las FARC para institucionalizar su participación dentro del sistema político y la tesis del presidente electo de que no sea ejercido por quienes hayan sido condenados por crímenes de lesa humanidad. ¿Está eso en colisión con lo ya resuelto por la CC? En sentencia publicada este 13 de julio, la Corte traslada a la Justicia Especial para la Paz la facultad de determinar “aquellos casos, en los que por la naturaleza de la condena impuesta, no sea posible armonizar el cumplimiento efectivo de la pena con el ejercicio” de la participación en política.
El otro: la disyuntiva sustitución de cultivo-erradicación forzosa de plantaciones de coca. Tema importante, por cierto. Pienso que la sustitución dentro de programas efectivos de desarrollo rural es el mejor camino para reducir la producción de coca en la región. Pero, la verdad sea dicha, en los acuerdos no se pactó la política estatal de Colombia sobre narcotráfico.
El tema quedó en buena medida abierto (punto 4.1.3.2). El Gobierno expresó allí que “de no ser posible la sustitución” no descartaba la erradicación manual ni la aspersión (con “respeto por los derechos humanos, el medio ambiente, la salud y el buen vivir”). Las FARC, por su lado, expresaron que en caso de que “haya erradicación esta debe ser manual”. Nada más.
En el mismo asunto del narcotráfico, la reforma normativa que el nuevo presidente propondría —que no pueda ser considerado delito conexo al político—, es claro que eso no podría ser aplicable a los desmovilizados por el elemental principio de la irretroactividad de la ley penal.
Podría haber otros temas. Menciono estos ejemplos como unos en los que un procesamiento “institucional” dentro del marco constitucional podría hacer que los “ajustes” que vengan, siendo importantes, no se conviertan en factores de los aspectos centrales de una paz pactada después de 60 años de conflicto.
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