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El Constitucional se prepara para un otoño caliente centrado en la ley de amnistía

El órgano de garantías prioriza la impugnación del Supremo, que será admitida a trámite en vísperas de la Diada. Se pronunciará antes sobre esta cuestión que sobre un eventual recurso de Puigdemont

Sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.
Sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.Claudio Álvarez
José María Brunet

El Tribunal Constitucional se prepara para un otoño caliente centrado en los recursos contra la ley de amnistía. El tribunal va a tomar la primera decisión importante sobre este asunto en su pleno del próximo 10 de septiembre, en que estudiará la admisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Supremo contra dicha legislación, aprobada por el Congreso para perdonar los delitos relacionados con el procés. Sobre este primer asunto, fuentes del propio órgano de garantías afirman que se admitirá la tramitación de las objeciones puestas por la Sala Penal del Supremo por su evidente relevancia y trascendencia constitucional.

Esta decisión marcará el inicio de un largo recorrido en el que en etapas sucesivas irán llegando el resto de recursos anunciados por comunidades autónomas en que gobierna el PP y el propio grupo parlamentario popular. A ellos se añadirán las peticiones de amparo que previsiblemente presentará el líder de Junts, Carles Puigdemont, por la inaplicación de la ley de amnistía a su caso. Igualmente, otros condenados por delitos relacionados con el procés a los que no se les concedan los beneficios de la ley —como los que siguen inhabilitados por el delito de malversación— podrán sumar su queja a las mencionadas y actuar ante el Constitucional alegando vulneración de derechos fundamentales.

La admisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Supremo no ha ofrecido duda alguna a los letrados del Constitucional, que durante las últimas semanas han preparado un informe favorable al estudio en profundidad de las dudas expuestas por la Sala Penal sobre la posible falta de encaje de determinados aspectos de la ley de amnistía con principios y derechos constitucionales esenciales. Basándose en dicho informe, el ponente de este asunto, el magistrado Ricardo Enríquez —perteneciente al sector conservador del tribunal— propondrá que el Constitucional inicie de inmediato el análisis de la cuestión de fondo. Se trata de que el órgano de garantías decida si, como sostiene la Sala Penal, que juzgó y condenó a los líderes del procés, la ley de amnistía puede suponer una vulneración del derecho a la igualdad y el principio de seguridad jurídica.

El Supremo decidió plantear sus objeciones mediante un auto dictado el pasado 15 de julio, al abordar el recurso de un condenado por un delito de desórdenes públicos agravados por hechos ocurridos en Girona en octubre de 2019 —tras la publicación de la sentencia del Supremo sobre la causa del procés—, consistentes en el lanzamiento de piedras contra los Juzgados de dicha ciudad. La Fiscalía apoyó la procedencia de la cuestión de inconstitucionalidad, en función de las dudas del Supremo sobre la legalidad constitucional de la amnistía. La defensa del condenado en dicho caso concreto se opuso a la impugnación.

La misión que asumirá el Constitucional al admitir la iniciativa del Supremo consistirá en resolver si la ley de amnistía “repugna al derecho constitucional a la igualdad ante la ley, resultando por entero arbitrarias las razones que se aducen para justificar el tratamiento claramente discriminatorio que la norma impone”. Esta tesis es la defendida por la Sala Penal, que en su resolución añadía que en la ley impugnada dicho derecho “se sustituye por lo que gráficamente se ha denominado como una suerte de amnistía permanente revisable, contraviniendo también el principio de seguridad jurídica y alterando las bases de la convivencia democrática, con el efecto añadido de introducir una suerte de factor criminógeno”. El Supremo subrayó también que “no estamos aquí ante un debate político de mayor o menor calado”, por cuanto “son los principios constitucionales y el sistema democrático mismo ―no tan fácil de conseguir y preservar como la perezosa costumbre suele hacernos creer—, los que están aquí en cuestión”.

Hay recursos anunciados que aún no se han presentado, como el del PP, que tiene de plazo hasta el próximo 11 de septiembre para formalizar su impugnación, es decir, un día después del pleno en el que será admitida la cuestión de inconstitucionalidad del Supremo. Las fuentes consultadas excluyen, en principio, que el Defensor del Pueblo también recurra la ley, para lo que cuenta con la legitimación que le otorga la propia Constitución. Dicha institución inició el estudio de la norma desde su aprobación en el Congreso, y aún no se ha pronunciado sobre el asunto. Pero las fuentes consultadas subrayan que la tradición es que desde el Defensor del Pueblo siempre se comunican con tiempo las decisiones de recurrir, nunca tan cerca de que expire el plazo.

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En cuanto a las posibles abstenciones, el magistrado Juan Carlos Campo anunció hace meses su intención de no tomar parte en la resolución de los recursos sobre la ley de Amnistía, tras haber sido ministro de Justicia. José María Macías, que ha sostenido criterios contrarios a la constitucionalidad de la ley, ha manifestado a su vez a EL PAÍS que reserva su decisión, si le fuera solicitada la abstención, porque “llegado el caso, el primero en ser informado será el propio tribunal”.

Meses hasta que se aborde el recurso de Puigdemont

El recurso del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont carece, a su vez, de plazo predeterminado para presentarse, y forzosamente su planteamiento tardará más tiempo. Ello se debe a que su defensa no puede formalizarlo hasta que haya agotado la vía de las impugnaciones ante la jurisdicción ordinaria. Puigdemont tiene presentado recurso de reforma contra la decisión del magistrado del Supremo Pablo Llarena de no aplicarle la ley de amnistía, y el pasado día 19 planteó una queja ante el Consejo del Poder Judicial por la tardanza en resolverlo. Cuando el juez lo haga, la defensa podrá recurrir en apelación ante el propio Supremo. Sólo cuando este segundo recurso esté resuelto podrá plantear su solicitud de amparo ante el Constitucional. En medios jurídicos —dentro y fuera del órgano de garantías— estiman que pasarán meses antes de que pueda abordarse el más que probable recurso de Puigdemont. En ningún caso el Constitucional decidirá sobre dicha petición de amparo antes de haber resuelto sobre la cuestión de inconstitucionalidad del Supremo.

Para abordar la tarea que supondrán los recursos contra la ley de amnistía o contra su inaplicación el Constitucional cuenta con una agenda despejada gracias al esfuerzo realizado en el último año y medio, con mayoría progresista. En este plazo se han resuelto los principales asuntos pendientes, desde la ley del Aborto hasta la de Eutanasia, pasando sólo en 2023 por once mil recursos de amparo.

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