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El Gobierno aprueba la ley que sustituye los juzgados unipersonales por tribunales de instancia

La norma de eficiencia organizativa contempla cambiar los juzgados de paz por oficinas de justicia más amplias

El presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Vicente Guilarte, y el ministro de la Presidencia, Justicia, y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, en un acto en diciembre de 2023.
El presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Vicente Guilarte, y el ministro de la Presidencia, Justicia, y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, en un acto en diciembre de 2023.Alberto Ortega (Europa Press)
Reyes Rincón

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de ley de eficiencia organizativa, el tercer pilar del plan de transformación de la Administración de Justicia en el que viene trabajando el Gobierno desde la legislatura pasada. El adelanto electoral del 23 de julio dejó en el limbo las llamadas leyes de eficiencia y el Ejecutivo optó por aprobar casi íntegramente dos de ellas (la de eficiencia digital y la de eficiencia procesal) mediante dos reales decretos, uno al final de la legislatura pasada y otro, al principio de esta. Pero quedaba pendiente la de eficiencia organizativa, una ley orgánica que implica un cambio sustancial en la organización de los juzgados tal y como han venido funcionando hasta ahora. Tiene que estar aprobada a finales de 2024 y fuentes del Gobierno confían en que la tramitación parlamentaria, ya muy avanzada y negociada con los grupos en la legislatura pasada, no sufra contratiempos. Estas fuentes ponen el foco en que, en tres meses de legislatura, el Gobierno ya ha aprobado todas las medidas de eficiencia que darán lugar a lo que el Ejecutivo ha presentado como el mayor impulso reformista en materia de Justicia en décadas.

El proyecto que se ha llevado este martes al Consejo de Ministros —bajo el título ley orgánica de Eficiencia del Servicio Público de Justicia y de Acciones Colectivas para la Protección y Defensa e Intereses de los Consumidores y Usuarios— es más amplio del que se tramitó en la anterior legislatura, porque incluye una parte de la ley de eficiencia procesal que no se incorporó al real decreto y una directiva europea de 2020 de acciones colectivas de consumidores que tenía que haberse aprobado ya y por el que la UE había abierto a España un procedimiento de infracción. El grueso del texto, no obstante, es el de la llamada ley de eficiencia organizativa, un proyecto que pretende dejar atrás la organización judicial tradicional basada en la proliferación de juzgados unipersonales que, según coinciden todos los operadores jurídicos, han dificultado la especialización y favorecido la dispersión de medios y las desigualdades en la carga de trabajo y en el tiempo de resolución de asuntos.

La base de la nueva organización son los tribunales de instancia, unos órganos que sustituyen a los 3.800 juzgados unipersonales que hay en la actualidad. De ellos se pasa a 431 tribunales, uno por partido judicial, integrado como mínimo por una Sección Civil y otra de Instrucción (que puede ser única). En algunos casos, se pueden integrar otras secciones especializadas (de Familia, de lo Mercantil, de Violencia de Género, de lo Social…) que, hasta ahora, constituían juzgados individuales. El objetivo es primar la toma de decisiones colegiadas, lo que, según ha defendido el Gobierno durante la tramitación de la norma, asegura fórmulas de gestión y organización más eficientes y aumentará la previsibilidad de las resoluciones judiciales, al establecer criterios comunes entre los miembros del tribunal a la hora de valorar asuntos prácticamente iguales. Los órganos de gobierno de estos tribunales serán elegidos por los jueces de forma participativa y las normas por las que se rija el reparto de asuntos entre los miembros deberán ser públicas.

Este cambio de organización no afecta a los órganos colegiados (audiencias provinciales, tribunales superiores de justicia o Tribunal Supremo), pero sí a todos los unipersonales, incluidos los de la Audiencia Nacional, donde ahora se creará el Tribunal Central de Instancia. El Gobierno pretende pactar los plazos de puesta en marcha de estos órganos con los grupos parlamentarios, y lo previsible es que se contemplen plazos distintos según el tamaño de los juzgados. No obstate, el texto que se aprueba este martes establece una serie de plazos provisionales que pasan por que entre el 1 de enero y el 1 de julio de 2025 se haya consumado la transformación de todos los juzgados.

El segundo gran pilar de la ley son las Oficinas de Justicia de los Municipios, que sustituyen a los actuales juzgados de paz, los más de 7.000 órganos que dan servicio a los municipios que no tienen juzgado propio y que habitualmente se asocian a localidades pequeñas, pero que son también la única puerta a la Administración de Justicia en municipios como San Cugat del Vallès, Boadilla o Torrelodones. Las nuevas oficinas de justicia están llamadas a seguir cumpliendo esa función, pero aumentando los servicios y facilitando los actos y trámites procesales de manera telemática para que las personas que residen en estos municipios no necesiten, con carácter general, desplazarse a una capital de provincia, como hasta ahora. La norma obliga a las comunidades autónomas con competencias en materia de justicia a cooperar entre ellas a través de proyectos comunes que garanticen unos estándares de calidad homogéneos en todo el Estado.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.
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