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La instrucción del ‘caso Tsunami’ avanza en paralelo a la tramitación de la ley de amnistía: acción política y reacción judicial

Los impulsores de la norma tratan de blindar a Puigdemont y el resto de encausados por terrorismo, mientras el juez cuestiona que la medida de gracia se les pueda aplicar

Tsunami Democratic
Protestas en el aeropuerto de Barcelona convocadas por Tsunami Democràtic tras la sentencia del procés, en octubre de 2019.Albert Garcia
Reyes Rincón

La tramitación de la ley de amnistía ha encontrado en el juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón un actor con el que no contaban los negociadores de la norma. El magistrado, que instruye desde hace cuatro años la causa de Tsunami Democràtic, en la que se investigan como delito de terrorismo las protestas posteriores a la sentencia del procés, se cruzó en la recta final de las conversaciones entre el PSOE y los independentistas imputando al expresidente catalán, Carles Puigdemont, uno de los principales beneficiarios de la medida de gracia y al que hasta entonces el juez no había señalado.

La secuencia ha vuelto a repetirse este jueves, cuando García-Castellón ha advertido por primera vez que algunos de los hechos que atribuye a los implicados en Tsunami violan “el derecho a la vida e integridad física reconocidos en el artículo 15 de la Constitución española y el artículo 2 del Convenio Europeo de los Derechos Humanos”, justo la línea que marcan las enmiendas pactadas esta semana por el PSOE, ERC y Junts para establecer qué delito pueden ser amnistiables y cuáles no. Si prosperara la interpretación del instructor, el expresidente catalán y el resto de encausados en este proceso —entre ellos, la secretaria general de ERC, Marta Rovira— se quedarían fuera de la medida de gracia.

Los últimos retoques a la proposición de ley, tanto los abordados antes de registrarse el primer texto como los recogidos en las enmiendas, se han centrado en gran parte en afinar hasta el extremo el texto para garantizar que la amnistía alcanza a Puigdemont y el resto de investigados en Tsunami, pero el paso dado este jueves por el instructor evidencia que García-Castellón va a dificultar ese objetivo. Lo que sigue es una secuencia de cómo se han ido cruzando la tramitación de la norma y los autos del juez.

6 de noviembre, imputación de Puigdemont. García Castellón instruye desde hace cuatro años la causa de Tsunami Democràtic, pero no había implicado al expresidente de la Generalitat hasta el pasado 6 de noviembre, el día en el que se daba por hecho que el PSOE iba a cerrar con Junts y ERC el acuerdo para la proposición de ley de amnistía. En su escrito, el magistrado da a Puigdemont un papel de “liderazgo” en este movimiento por haber asistido a unas reuniones celebradas en Ginebra (Suiza) a finales de agosto de 2019, “donde pudo haberse planificado la actuación de Tsunami”. El juez pide además en ese auto a la Guardia Civil que investigue la posible vinculación del movimiento con la muerte por infarto de un viajero durante el bloqueo del aeropuerto de El Prat (Barcelona), una de las acciones bajo sospecha, aunque los Mossos, un juzgado de Barcelona y los servicios de emergencia han rechazado la relación entre ese fallecimiento y las protestas en el aeródromo.

La decisión de García-Castellón fue recurrida por la Fiscalía, que rechaza tanto la imputación del expresident como que el Tsunami deba investigarse como terrorismo. Según el ministerio fiscal, solo hay indicios de delitos graves de desórdenes públicos. Pero el instructor ha confirmado su tesis en posteriores escritos, en los que sitúa a Puigdemont en la cúspide del movimiento que impulsó la protestas contra la sentencia del procés y sostiene que las sospechas de terrorismo están “consolidadas”.

13 de noviembre, la amnistía abarca a Tsunami. El auto de imputación a Puigdemont irrumpió de lleno en las negociaciones entre el PSOE, ERC y Junts y a punto estuvo de hacerlas saltar por los aires. Los partidos, finalmente, recondujeron las conversaciones, pero el texto que ya se daba por cerrado se sometió a una revisión total y se reescribieron algunos apartados de la propuesta de ley para garantizar que todos los encausados por el procés quedarían bajo el paraguas de la amnistía.

Para lograr ese objetivo, la norma implicaba amnistiar todos los delitos de terrorismo relacionados con el desafío independentista, salvo aquellos que ya tuvieran sentencia firme, una circunstancia que estaban muy lejos de alcanzar tanto la causa del CDR como la de Tsunami Democràtic. Ambas causas tampoco encajaban en el resto de supuestos que se dejaban fuera de la medida de gracia, como los actos contra las personas que hubieran producido un resultado de muerte (salvo que se probara la vinculación de la muerte del ciudadano francés con las protestas), aborto o lesiones graves o los delitos de torturas o de tratos inhumanos o degradantes con arreglo al artículo 3 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. De esta manera, los implicados en ambos procesos, incluidos Puigdemont, se verían beneficiados por la amnistía.

23 de enero, acuerdo para enmendar la ley. Una vez registrada la proposición de ley, varios juristas, entre ellos los letrados del Congreso, advirtieron de que la inclusión en la amnistía de todos los casos de terrorismo, salvo aquellos que tuvieran sentencia firme, podía poner en riesgo el aval a la norma por parte del Tribunal Constitucional y de la justicia europea. Tras un primer intento fallido para enmendar este aspecto, PSOE, Junts y ERC alcanzaron finalmente un acuerdo el pasado martes.

El texto pactado elimina esa diferenciación entre casos con sentencia y sin ella, y propone amnistiar todos los delitos de terrorismo “siempre y cuando, de forma manifiesta y con intención directa”, hayan causado violaciones graves de derechos humanos, “en particular, las previstas en el artículo 2 y 3 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, y en el derecho internacional humanitario”. Estos artículos hacen referencia al derecho a la vida y a la prohibición de la tortura, lo que implica que los encausados en los CDR y el Tsunami se beneficiarían de la amnistía aunque se les atribuya terrorismo, salvo que se demuestre que causaron intencionadamente una muerte o ejercieron torturas, hechos de los que, hasta ahora, no se les acusaba.

25 de enero, “actos “incompatibles” con el convenio de Derechos Humanos. La nueva redacción de la norma ha tenido una respuesta rápida por parte del instructor de Tsunami, cuyo último auto vuelve a acorralar a Puigdemont y el resto de encausados. Según el magistrado, las lesiones graves que sufrió un policía en la protesta de la plaza Urquinaona de Barcelona “no pueden minimizarse” y no hay que descartar “el ánimo homicida” en los agresores de los agentes y, por extensión, en el resto de imputados, una apreciación que encaja como un guante en una de las excepciones que establece la proposición de ley: que exista voluntad de causar una muerte.

García-Castellón refuerza su argumento con una segunda conclusión. Según el juez, los altercados ocurridos en esa protesta en Barcelona resultan “incompatibles con el derecho a la vida e integridad física reconocidos en el artículo 15 de la Constitución española y el artículo 2 del Convenio Europeo de los Derechos Humanos”, el precepto que cita las enmiendas como referencia para determinar qué delitos de terrorismo no se pueden amnistiar.

En su escrito, el juez desgrana una serie de indicios que afianzarían el papel de Puigdemont como líder de esta plataforma, entre ellos, una conversación entre el expresidente y otro de los investigados, en la que el primero “parece asumir la posibilidad de que pudieran haberse producido víctimas mortales, y su capacidad, en tanto que ostentaba el dominio de la acción, para frenar esta posibilidad”.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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