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García-Castellón cuestiona que se pueda amnistiar a Puigdemont y los imputados del ‘caso Tsunami’

El magistrado cree que hubo hechos graves que violan el artículo 2 del Convenio de Derechos Humanos, justo aquellos que no se pueden amnistiar

Caso Tsunami democratic
Protestas en el aeropuerto de Barcelona, el 14 del noviembre de 2019.Albert Garcia
Jorge A. Rodríguez

El juez Manuel García Castellón, instructor del caso Tsunami Democrátic, ha cuestionado este jueves en un auto el que se pueda aplicar al expresidente catalán Carles Puigdemont o a los CDR la última enmienda a la ley de amnistía pactada entre Junts y el PSOE. Esta da la posibilidad de amnistiar los delitos de terrorismo, “siempre y cuando, de forma manifiesta y con intención directa, no hayan causado violaciones graves de los derechos humanos, en particular las previstas en el artículo 2 y 3 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos (CEDH) y de las Libertades Fundamentales y en el derecho internacional humanitario”. El titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, en un auto en el que desestima un recurso contra la personación en la causa de dos antidisturbios heridos en 2019 (tras la sentencia del procés), considera a ambos víctimas de una acción “incompatible” con el artículo 2 del CEDH. De ser así, y según la actual redacción de la ley que se tramita en el Congreso, no se podría aplicar la amnistía ni a los participantes en esas protestas ni al propio Puigdemont porque todos asumieron la posibilidad de que en las algaradas pudieran producirse víctimas mortales.

García-Castellón estima que no se puede descartar “el ánimo homicida” en las graves lesiones que sufrió un policía en una protesta de los CDR en Barcelona contra la sentencia del procés, una manifestación que él vincula con Tsunami Democràtic. El juez, que ve indicios de terrorismo contra el expresidente Puigdemont en el caso Tsunami, ha hecho ese planteamiento en un auto dictado apenas dos días después de la enmienda pactada por PSOE, ERC y Junts a la ley de amnistía para incluir los delitos de terrorismo, siempre y cuando no hubieran causado violaciones graves de derechos humanos de forma manifiesta y con intención directa.

El magistrado de la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso de una de las investigadas en esa causa contra la personación en el procedimiento de dos agentes de Policía que sufrieron heridas de gravedad en los incidentes ocurridos el 18 de octubre de 2019 en la plaza de Urquinaona y Vía Laietana de Barcelona. Pero ha introducido una carga de profundidad. El auto del juez subraya que las graves lesiones que sufrieron son “incompatibles con el derecho a la vida e integridad física reconocidos en el artículo 15 de la Constitución, y el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos”. Es decir, que si en los hechos que causaron aquellas lesiones importantes hubo violaciones graves de los derechos humanos, no puede aplicarse la amnistía.

“Lo que sí está claro es que el resultado de esta acción fueron unas lesiones muy graves, un resultado lesivo que la instrucción debe indagar si resulta objetivamente imputable a la acción de Tsunami y sus organizadores”, escribe el instructor. Y para destacar que fueron unos hechos “graves”, importantes y de “repercusión pública”, destaca que los agentes fueron visitados en el hospital por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ambos entonces en funciones.

García-Castellón estima que todos los participantes en los disturbios asumieron los riesgos de sus acciones y los daños que podían causar, incluida una muerte. Así, cree que todos los participantes son responsables del resultado de los actos y acciones de aquellas jornadas, que en este caso estaban inmersos en una huelga general convocada en Cataluña tras la sentencia del procés. “Debemos partir de la presencia de una organización en la que todos los miembros asumen el riesgo de los resultados que se pueden ocasionar como consecuencia de las acciones que impulsan acometer”, escribe el juez.

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Es entonces cuando García-Castellón cita una conversación “especialmente llamativa, como indicio incriminador”, entre Puigdemont y uno de los imputados en el caso Tsunami (Josep Campmajó, escritor y empresario al que el juez sitúa en la cúspide del movimiento, lo mismo que al expresident fugado), que mantuvieron entre el 18 y el 19 de octubre de 2019. Así, tras decir el empresario si al expresidente “y Tsunami” no toma el control, habrá que “comenzar a gestionar el precio de las bajas”. Ante ello, Puigdemont responde: “[…] El problema puede venir si hay algún muerto, da igual de qué lado, eso sería muy duro y confirmará lo que yo siempre he dicho: perderemos”.

Esto, para el juez, supone que Puigdemont “parece asumir la posibilidad de que pudieran haberse producido víctimas mortales y su capacidad, en tanto que ostentaba el dominio de la acción, para frenar esta posibilidad”. El juez escribe que es posible imputar a la jerarquía de una organización las acciones ejecutadas por sus miembros, ya que asumen el dolo eventual. Por tanto, si el expresident estaba en la cúspide de Tsunami, sería imputable por las acciones de los integrantes de la citada plataforma.

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Sobre la firma

Jorge A. Rodríguez
Redactor jefe digital en España y profesor de la Escuela de Periodismo UAM-EL PAÍS. Debutó en el Diario Sur de Málaga, siguió en RNE, pasó a la agencia OTR Press (Grupo Z) y llegó a EL PAÍS. Ha cubierto íntegros casos como el 11-M, el final de ETA, Arny, el naufragio del 'Prestige', los disturbios del Ejido... y muchos crímenes (jorgear@elpais.es)

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