El Tribunal de Cuentas deniega la petición de Puigdemont de declarar por videoconferencia
La Fiscalía reclama la devolución de 3,4 millones de euros al ‘expresident’ y otros 34 encausados por supuesto desvío de fondos públicos en el ‘procés’
El Tribunal de Cuentas ha denegado al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, huido en Bélgica desde 2017, la posibilidad de declarar por videoconferencia en el juicio previsto para el próximo viernes en el órgano fiscalizador, en relación con el presunto desvío de fondos públicos para la organización del referéndum ilegal del 1-O y la promoción exterior de los proyectos independentistas a través de Diplocat. Puigdemont, que está investigado en este expediente junto a otros 34 exaltos cargos y funcionarios de la Generalitat, había solicitado la semana pasada que su intervención se produjera por videoconferencia desde Bélgica, pero fuentes del Tribunal de Cuentas alegan que hay dificultades técnicas para establecer con pocos días de margen un sistema de comunicación con garantías.
En la jurisdicción del Tribunal de Cuentas, un investigado, como es en este caso Puigdemont, puede estar representado por su abogado. Sin embargo, el expresidente catalán ha sido citado a declarar en esta ocasión como testigo por una de las defensas. El representante legal de Puigdemont, el abogado Gonzalo Boye, explicó al tribunal, al pedir que se le tomara declaración de forma telemática, que el líder de Junts “se encuentra, por razones y como consecuencia de su cargo, en estos momentos y en el día previsto para su declaración, fuera de Cataluña y de España”. Por tanto, añadía, “tendrá que hacer su declaración como testigo (…) a través de videoconferencia”.
La Fiscalía reclama a los expedientados 3,4 millones de euros. La entidad Sociedad Civil Catalana, que ejerce la acción popular, eleva esa cantidad a 5,3 millones de euros, pero concentra su reclamación solo en 11 encausados, los que ejercieron los principales cargos públicos. En el Tribunal de Cuentas siempre se ha dado por descontado que Puigdemont no acudiría a la citación que le fue cursada, dado que en España sigue vigente la orden del juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, para que el expresidente catalán sea detenido para garantizar su puesta a disposición de la justicia. Esa orden de detención desaparecerá si prospera la ley de amnistía, pero, por el momento, está en vigor.
Puigdemont ya solicitó anteriormente sin éxito que se suspendiera la vista por su supuesta responsabilidad contable en el desvío de fondos públicos para la organización del 1-O y la promoción exterior del procés. En este expediente están investigados también el expresidente de la Generalitat Artur Mas y el exvicepresidente durante la etapa de Puigdemont, Oriol Junqueras, así como varios exconsejeros de la administración catalana.
La consejera del órgano fiscalizador Elena Hernáez, ante la que se celebrará la vista, ha argumentado que esta pretensión, la de suspender el juicio, ya se le expuso en otro acto procesal anterior, el de la audiencia previa celebrada el 16 de diciembre del año pasado. Ya en aquella ocasión la consejera consideró que existe plena compatibilidad entre las actuaciones de la jurisdicción penal y la contable, sin que necesariamente tengan que condicionarse unas a otras. La resolución también sostiene que la sentencia del Supremo sobre la causa del procés, aportada por Puigdemont —cuya petición de suspensión respaldaron asimismo las defensas de los exconsejeros Antoni Comín, Clara Ponsatí y Lluís Puig— no resulta de aplicación a su caso, precisamente porque aún no han sido juzgados en vía penal.
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