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El acuerdo entre el PSOE y Junts elogia a la Generalitat por hacer propuestas “desde la lealtad” durante el ‘procés’

El relato de hechos recogido en el texto responsabiliza al PP y al Constitucional del inicio de la “movilización” que dio lugar a la declaración de independencia

Artur Mas, Oriol Junqueras y otros miembros de Junts pel Sí, en la noche electoral de 27 de septiembre de 2015, cuando ambos partidos anunciaron que ponían en marcha su plan para declarar la independencia en 18 meses.
Artur Mas, Oriol Junqueras y otros miembros de Junts pel Sí, en la noche electoral de 27 de septiembre de 2015, cuando ambos partidos anunciaron que ponían en marcha su plan para declarar la independencia en 18 meses.David Ramos (Getty Images )

El acuerdo entre el PSOE y Junts para garantizar la investidura de Pedro Sánchez —firmado en Bruselas, donde el líder de Junts, Carles Puigdemont, permanece fugado desde 2017— hace un “relato sintético de hechos” que supone una relectura del procés catalán. Una lectura que es esencialmente diferente a la que en 2019 hizo el Tribunal Supremo y que en buena medida asume el lenguaje, la narrativa y la versión de los hechos de los partidos independentistas.

En el origen del procés, el texto pactado por el PSOE y Junts no coloca al Gobierno catalán, sino a los jueces del Tribunal Constitucional y al PP; en el desarrollo, elogia unas propuestas hechas “desde la lealtad y el marco legal” por parte de la Generalitat que, “lamentablemente”, no fueron atendidas. Y, en el desenlace, señala que, “a raíz de lo acontecido”, se iniciaron múltiples causas judiciales; sin explicar que eso sucedió porque se habían cometido delitos.

La conclusión a la que llegan los dos partidos firmantes es que todo ello aconseja legislar a partir de ahora para resolver ese “conflicto político histórico”. Y añaden que los futuros acuerdos deberán “responder a las demandas mayoritarias del Parlament de Cataluña”, hoy por hoy con mayoría independentista. No se dice que el límite de esos acuerdos deba ser la Constitución.

El origen: entre 1716 y 2010

El procés es presentado así: “Una parte importante de la sociedad catalana ha protagonizado en los últimos años una gran movilización en favor de la independencia”. Y afirma que ese período “no puede comprenderse sin la sentencia del Tribunal Constitucional de 2010, a raíz fundamentalmente de un recurso del PP contra el Estatut aprobado por el Parlament, por las Cortes Generales y en referéndum”. Es decir, a la hora de señalar responsabilidades o buscar explicaciones, el PSOE y Junts señalan expresamente las del PP y el Tribunal Constitucional, que en 2010 anuló 14 artículos del Estatut —por considerar que vulneraban la Constitución, norma superior a cualquier otra en el ordenamiento jurídico español—, interpretó 27 y avaló los otros 204. La movilización independentista, prosigue el acuerdo, fue una “reacción” a esa sentencia.

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Esa tesis de que la sentencia del Estatut hizo inevitable la reacción de la Generalitat es un argumento defendido desde siempre por los partidos independentistas. Junto a otros de origen más remoto, como la supuesta afrenta sufrida con los decretos de Nueva Planta dictados por Felipe V —en 1716— que “abolieron las constituciones e instituciones seculares de Cataluña”; una supuesta afrenta que también figura en el acuerdo firmado ahora por el PSOE.

La “lealtad” de la Generalitat

El PSOE y Junts sostienen que durante años, ya en pleno procés, la Generalitat intentó resolver el “conflicto” desde “la lealtad y el marco legal vigente”.

“En ese período, se aprobaron diferentes propuestas por parte del Parlament y del Govern de Catalunya en materia fiscal, así como la solicitud de delegación de la competencia para la autorización de referendos o la organización de una consulta al amparo de una ley autonómica”, dice el documento. Y concluye: “Lamentablemente, los gobiernos de entonces no favorecieron la negociación política y ninguna de estas propuestas, hechas desde la lealtad y el marco legal vigente, fue considerada”.

A esas exigencias de la Generalitat se opuso el PSOE en su día. Los socialistas no aclaran si, por ejemplo, ahora ven conveniente y legal ceder a Cataluña la competencia para autorizar referendos, pero en el acuerdo sí lamentan que no se hiciera entonces.

Dos referendos con “participación masiva”

Después de que las propuestas “leales y legales” cayeran en saco roto, se pasó, se deduce, a las ilegales y desleales, aunque estas el texto no las califica. Las numerosas resoluciones de ruptura, partidas presupuestarias y medidas encaminadas a avanzar hacia la independencia aprobadas por el Parlament y anuladas por el Constitucional entre 2013 y 2017 ni siquiera se mencionan. Tampoco los plenos del 6 y 7 de septiembre de 2017, en los que fueron aprobadas las leyes de desconexión dinamitando todos los procedimientos parlamentarios. Y no hay ni una referencia a las dos declaraciones de independencia: la anunciada —y suspendida— por Puigdemont el 10 de octubre y la votada en el Parlament el 27 de octubre. El acuerdo se detiene únicamente en los referendos, de los que se dice que “las autoridades catalanas promovieron” —no organizaron— una “consulta popular” en 2014 y un referéndum de independencia en 2017, ambos “suspendidos y posteriormente anulados” por el Tribunal Constitucional.

Se afirma, además, que las dos votaciones registraron una “participación masiva en favor de la independencia”. En ambas el arrasó, pero en la consulta del 9-N participó un tercio del censo; en el referéndum de 2017, el 42% (y menos personas que en 2014), según el Govern. Y ambas se realizaron sin ningún tipo de garantías legales o controles (de hecho, en el 1-O hubo numerosos casos de personas que votaron dos veces y luego lo contaron a los periodistas).

“El intento del Gobierno de impedir el referéndum dio lugar a unas imágenes que nos impactaron a todos dentro y fuera de nuestras fronteras”, reza el documento firmado por el PSOE, aludiendo, sin citarlas, a las cargas policiales. Se oculta que fue un juez, no el Gobierno, quien ordenó impedir el referéndum.

Causas judiciales, pero no delitos

“Todo ello llevó a la aplicación del 155″, afirma escuetamente el acuerdo. “Y a raíz de lo acontecido se iniciaron múltiples causas judiciales, muchas de ellas aún sin resolver, que afectan a un gran número de personas”.

“Lo acontecido” en 2017, según la sentencia del Tribunal Supremo, fueron delitos de desobediencia, malversación agravada y sedición. Y, en los años siguientes, a esos delitos se sumaron los de desórdenes públicos y otros. El PSOE no lo asume en su relato pactado con Junts. A continuación, pone en plano de igualdad la sentencia del Supremo que condenó a los líderes del procés con los pronunciamientos de organismos internacionales de naturaleza jurídico-política, sin jurisdicción en España y que en ocasiones han reivindicado los partidos independentistas, como el Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas o la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa.

Carles Puigdemont se ha ufanado este jueves de haber logrado cerrar un acuerdo que no obliga a los partidos independentistas a hacer autocrítica por el procés y mucho menos a renunciar a retomarlo: “No asumimos [en el documento] que hayamos cometido ningún delito, no pedimos perdón. Mantenemos la posición”.

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