El Constitucional desestima el recurso del Senado y mantiene el veto a la votación sobre la reforma de su renovación
La mayoría conservadora del tribunal respalda de nuevo por seis votos contra cinco las medidas cautelares que impedirán a la Cámara alta decidir sobre los cambios legislativos que afectan al órgano de garantías
El Constitucional ha rechazado pasadas las diez y media de la noche de este miércoles, otra vez por 6 votos a 5, los recursos presentados contra su decisión de paralizar el trámite legislativo derivado de los preceptos con los que el PSOE y Podemos han querido desbloquear el Poder Judicial y el propio tribunal de garantías. Se repite, por tanto, no solo el resultado numérico del pasado lunes, sino el alineamiento férreo del sector conservador del Constitucional con las pretensiones del PP, frente a un bloque progresista compuesto por cinco magistrados que no lograron que se aprobara ni una de las peticiones formuladas por el Senado, el Congreso y la Fiscalía. Entre estas solicitudes figuraba que se pudiera reanudar el trámite legislativo sin alterar la voluntad mayoritaria de las cámaras. También fue rechazada tácitamente —porque los conservadores no quisieron que se votara— la propuesta de reconsiderar la permanencia en el pleno del presidente del tribunal, Pedro González-Trevijano, y del magistrado Antonio Narváez, ambos recusados por el PSOE y Podemos, y cuya recusación también ha defendido la Fiscalía.
El Congreso de los Diputados y el Senado han presentado este miércoles sendos escritos de alegaciones contra la suspensión de la tramitación legislativa de la reforma que facilita la renovación del Tribunal Constitucional, bloqueada desde hace cinco meses por vocales conservadores del Consejo General del Poder Judicial elegidos a propuesta del PP. El Tribunal Constitucional convocó de urgencia un pleno para debatir estas alegaciones. A los escritos del Congreso y del Senado, se unió la Fiscalía del Tribunal Constitucional, que solicitó la recusación de los magistrados Trevijano y Narváez, ambos nombrados por el Gobierno de Mariano Rajoy en junio de 2013 y que tienen el mandato caducado desde junio de 2022.
El recurso del Senado alegaba “indefensión” después de que el lunes el órgano de garantías acordara paralizar el proceso legislativo de las reformas legales que persiguen facilitar la renovación del propio tribunal, sin haber dado trámite de audiencia al Congreso. La mayoría conservadora del Constitucional obró de ese modo expeditivo —y sin precedentes— al acoger la petición del PP de que aplicara una medida cautelarísima, consistente en dicha suspensión de las votaciones que afectaran a las dos enmiendas presentadas por el PSOE y Podemos, ya convertidas en parte de la ley aprobada en el Congreso.
A su vez, la Fiscalía del Tribunal Constitucional, personada en la causa sobre la suspensión de la tramitación legislativa de la reforma legal del Gobierno para renovar el órgano de garantías, registró otro escrito este miércoles en el que apoya la recusación de los magistrados Pedro González-Trevijano y Antonio Narváez. “Esta Fiscalía”, señala el escrito, “entiende procedente que el pleno del Tribunal aborde el tratamiento [de los incidentes de recusación] con carácter previo a resolver sobre la pretensión del Senado y a cualquier otro trámite procesal subsiguiente que haya de llevarse a cabo en el presente procedimiento”.
El presidente del tribunal de garantías, Pedro González-Trevijano, convocó el pleno extraordinario al poco de recibir a media mañana el recurso del Senado, consistente en sus primeras alegaciones frente a la decisión del pasado lunes. El objeto central del pleno era desde el primer momento estudiar si, como ha pedido el Senado, tendría que dejarse sin efecto la cautelar acordada.
El pleno se convocó a las siete de la tarde, para que las partes —el Congreso y los partidos personados, principalmente el PSOE y Podemos, como recurridos— pudieran presentar sus alegaciones antes de las cinco. Desde el primer momento se supo que ante este recurso del Senado el grupo de magistrados progresistas del Constitucional había decidido volver a dar la batalla para que el tribunal permita que los debates sobre las reformas legales para desbloquear el Poder Judicial y el propio órgano de garantías se celebren sin interferencias.
El grupo conservador, en cambio, seguía resuelto a apoyar las pretensiones del PP. Estas reclamaciones se encuentran en el escrito de ampliación de su recurso que los populares presentaron el sábado, en el que impugnaban el conjunto de la tramitación parlamentaria de la nueva legislación, y solicitaban que la cautelarísima se dirigiera contra el conjunto del trámite parlamentario.
La magistrada María Luisa Balaguer ya expuso, en declaraciones realizadas a EL PAÍS el martes, que consideraba equivocado aplicar al Senado unas medidas solicitadas en el recurso de amparo presentado como dirigidas a paralizar el debate parlamentario en el Congreso.
En su recurso, el Senado destaca en primer lugar en sus alegaciones que “la suspensión decretada por el Tribunal Constitucional —una decisión inédita y de la máxima trascendencia— afecta directamente a un órgano, el Senado, que no ha adoptado los acuerdos objeto del recurso de amparo”. Los servicios jurídicos de la Cámara alta explican que “en esta circunstancia, el Senado y sus integrantes individualmente considerados se hallan indefensos, en los términos del artículo 24 de la Constitución, al adoptarse la medida de suspensión inaudita parte [sin escuchar a las partes] y siendo el escrito que ahora se impugna mediante las presentes alegaciones la primera noticia formal sobre el procedimiento de amparo constitucional”.
A juicio del Senado, la suspensión decretada por el tribunal “es extemporánea”. Añade el recurso que el tribunal “debería haber adoptado su decisión en el tiempo en que la proposición de ley orgánica se hallaba en tramitación en el Congreso de los Diputados, antes de la votación en el pleno de dicha Cámara en la tarde del día 15 de diciembre de 2022. Pero no lo hizo”. Solo antes de la votación por el pleno de esa Cámara podría haber tenido lugar la adopción de la medida que ahora se impugna, explica el recurso.
Perturbación grave
El escrito subraya que la suspensión ocasiona, también, “una perturbación particularmente grave en los derechos fundamentales de todos los senadores (y de la mayoría de los diputados)”. Explica a continuación que dicha perturbación se produce en cuanto al ejercicio del cargo parlamentario protegido por el artículo 23.2 de la Constitución. El Senado terminaba pidiendo al Constitucional que con carácter inmediato y en todo caso antes del día de hoy, por ser esta la fecha prevista para el debate, “deje sin efecto dicha medida cautelar de suspensión, a efectos de posibilitar la debida tramitación parlamentaria en esta Cámara”.
El Congreso se adhirió a las alegaciones planteadas por el Senado en el Constitucional. En las alegaciones firmadas por los letrados del Congreso se subrayó que se les pide defender sus funciones sin conocer los fundamentos del auto del Constitucional y, sobre todo, se defiende la autonomía de la capacidad legislativa de las Cortes. El Congreso sostiene que con la suspensión citada se ha ocasionado “una perturbación grave a una función del Estado”, informa Javier Casqueiro.
Una vez conocido el pronunciamiento del Constitucional, la ministra de Educación y portavoz del PSOE, Pilar Alegría, afirmó en la Cadena SER: “Es inconcebible que no se permita al Parlamento votar una ley. Es una situación gravísima”. La portavoz en el Congreso del PP, Cuca Gamarra, manifestó mediante Twitter: “Es momento de respetar las resoluciones. El Gobierno debe abandonar las descalificaciones al TC y volver a la senda de los acuerdos de Estado que le ha ofrecido el PP”.
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